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Partidos e instituciones infiltran asesores y empleados en las juntas electorales locales
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Partidos e instituciones infiltran asesores y empleados en las juntas electorales locales

Una asesora de Podemos y un exdiputado del PP eran vocal de la Junta Provincial de Madrid y un miembro de la asesoría de la Generalitat votó en la de Barcelona a favor del independentismo

Foto: Reunión de la Junta Electoral Central, en el Congreso, en junio de 2019. (EFE)
Reunión de la Junta Electoral Central, en el Congreso, en junio de 2019. (EFE)

El caso de Andrés Betancor, el asesor que Ciudadanos tenía en nómina mientras resolvía reclamaciones del partido como vocal en Junta Electoral Central, no es el único de los profesionales que han trabajado para un partido político o para una institución autonómica mientras formaban parte del órgano que arbitra los procesos electorales a distintos niveles. Las juntas electorales están compuestas por jueces elegidos por sorteo y juristas propuestos por los partidos y es en estos donde entran los asesores con vinculación directa.

El abogado Marc Marsal i Ferret, miembro de la comisión jurídica asesora de la Generalitat desde febrero de 2016, fue nombrado vocal de la Junta Provincial de Barcelona el pasado 12 de abril como consecuencia de la convocatoria de las generales del 28-A. Participó en sonados recursos sobre Quim Torra mientras formaba parte del órgano consultivo vinculado al Govern. Su nombramiento como miembro de la comisión jurídica asesora está firmado por Carles Puigdemont y Neus Munté el 16 de febrero de hace cuatro años.

La Junta Electoral de Barcelona descartó la inhabilitación del 'president' el pasado 24 de diciembre, rechazando la petición de Ciudadanos y PP. El organismo rehusó retirarle la condición de diputado y, por tanto, el cargo de presidente autonómico. El informe de la Junta Provincial, con el voto de Marsal i Ferret, concluyó que "no había precedentes" de un caso análogo, considerando que Torra había cometido un delito "de carácter menos grave" por el que se enfrentaba a una sanción económica y a la inhabilitación.

Foto: El presidente de la Generalitat de Catalunya, Quim Torra (i), y su antecesor en el cargo, Carles Puigdemont (d). (EFE)

La comisión jurídica en la que se encuentra Marsal i Ferret está prevista en el artículo 72 del Estatut de Cataluña y es un órgano que "ejerce sus funciones con plena autonomía, objetividad e independencia". Se relaciona con el Govern a través de la consejería de Presidencia. Según la web del organismo, en Cataluña su función equivale y sustituye al Consejo de Estado y no depende de los partidos políticos que gobiernan la comunidad autónoma.

Aun así, existe una vinculación evidente. Las retribuciones de los miembros de esta comisión por los proyectos y dictámenes que elaboren, "se hacen de acuerdo con los criterios que determina el Govern". Además, en 2017 formaba parte de la sindicatura electoral del referéndum del 1-O que dimitió en cuanto el Constitucional les impuso multas.

Marsal i Ferret participó en otras de las resoluciones más sonadas en los últimos meses, como el recurso de los populares y naranjas que pedían que políticos huidos (Antoni Comín) o encarcelados (Oriol Junqueras) no pudieran participar por videoconferencia en el debate electoral organizado por TV3. La Junta Electoral Central tuvo que rectificar a la Junta Provincial de Barcelona, que consideraba que la participación de estos dirigentes no afectaba a la igualdad de los partidos políticos. Tan solo hubo un voto particular del vocal Pablo Nuevo López.

Foto: El presidente de la Generalitat, Quim Torra. (EFE)

El jurista también emitió un voto particular en otro recurso de las elecciones generales de noviembre, en el que justificó que los informativos de TV3 y Catalunya Ràdio podían utilizar conceptos como "presos políticos" o "políticos en el exilio". Poco después, la JEC señalaba que los medios públicos catalanes "habían vulnerado el principio de pluralismo político y social, igual que el de igualdad y neutralidad informativa", y prohibía que se utilizaran esos conceptos propios del argumentario independentista.

Las juntas electorales provinciales —igual que las de zona— no son órganos permanentes, sino que se crean en el tercer día siguiente a una convocatoria electoral. Se constituyen inicialmente con los vocales judiciales y se elige al presidente. La designación de los vocales no judiciales —es decir los propuestos por los distintos partidos políticos— se lleva a cabo cuando se han proclamado las candidaturas. El mandato de sus integrantes concluye cien días después de las elecciones, aunque en el caso de las del 28-A se mantuvieron como consecuencia de la repetición electoral del 10 de noviembre.

Existen otros casos similares al de Barcelona en la Junta Provincial de Madrid. Es el caso de la jurista Liliana Carrera Silva, asesora de Unidas Podemos en el Congreso de los Diputados desde febrero de 2016. Es decir, desde la irrupción del partido de Pablo Iglesias en las Cortes.

placeholder El Congreso de los Diputados durante el pleno de la pasada semana. (EFE)
El Congreso de los Diputados durante el pleno de la pasada semana. (EFE)

Actualmente es asesora jurídica en la Mesa —órgano de gobierno de la Cámara— y de otras comisiones como la Constitucional y la de Ciencia y Universidades. Durante algunos meses coincidió su cargo de asesora en el grupo con el de vocal en la Junta Provincial de Madrid, ya que fue designada el abril pasado con motivo de las elecciones generales.

También en el PP existen casos. Junto al nombramiento de Liliana Carrera aparece el de Mariano Pérez-Hickman Silván, que desde 2017 desempeña un cargo de asesor jurídico en la formación que preside Pablo Casado. En los últimos meses fue vocal no judicial de la misma Junta Provincial. En realidad, tiene una larga trayectoria como dirigente del PP: ha sido diputado de la VII, X y XII legislaturas y ha desempeñado distintas funciones en muchas de las comisiones de trabajo en las Cortes Generales.

Foto: La exconsellera catalana Clara Ponsatí (EFE)

Tras el caso de Betancor, otro de los más sonados ha sido el del catedrático de Ciencia Política por la Universidad de Granada Juan Montabes Pereira, designado por el Congreso vocal de la Junta Electoral Central el 13 de septiembre, a propuesta del PSOE. Como él mismo reconoció durante la comisión de nombramientos, milita en las siglas socialistas desde 1991 y ejerció como portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Granada, además de haber presidido el Consejo Audiovisual de Andalucía, también a propuesta del Partido Socialista en 2009.

Como publicó este diario, no existe un régimen disciplinario para la administración electoral como tal. Lo que sí existen son las llamadas causas de abstención, recogidas en la norma que regula las incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, y que se refieren al deber que tienen los miembros de las juntas electorales de abstenerse en aquellas cuestiones interferidas por la entidad para la que trabaja o haya trabajado en los últimos dos años.

El caso de Andrés Betancor, el asesor que Ciudadanos tenía en nómina mientras resolvía reclamaciones del partido como vocal en Junta Electoral Central, no es el único de los profesionales que han trabajado para un partido político o para una institución autonómica mientras formaban parte del órgano que arbitra los procesos electorales a distintos niveles. Las juntas electorales están compuestas por jueces elegidos por sorteo y juristas propuestos por los partidos y es en estos donde entran los asesores con vinculación directa.

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