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15 años de cárcel para la Manada, 38 para la Arandina: el porqué de la condena
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Violadores, pero también cooperadores

15 años de cárcel para la Manada, 38 para la Arandina: el porqué de la condena

Tras el caso de Pamplona, la Fiscalía tomó nota y, además de un delito de agresión sexual en calidad de autores, les acusó de ser "cooperadores necesarios" en las violaciones de sus compañeros

Foto: Los tres exjugadores de la Arandina, condenados a 38 años de cárcel.
Los tres exjugadores de la Arandina, condenados a 38 años de cárcel.

Los tres exjugadores de fútbol de la Arandina no cometieron una agresión sexual sino tres. Por eso la Audiencia Provincial de Burgos les ha condenado a 38 años de cárcel, pena muy superior a la impuesta en otros casos similares. Da igual que los hechos ocurrieran a lo largo de una sola tarde y en el mismo piso: los tres son culpables de un delito de agresión sexual en calidad de autores —14 años de cárcel— y de otros dos en calidad de "cooperadores necesarios" —12 por cada uno—. La sentencia marca así el camino a la hora de enjuiciar violaciones grupales y deja claro que, mientras el ataque se produzca en el marco de un escenario de intimidación, el número de intervinientes se convierte en un aspecto clave: tres agresores, tres delitos; cuatro agresores, cuatro delitos...

Caso Arandina: la mayor condena por una violación grupal

La doctrina no es nueva. Ni tampoco es obra de la Audiencia Provincial de Burgos. Tras revisar el caso de la Manada de Pamplona, el propio Tribunal Supremo emitió un comunicado en el que, de forma sutil, dejaba caer la posibilidad de condenar como "cooperadores necesarios" a los responsables de las violaciones grupales. Según explicaba, los cinco acusados cometieron en realidad "una pluralidad de delitos de agresión sexual", por lo que los tribunales navarros cometieron un "error" al calificar lo ocurrido en Sanfermines como un solo delito de agresión sexual continuada. Pese a ello, al no haber impugnado este hecho ni la Fiscalía ni las acusaciones, a los magistrados no les quedó más remedio que condenarlos por una sola agresión sexual: 15 años de cárcel para cada uno de ellos.

Foto: Los tres exjugadores de la Arandina, condenados a 38 años de cárcel.

En el caso de la Arandina, la Fiscalía Provincial de Burgos tomó nota y, además de un delito de agresión sexual como autores, les acusó de ser "cooperadores necesarios" en las violaciones de sus compañeros: pidió penas de entre 39 y 40 años de cárcel. Para lograr la condena, su plan pasaba por demostrar que la agresión sexual se produjo en un escenario de intimidación ambiental contra la menor de 16 años, aspecto que la sentencia considera probado:

"Entendemos que el hecho de que la menor se encontrase en un domicilio ajeno, con la luz apagada y rodeada por tres varones de superior complexión, y edad, los cuales se habían desnudado, y quitándole a ella también la ropa, salvo la braga, cogiéndole de las manos y la cabeza, dirigiéndola hacia sus penes para que les masturbarse y les realizase sucesivamente felaciones, constituye una situación de intimidación ambiental, y por ello resulta creíble que la menor, por su falta de madurez y sorpresa, no supiese reaccionar, quedándose bloqueada, y paralizada, temiendo que si se negaba los tres acusados pudieran reaccionar en forma violenta".

placeholder Pinche en la imagen para leer la sentencia completa de la Arandina.
Pinche en la imagen para leer la sentencia completa de la Arandina.

En la página 29 de la sentencia, el tribunal incide en esta idea al señalar que, si se da una situación de intimidación ambiental, entonces "debe haber condena de todos", pues "la presencia de otra u otras personas que actúan en connivencia con quien realiza el forzado acto sexual forma parte del cuadro intimidatorio que debilita o incluso anula la voluntad de la víctima para poder resistir". Los magistrados apuntan así a que en la agresión sexual hay tanto un "autor principal" como una "cooperación necesaria" por parte del resto de participantes, lo que abre la puerta al artículo 28 del Código Penal: "También serán considerados autores [del delito] los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado".

¿Quiere esto decir que la Manada de Pamplona podría haber sido condenada a una pena mucho mayor? Efectivamente. En el caso de la Arandina, la violación grupal la perpetraron tres hombres, mientras que en la de los Sanfermines fueron cinco. A esto se suma que el propio Tribunal Supremo sostuvo que en Pamplona se produjeron "al menos 10 agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales", todas ellas en "un auténtico escenario intimidatorio en el que la víctima en ningún momento consiente los actos sexuales llevados a cabo por los acusados". Si se tiene en cuenta este relato de los hechos, todo apunta a que las acusaciones podrían haber conseguido condenas mucho mayores en el caso de la Manada.

Los tres exjugadores de fútbol de la Arandina no cometieron una agresión sexual sino tres. Por eso la Audiencia Provincial de Burgos les ha condenado a 38 años de cárcel, pena muy superior a la impuesta en otros casos similares. Da igual que los hechos ocurrieran a lo largo de una sola tarde y en el mismo piso: los tres son culpables de un delito de agresión sexual en calidad de autores —14 años de cárcel— y de otros dos en calidad de "cooperadores necesarios" —12 por cada uno—. La sentencia marca así el camino a la hora de enjuiciar violaciones grupales y deja claro que, mientras el ataque se produzca en el marco de un escenario de intimidación, el número de intervinientes se convierte en un aspecto clave: tres agresores, tres delitos; cuatro agresores, cuatro delitos...

Agresión sexual Tribunal Supremo
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