Es noticia
Ni libertad ni permisos: el Supremo considera a Junqueras inhabilitado
  1. España
La inmunidad no es un blindaje

Ni libertad ni permisos: el Supremo considera a Junqueras inhabilitado

El TS ha rechazado tanto su puesta en libertad como la concesión de permisos penitenciarios. La especial protección del cargo de eurodiputado ha quedado superada por la sentencia posterior

Foto: Oriol Junqueras. (Reuters)
Oriol Junqueras. (Reuters)

Después de que el Parlamento Europeo haya reconocido de forma pública a Oriol Junqueras como eurodiputado y a unos días de que la Junta Electoral Central asumiera la tesis contraria —que el líder de ERC no puede ejercer su cargo puesto que está condenado en firme e inhabilitado—, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el melón de la inmunidad que abrió el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y sobre si debe o no tener consecuencias en la actual situación del político preso. La Sala de lo Penal del alto tribunal ha rechazado tanto su puesta en libertad como la concesión de permisos penitenciarios. La especial protección del cargo para el que fue elegido el pasado mayo ha quedado superada por la sentencia posterior y no tiene, por ello, efecto alguno, considera. Junqueras está ahora inhabilitado por el tiempo de la condena, 13 años.

Foto: Oriol Junqueras. (EFE)

La sala acuerda que no procede la libertad de Oriol Junqueras ni pedir su suplicatorio al Parlamento Europeo tras la sentencia del TJUE —de la que toma nota para casos futuros, ya que sienta una "novedosa doctrina"—, una vez que ya está condenado en firme. Dicha condena conlleva la exclusión de la condición de eurodiputado que le reconoció el tribunal europeo. Indica que la inmunidad de desplazamiento reconocida por el TJUE no era un ‘blindaje’ frente a la sentencia que puso término al proceso. Comunica su decisión al Parlamento Europeo y a la Junta Electoral Central.

Considera "ineludible" destacar en qué momento del procedimiento sucedieron las cosas. "No es ahora procedente formalizar la petición de suplicatorio ante el Parlamento, atribuyendo impropiamente a la suspensión de la inmunidad los efectos de una condición para continuar el procedimiento", indica, y destaca que cuando Junqueras fue proclamado, "el proceso penal había concluido" y la sala ya estaba deliberando.

Tras la sentencia del TJUE emitida el pasado 19 diciembre, el tribunal abrió un plazo de alegaciones en el que las partes se pronunciaron de forma dispar. La Fiscalía pidió que se le dejara en prisión y se comunicara al Parlamento su inhabilitación, la defensa reclamó su inmediata excarcelación y la nulidad del fallo dictado y la Abogacía del Estado se inclinó por pedir permisos, eso sí, dejando a la interpretación del órgano electoral si los consideraba necesarios en este punto o no. Y ese órgano, la JEC, ya ha hablado: comunicó a la Eurocámara la pérdida de la condición en una decisión que ha sido impugnada ante otra sala, la Tercera, que también hoy ha rechazado suspender de forma urgente su inhabilitación.

Junqueras está ahora inhabilitado por el tiempo de la condena, 13 años

El TS se ha basado, para decidir, en dos puntales. Interpreta que el tribunal de Luxemburgo avala la legitimidad de lo que hizo hace seis meses, mantener su prisión entonces preventiva y para dictar sentencia. El TJUE indicó en esa resolución que la cárcel provisional era compatible con la solicitud de un permiso parlamentario que, además —dijo también—, debe gestionarse en aplicación de la legalidad nacional. Para cuando fue proclamado eurodiputado, el juicio acababa de terminar y su calidad de electo no podía ya paralizar que fuera sentenciado.

placeholder Manifestantes caminan junto a un cartel que pide la libertad de Junqueras. (Reuters)
Manifestantes caminan junto a un cartel que pide la libertad de Junqueras. (Reuters)

El Supremo, por tanto, ha rechazado también la nulidad de esa decisión, por la que resultó condenado a 13 años por sedición y malversación. No acoge el argumento del abogado del de ERC, Andreu van den Eynde, de que la tramitación de cualquier procedimiento penal "debía suspenderse desde el día 13 de junio de 2019 y, en consecuencia, decretar la nulidad de la sentencia". Atendiendo a la actual condena firme, el tribunal pedirá que se notifique a la Eurocámara su inhabilitación, que le exime ya de inmunidad ninguna.

