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El vocal pagado por Cs incumplió la ley al no abstenerse en los recursos del partido
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No afronta, sin embargo, sanción

El vocal pagado por Cs incumplió la ley al no abstenerse en los recursos del partido

Su participación implica la nulidad de los acuerdos de la JEC en los que su voto resultó determinante

Foto: Comisión Gestora de Cs, en la que se encuentra Betancor (d). (Europa Press)
Comisión Gestora de Cs, en la que se encuentra Betancor (d). (Europa Press)

El vocal de la Junta Electoral Central (JEC) que cobró de Ciudadanos mientras participaba en debates, decisiones y votaciones de acuerdos que se generaron entre los años 2017 y 2019 por denuncias del partido incumplió la ley. Según indican a El Confidencial distintas fuentes jurídicas consultadas, Andrés Betancor conculcó la norma que regula las incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Tenía deber de abstenerse en aquellas cuestiones planteadas por la formación y no lo hizo. Su comportamiento, sin embargo, no le supondrá sanción alguna, dado que estas no están reguladas para los miembros de la junta, al contrario de lo que sucede con jueces o fiscales.

El artículo en el que se recoge esta obligación es, en concreto, el 12.1 de la citada ley. Indica que el personal comprendido en el ámbito de aplicación de esta norma no podrá ejercer actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de entidades o particulares. La incompatibilidad se refiere a los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público. "Se incluyen en especial en esta incompatibilidad las actividades profesionales prestadas a personas a quienes se esté obligado a atender en el desempeño del puesto público", agrega.

La Junta, órgano superior de la administración electoral, está compuesta por ocho vocales magistrados del Tribunal Supremo, designados mediante insaculación por el Consejo General del Poder Judicial y otros cinco, ctedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y Sociología, en activo, designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Congreso de los Diputados. Estos últimos suelen tener, por tanto, vinculación con las formaciones que les proponen. Como ejemplo, la actual JEC incluye a Juan Montabes que fue candidato a la alcaldía de Granada en 2003.

Foto: El presidente de la Generalitat de Catalunya, Quim Torra (i), y su antecesor en el cargo, Carles Puigdemont (d). (EFE)

"En cualquier órgano administrativo se obliga a la abstención cuando existe un interés directo", especifican las fuentes consultadas. Precisan, además, que la falta de sanciones previstas para miembros de la JEC —que carecen de régimen disciplinario— sirve para que Betancor eluda el pago de una multa por comisión de una falta, pero no evita que las decisiones que adoptó queden "manchadas". O incluso anuladas en determinados supuestos.

El efecto directo de su participación irregular, adelantada este jueves por 'eldiario.es', es la nulidad de aquellos acuerdos que se adoptaron en esos dos años en los que puede acreditarse que su voto fue determinante para la decisión. Existe al respecto numerosa jurisprudencia del Tribunal Supremo en la que se especifica que esta nulidad no afecta a aquellos acuerdos que hubieran salido adelante sin su concurrencia. Por tanto, quizás el más delicado de todos, la orden de retirada de los lazos amarillos de edificios de la Generalitat, cuyo incumplimiento acabó provocando la condena a inhabilitación del 'president' Quim Torra, no se verá afectado.

Los consultados precisan que la nulidad de los acuerdos puede también desencadenarse en caso de que su voto no hubiera sido decisivo pero pueda demostrarse que influyó de forma trascendente con sus aportaciones en la deliberación.

La inelegibilidad de Puigdemont

Fuentes cercanas a Carles Puigdemont indican que Betancor sí inclinó la balanza en otro acuerdo que levantó también la polémica: el que determinó que el 'expresident' huido no podía presentarse como candidato a las elecciones al Parlamento Europeo. La decisión levantó una enorme polvareda, la intervención de dos juzgados de lo Contencioso-Administrativo y una decisión final del Supremo que acabó decidiendo que podía presentarse. Es por esto que la anulación de esa orden concreta no conllevará consecuencia alguna.

placeholder Carles Puigdemont, en Bruselas. (EFE)
Carles Puigdemont, en Bruselas. (EFE)

No obstante, la batalla legal acaba de comenzar. Tanto Puigdemont como Torra preparan ya una oleada de escritos. Fuentes de su entorno apuntan a que lanzarán una ofensiva legal por todos los asuntos en los que Betancor tuvo algún tipo de participación. Ambos han anunciado, además, querellas directas contra el exvocal, una de ellas en Bélgica. Además, Betancor, profesor de la Universidad Pompeu Fabra, se enfrenta a un expediente informativo que ya ha abierto el centro dirigido a aclarar si sus actuaciones pueden ser allí objeto de sanción.

El vocal de la Junta Electoral Central (JEC) que cobró de Ciudadanos mientras participaba en debates, decisiones y votaciones de acuerdos que se generaron entre los años 2017 y 2019 por denuncias del partido incumplió la ley. Según indican a El Confidencial distintas fuentes jurídicas consultadas, Andrés Betancor conculcó la norma que regula las incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas. Tenía deber de abstenerse en aquellas cuestiones planteadas por la formación y no lo hizo. Su comportamiento, sin embargo, no le supondrá sanción alguna, dado que estas no están reguladas para los miembros de la junta, al contrario de lo que sucede con jueces o fiscales.

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