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Interior prevé el cierre de carreteras, ocupar fábricas y abrir corredores sanitarios
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Interior prevé el cierre de carreteras, ocupar fábricas y abrir corredores sanitarios

El Ministerio ya ha enviado a todos los cuerpos policiales de España, delegaciones del Gobierno y consejerías de Interior la orden ministerial que desarrolla la ejecución del estado de alarma.

Foto: El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. (EFE)
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. (EFE)

El Ministerio del Interior ya ha enviado a todos los cuerpos policiales de España, delegaciones del Gobierno y consejerías de Interior la orden ministerial en la que detalla cómo deberán desarrollarse las funciones que asigna a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las Fuerzas Armadas el real decreto de declaración del estado de alarma. El documento recuerda que el responsable de Interior, Fernando Grande-Marlaska, pasa a convertirse en la máxima autoridad en cuestiones de seguridad, por encima de los Mossos d'Esquadra, Ertzaintza y Policía Foral de Navarra. No obstante, establece mecanismos de coordinación con los mandos de las policías autonómicas y locales, según recoge la orden, a la que ha tenido acceso El Confidencial.

La instrucción expone que "la autoridad podrán practicar las comprobaciones en las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos que sean necesarias para comprobar y, en su caso, impedir que se lleven a cabo los servicios y actividades suspendidas", como eventos deportivos, actividades culturales, fiestas y otros espectáculos. Para cumplir con esa función, Interior faculta a los agentes a impedir el movimiento de todas aquellas personas que sean interceptadas en la calle por alguna razón no permitida. Sólo se contempla la salida de casa para adquirir alimentos, medicamentos o bienes de primera necesidad, asistir a centros sanitarios, desplazarse al trabajo, cuidar de enfermos o personas mayores, desplazarse a entidades financieras u otras causas de fuerza mayor debidamente justificadas.

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En el caso de que sea necesario, "el titular del Ministerio del Interior, como autoridad competente delegada, podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos". Asimismo, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán establecer los controles y dispositivos, tanto como móviles, que se consideren necesarios para "asegurar la observancia de las medidas limitativas acordadas en el marco del real decreto".

La orden ministerial también asigna a las policías la misión de proteger el sistema sanitario. Para ello, "se reforzarán las medidas policiales de seguridad tendentes a garantizar el normal funcionamiento de los centros sanitarios, ya sean permanentes o habilitados temporalmente para este fin, así como, en su caso, de establecimientos de elaboración, almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos o sanitarios, y se intensificará el uso de la figura del 'interlocutor policial sanitario".

Más allá de los centros, se prestará el apoyo que requiera el Ministerio de Sanidad para los profesionales de la salud, incluso escoltando ambulancias o acompañándolos a cárceles. Además, se prevé que puedan participar en la intervención y ocupación transitoria de "industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, así como la industria farmacéutica, y practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias, en aquellos casos en que resulte necesario para la adecuada protección de la salud pública, en el contexto de esta crisis sanitaria".

Las mismas medidas serán de aplicación para los centros de producción, distribución y almacenamiento de alimentos, medicamentos y otros productos básicos. "En particular, cuando resulte necesario por razones de seguridad, se podrá acordar el acompañamiento de los vehículos que realicen el transporte de bienes de primera necesidad". Además, se contempla "el establecimiento de corredores sanitarios para permitir la entrada y salida de personas, materias primas y productos elaborados con destino o procedentes de establecimientos en los que se produzcan alimentos, incluidas las granjas, fábricas de piensos para alimentación animal y los mataderos".

La orden detalla asigna incluso a los funcionarios de la seguridad la adopción de controles para que, en "la asistencia a los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres (...) se eviten aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de al menos un metro". El resto de concentraciones de personas queda vetado, al menos, durante los próximos 15 días.

El documento también contempla multas para los ciudadanos que no respeten estas medidas, que podrán llegar a los 600.000 euros cuando las infracciones administrativas sean consideradas muy graves (negativa a identificarse, alegación de datos falsos o inexactos...) y podrán tramitarse incluso por la vía penal cuando se produzcan atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de resistencia y desobediencia, tipificados de forma específica en los artículos 550 a 556 del Código Penal, recuerda Interior.

Por último, la orden fija los mecanismos de coordinación entre cuerpos. "Sin perjuicio de las atribuciones que, en virtud de la declaración del estado de alarma, corresponden al Ministro del Interior como Autoridad competente delegada y, bajo su autoridad, al Secretario de Estado de Seguridad - para impartir órdenes directas a todos los Cuerpos policiales involucrados -, en el ámbito del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, se constituirá un Centro de Coordinación Operativa que asegure la coordinación permanente de las actuaciones, así como la toma conjunta de decisiones ante la evolución de los acontecimientos", establece el documento oficial.

Para el seguimiento de las actuaciones adoptadas y evaluar posibles incidencias, como posibles contagios a funcionarios policiales, "diariamente se remitirá" a una cuenta de correo del Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC) de la Secretaría de Estado de Seguridad, "antes de las 09:30 horas, un informe resumen de las novedades más importantes".

El Ministerio del Interior ya ha enviado a todos los cuerpos policiales de España, delegaciones del Gobierno y consejerías de Interior la orden ministerial en la que detalla cómo deberán desarrollarse las funciones que asigna a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las Fuerzas Armadas el real decreto de declaración del estado de alarma. El documento recuerda que el responsable de Interior, Fernando Grande-Marlaska, pasa a convertirse en la máxima autoridad en cuestiones de seguridad, por encima de los Mossos d'Esquadra, Ertzaintza y Policía Foral de Navarra. No obstante, establece mecanismos de coordinación con los mandos de las policías autonómicas y locales, según recoge la orden, a la que ha tenido acceso El Confidencial.

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