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La justicia tumba los comités opacos y los informes apócrifos como los del Gobierno
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SENTENCIAS RECIENTES POR LA TRANSPARENCIA

La justicia tumba los comités opacos y los informes apócrifos como los del Gobierno

Dos sentencias de la Audiencia Nacional obligan a dar los nombres de expertos y funcionarios que elaboren informes técnicos. El Gobierno defendió que no eran datos públicos

Foto: Illa y Ribera ocultan nombres de sus expertos. (EFE)
Illa y Ribera ocultan nombres de sus expertos. (EFE)

No es solo que las leyes de Salud Pública y de Transparencia obliguen a publicar los nombres de los comités y de los expertos que asesoran en materia sanitaria, sino que ya hay sentencias a favor de la publicidad de estos datos. La decisión del Gobierno de ocultar nombres de asesores y funcionarios contrasta con dos sentencias recientes en sentido contrario. Una de ellas, de diciembre de 2019, obliga a publicar los nombres de los técnicos de un caso de salud pública y otra destaca: "La transparencia consiste cabalmente en la visibilidad de lo que hay y de los que están detrás de las declaraciones formalizadas de conocimiento o de voluntad de las Administraciones y, singularmente, en la posibilidad de conocer la identidad de las personas que, integradas en su organización o incluso desde fuera de ella, han tomado parte o han influido en su elaboración". El Gobierno ha impuesto a los expertos del comité de desescalada cláusulas de confidencialidad pero la oposición requerirá esa documentación.

La decisión de qué comunidades pasan de fase ha sido tomada por funcionarios anónimos. El pasado miércoles, Fernando Simón se negó en rueda de prensa a desvelar sus nombres. "No les voy a dar nombres de ninguna persona. Las presiones que sufre cualquier persona de la que se da el nombre por parte de la sociedad y de los medios de comunicación acaban haciendo muy difícil que puedan trabajar con la suficiente libertad. Si me lo permiten, no voy a dar el nombre de ninguno. Son un equipo de técnicos que trabajan en la dirección general de Salud Pública, que trabajan muy estrechamente cada uno de ellos con la comunidad que les corresponde. Somos 12 personas trabajando con las comunidades y las dos ciudades autónomas y lo mejor que podemos hacer es dejarles que hagan su trabajo correctamente y de la manera más independiente posible".

No es el único comité asesor desconocido. La vicepresidencia de Transición Ecológica ha obligado a los expertos que asesoraron en la desescalada a firmar un documento de confidencialidad, como adelantó este diario. La composición de ese comité no figura en ninguna web y la agencia Efe dio un listado incompleto de nombres. Eso, pese a que la ley de Salud Pública obliga a funcionar con "transparencia e imparcialidad a "las organizaciones científicas y profesionales y a las personas expertas con quienes colaboren en las actuaciones de salud pública". Y añade: "Será pública la composición de los comités o grupos que evalúen acciones o realicen recomendaciones de salud pública, los procedimientos de selección, la declaración de intereses de los intervinientes, así como los dictámenes y documentos relevantes, salvo las limitaciones previstas por la normativa vigente".

Pero no solo las leyes obligan a que sea público. En los últimos dos años, la Audiencia Nacional se ha pronunciado en dos ocasiones contra este criterio del Gobierno. En 2017, todavía con el Gobierno de Rajoy, una ciudadana pidió acceso a los expedientes sobre el medicamento Ala Octa, que había causado casos de ceguera. Argumentaba "que se trataba de un producto sanitario que había provocado en España decenas de casos de ceguera y que se trataba de un caso de salud pública y de evidente interés público, de modo que la interesada señalaba que ya existían documentos de alerta de la incidencia en el año 2015".

"La transparencia consiste en la posibilidad de conocer la identidad de las personas que están detrás de las declaraciones de la Aadministración"

El Consejo de Transparencia le dio la razón en parte y consideró que "no afecta a la protección de datos personales el hecho de identificar a los expertos participantes, por haberse creado una situación de alarma social que afecta sustancialmente a la salud publica, lo que presupone la existencia de un interés público superior a tener en cuenta".

