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El TS ordena a Correos garantizar el voto de los agentes desplazados a Cataluña
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Emite una orden cautelarísima

El TS ordena a Correos garantizar el voto de los agentes desplazados a Cataluña

La Sala III del Alto Tribunal ha ordenado a la Junta Electoral Central que tome las medidas necesarias para que se garantice que los agentes puedan ejercer su derecho al voto el domingo

Foto: Agentes de la Policía Nacional desplegados en el Aeropuerto de El Prat. (EFE)
Agentes de la Policía Nacional desplegados en el Aeropuerto de El Prat. (EFE)

El Tribunal Supremo ha aceptado el recurso del sindicato policial Jupol contra la negativa de la Junta Electoral Central de habilitar fórmulas excepcionales para permitir que los policías desplazados a Cataluña ejerzan su derecho al voto. En concreto, el alto tribunal ha ordenado a la Junta Electoral Central que tome las medidas necesarias para que este domingo puedan votar los agentes, ya que se trata de una situación "marcadamente excepcional" que ha impedido que estos funcionarios pudieran solicitar el voto por correo en plazo.

Los policías, que han sido comisionados a Cataluña en el marco del dispositivo de seguridad puesto en marcha por el Ministerio del Interior con motivo de la convocatoria electoral y para evitar altercados de los comités de defensa de la república (CDR), podrán de este modo por lo tanto ejercer su derecho en condiciones anormales. El plazo para solicitar el sufragio por correó acabó el pasado 31 de octubre y muchos de estos funcionarios fueron requeridos después de esta fecha. Esto, unido a que previsiblemente no estarán en su ciudad el próximo domingo, provoca que no pueda acudir a las urnas si no se les habilitan herramientas excepcionales.

Foto: Agentes antidisturbios durante las protestas de Vía Laietana, en Barcelona. (EFE)

En este sentido, de hecho, en el auto de medidas cautelares que responde al recurso de Jupol, el Supremo ordena a la Junta Electoral Central poner en marchas las medidas necesarias para facilitar el sufragio a estos funcionarios y retrasar la fecha de finalización del escrutinio hasta el próximo 13 de noviembre con el fin de que puedan ser contabilizados los votos de los policías. A Correos, por su parte, le conmina a habilitar los medios materiales y humanos necesarios para que los agentes puedan votar.

La medida cautelar es válida para los policías desplazados después del 31 de octubre sin haber recibido aviso alguno antes. Según determina el Supremo, la Administración Electoral tiene que establecer "un procedimiento de solucitud de voto por correo en las delegaciones del Gobierno en Cataluña (...) donde estén destacados los policías nacionales electores". El Ministerio del Interior, por su parte, continúa, debe adoptar "todas las medidas que sean necesarias", desplazando incluso a los empleados de Correos "que sean pertinentes al efecto". Este voto por correo podrán ejercerlo los policías hasta el mismo 10 de noviembre, motivo por el que el escrutinio definitivo se retrasará hasta el día 13.

El Tribunal Supremo ha aceptado el recurso del sindicato policial Jupol contra la negativa de la Junta Electoral Central de habilitar fórmulas excepcionales para permitir que los policías desplazados a Cataluña ejerzan su derecho al voto. En concreto, el alto tribunal ha ordenado a la Junta Electoral Central que tome las medidas necesarias para que este domingo puedan votar los agentes, ya que se trata de una situación "marcadamente excepcional" que ha impedido que estos funcionarios pudieran solicitar el voto por correo en plazo.

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