Achaca a la petición del exvicepresidente un excesivo "voluntarismo". "El señor Junqueras no goza de ninguna excepción jurisdiccional que se alce como obstáculo para impedir su enjuiciamiento", indica. Insiste en que obtuvo el escaño cuando ya había acabado la actividad procesal y dice que su inmunidad, ya entonces, no era de jurisdicción sino de desplazamiento. También destaca que el propio TJUE deja en manos del tribunal mantener la medida de prisión y no establece un mecanismo automático de libertad.

La propuesta de la Abogacía, insólita

Respecto a los permisos, recuerda que la excarcelación controlada que defendía la Abogacía, cuya propuesta califica de insólita y atípica, se suscribía a la decisión que tomara al respecto la Junta Electoral Central, que ya ha decidido comunicar la inhabilitación. "Es lo previsible legalmente", pone de manifiesto: una pena privativa de libertad es incompatible para el ejercicio de la función parlamentaria.

Antes de la decisión del tribunal, el Parlamento hizo este lunes su primer movimiento. La Eurocámara volvió a funcionar este 6 de enero tras el parón navideño y remitió en este primer día de actividad un documento interno en el que se anunciaba que el Parlamento Europeo “tomará nota” el próximo 13 de enero de la elección como eurodiputados no solo de Carles Puigdemont y Toni Comín, que iniciaron sus procesos de acreditación antes de las navidades, sino también de Oriol Junqueras. Además, el Parlamento Europeo lo hace con efecto desde el pasado 2 de julio, cuando se inició la actual legislatura.

Tras este reconocimiento, Junqueras fue nombrado vicepresidente primero del grupo europeo de los Verdes/Alianza Libre Europea (V-ALE) en la Eurocámara, según ha adelantado la ALE en un comunicado. Asimismo, Junqueras fue designado líder del subgrupo de la ALE, el que agrupa a varios partidos regionalistas y nacionalistas de Europa. Junqueras sucede a la eurodiputada del SNP escocés, Alyn Smith. La decisión del Supremo es incompatible con el ejercicio del cargo.

No suspende la decisión de la JEC

Por su parte, minutos antes, la Sala de lo Contencioso Administrativo rechazaba suspender de urgencia la decisión de la JEC de quitar el escaño a Junqueras. Ha desestimado así la petición del líder de ERC de suspensión cautelarísima del acuerdo de la JEC del pasado 3 de enero, que declaró la pérdida de la condición de diputado del Parlamento Europeo de dicha persona al concurrir en él la causa de inelegibilidad sobrevenida como consecuencia de su condena a 13 años de pena de privación de libertad en la causa del 'procés'. La sala tramitará ahora el incidente como medida cautelar ordinaria de suspensión, en la que se da traslado de alegaciones por cinco días a la Junta Electoral Central antes de decidir.

Foto: Carles Puigdemont y Toni Comin en Bruselas. (EFE)

La sala ha concluido por unanimidad que, en relación con la petición de suspensión cautelarísima, debe ponderarse en el otro lado de la balanza una sentencia penal del Tribunal Supremo. La existencia de esa resolución condenatoria determina que no se pueda dar lugar a la petición del recurrente. Según la sala, es preponderante en este momento la circunstancia objetiva de que se ha dictado la sentencia firme de 14 de octubre por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Después de que el Parlamento Europeo haya reconocido de forma pública a Oriol Junqueras como eurodiputado y a unos días de que la Junta Electoral Central asumiera la tesis contraria —que el líder de ERC no puede ejercer su cargo puesto que está condenado en firme e inhabilitado—, el Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre el melón de la inmunidad que abrió el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y sobre si debe o no tener consecuencias en la actual situación del político preso. La Sala de lo Penal del alto tribunal ha rechazado tanto su puesta en libertad como la concesión de permisos penitenciarios. La especial protección del cargo para el que fue elegido el pasado mayo ha quedado superada por la sentencia posterior y no tiene, por ello, efecto alguno, considera. Junqueras está ahora inhabilitado por el tiempo de la condena, 13 años.

Junta Electoral Central Oriol Junqueras
El redactor recomienda