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Justicia estudia ya cómo rebajar la sedición a Junqueras sin alterar la proporción de penas
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"Estamos buscando el enfoque"

Justicia estudia ya cómo rebajar la sedición a Junqueras sin alterar la proporción de penas

El ministerio es consciente de la dificultad de introducir un descenso que evite que otros delitos como el atentado contra la autoridad o los desórdenes se castiguen con condenas similares

Foto: Junqueras en el Parlament en una foto de archivo. (EFE)
Junqueras en el Parlament en una foto de archivo. (EFE)

El Ministerio de Justicia ya estudia el modo de armar una disminución de penas para el delito de sedición que, sin embargo, no provoque desproporción con otros delitos del mismo capítulo, dedicado al orden público, donde se encuentra situado en el Código Penal. Desde el departamento que ahora dirige Juan Carlos Campo son conscientes de la dificultad que supone introducir un descenso en la sedición y a la vez evitar que cosas como el atentado contra la autoridad o los desórdenes públicos se castiguen en comparación con condenas similares. "Estamos en ello, buscando el enfoque", indican a El Confidencial fuentes gubernamentales.

El equilibrio es complicado aunque no imposible, aseguran las fuentes consultadas que señalan otros dos escollos añadidos. Por un parte, la reforma solo beneficiaría a los presos del 'procés', entre ellos Oriol Junqueras, si introduce el componente del gasto de fondos públicos por el que fueron condenados cuatro de ellos. Si no lo hace, el concurso medial con el delito de malversación elevaría la pena. Por otra, será la Sala Segunda del Tribunal Supremo, es decir, el propio tribunal del 'procés', quien tenga que interpretar si la reforma que finalmente se implemente es aplicable al caso concreto de los políticos catalanes.

Foto: Junqueras, junto a Torra (i), Romeva (d1) y Torrent (d2). (Reuters)

Uno de los aspectos a los que tendrá que atender la reforma es al conocido como principio de proporcionalidad de penas. Es decir, el que obliga a que la gravedad de la pena impuesta se imponga en función "de la entidad de la lesión jurídica perpetrada". Desde el terreno jurídico ya se ha avisado de que una bajada excesiva puede crear situaciones en las que cosas como la agresión de un paciente a un doctor por no ser atendido a tiempo, penada ahora mismo con hasta seis años, sea comparable en condena a la sedición, un alzamiento público y tumultuario para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes.

No obstante, fuentes jurídicas apuntan a que hay formas de resolver este peligro. El truco estaría en introducir subtipos en el delito de sedición. De este modo, se mantendrían las penas actuales que van de ocho a diez años para los principales autores y de diez a quince años, si los acusados fueran personas constituidas en autoridad, solo para los casos en los que el levantamiento juzgado implique el uso de armas. Sin las armas, se introduciría un subtipo atenuado en una horquilla, por ejemplo, de los cuatro a los ocho años de prisión.

El truco estaría en introducir subtipos en el delito de sedición. Así se mantendrían las penas actuales que van de 8 a 10 años para los principales autores

En cualquier caso, jueces consultados aseguran que no ven posible que las conductas cometidas por Junqueras y el resto de políticos catalanes se castiguen con menos de seis o siete años de prisión. En el caso del líder de ERC, la condena alcanza ahora los 13 años por lo que una pena de este tipo ya reduciría a la mitad la actual, apuntan. De ese modo, el principio de proporcionalidad mencionado queda a salvo.

La opinión del tribunal

En el último de los autos en los que rechazó los últimos recursos contra las condenas del 'procés', el Supremo se refirió específicamente a la sedición e indicó que considera que las penas impuestas son "proporcionadas". "Nuestra sentencia no sanciona el mero hecho de la manifestación o de la protesta. Lo que implica la gravedad que justifica la sanción penal proporcionada es que se propició un levantamiento, en plena coordinación con las autoridades autonómicas, que dificultaba o hacía ineficaces resoluciones judiciales, implementaba una normativa autonómica anticonstitucional y lograba que el referéndum se celebrara pese a la prohibición".

Foto: El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras. (Reuters)

El auto ponencia de Manuel Marchena indica que este andamio tenía un objetivo: dar paso al desplazamiento del orden constitucional y procurar un colchón legal para que "con absoluta deslealtad, el 'president' del Govern, tras el apoyo del Parlament, declarara formalmente la independencia de Cataluña, si bien la suspendiera segundos después". "Tal fue la ostensible gravedad del ilícito cometido", concluye.

El Ministerio de Justicia ya estudia el modo de armar una disminución de penas para el delito de sedición que, sin embargo, no provoque desproporción con otros delitos del mismo capítulo, dedicado al orden público, donde se encuentra situado en el Código Penal. Desde el departamento que ahora dirige Juan Carlos Campo son conscientes de la dificultad que supone introducir un descenso en la sedición y a la vez evitar que cosas como el atentado contra la autoridad o los desórdenes públicos se castiguen en comparación con condenas similares. "Estamos en ello, buscando el enfoque", indican a El Confidencial fuentes gubernamentales.

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