El caso acabó en la Audiencia Nacional porque el Ministerio de Sanidad se negó a dar los nombres de los funcionarios que habían participado. Consideraba que "el deber de identificación se refiere tan solo al órgano en sí mismo considerado y no a la identidad de los miembros del mismo".

En diciembre de 2019, la Audiencia Nacional ratificó la decisión del juez de primera instancia de que la Administración debía dar los nombres que habían valorado el medicamento: "No es indiferente para el derecho al acceso de información que quien pondera, informa, valora, enjuicia o recomienda o no recomienda oportunamente la generación de una alerta o la retirada de un producto sanitario que concierne a esos bienes y derechos constitucionalmente protegidos tenga o no tenga la cualificación correspondiente para hacerlo y que sea identificable o no lo sea, según su profesión, oficio y datos personales con tal carácter técnico y sanitario exigible al respecto".

Foto: Teresa Ribera, Pedro Sánchez y Salvador Illa. (EFE)

No es el único caso. Hay otra sentencia también a favor de la publicidad de los expertos que toman una decisión. Un particular solicitó a Enaire, dependiente del Ministerio de Transportes, conocer la identidad del autor de una nota técnica. El Consejo de Transparencia desestimó su reclamación alegando que Enaire había hecho suya esa nota y dio a conocer el contenido.

En mayo de 2018, un juzgado de lo contencioso de la Audiencia Nacional obligó a dar publicidad la identidad del autor. "La circunstancia de que el contenido de una nota técnica (lo mismo que el de una resolución administrativa o el de un reglamento, haya sido asumido por un órgano administrativo) no excluye la posibilidad de que los ciudadanos interesados conozcan la identidad de quienes hayan participado en su elaboración".

Y añade un argumento contrario al que da Sanidad para ocultar los nombres: "La transparencia consiste cabalmente en la visibilidad de lo que hay y de los que están detrás de las declaraciones formalizadas de conocimiento o de voluntad de las Administraciones y, singularmente, en la posibilidad de conocer la identidad de las personas que, integradas en su organización o incluso desde fuera de ella, han tomado parte o han influido en su elaboración".

Preguntado Pedro Sánchez por el hecho de que el ministerio no revele quién decide el paso de fase, contestó que era un procedimiento reglado y la decisión final era del ministro de Sanidad, Salvador Illa: "Son funcionarios y funcionarias del CAES y luego del Servicio de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, quienes elevan la propuesta al ministro de Sanidad, que es definitivamente quien, a través de una orden ministerial publica esa decisión. Por tanto es un procedimiento reglado, es un procedimiento absolutamente transparente, es un procedimiento en el que son los funcionarios y funcionarias, siempre bajo la premisa del criterio científico, los que elevan la propuesta efectivamente a la decisión política en este último término del ministro de Sanidad que se publica a través de órdenes ministeriales".

No es solo que las leyes de Salud Pública y de Transparencia obliguen a publicar los nombres de los comités y de los expertos que asesoran en materia sanitaria, sino que ya hay sentencias a favor de la publicidad de estos datos. La decisión del Gobierno de ocultar nombres de asesores y funcionarios contrasta con dos sentencias recientes en sentido contrario. Una de ellas, de diciembre de 2019, obliga a publicar los nombres de los técnicos de un caso de salud pública y otra destaca: "La transparencia consiste cabalmente en la visibilidad de lo que hay y de los que están detrás de las declaraciones formalizadas de conocimiento o de voluntad de las Administraciones y, singularmente, en la posibilidad de conocer la identidad de las personas que, integradas en su organización o incluso desde fuera de ella, han tomado parte o han influido en su elaboración". El Gobierno ha impuesto a los expertos del comité de desescalada cláusulas de confidencialidad pero la oposición requerirá esa documentación.

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