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La falsa autoinculpación de Torra: Fiscalía no puede actuar (y él lo sabe)
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Instrucción fiscal contra la acción

La falsa autoinculpación de Torra: Fiscalía no puede actuar (y él lo sabe)

El 'president' es consciente de que no existe posibilidad alguna de persecución penal por el hecho de que afirme que incurrió en sedición

Foto: El 'president' Torra participa en la campaña de autoinculpaciones promovida por Òmnium en respuesta a la sentencia del 'procés'. (EFE)
El 'president' Torra participa en la campaña de autoinculpaciones promovida por Òmnium en respuesta a la sentencia del 'procés'. (EFE)

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, se presentó este jueves a primera hora de la mañana en la Ciudad de la Justicia de Barcelona. ¿Para qué? Quería sumarse a la campaña de autoinculpaciones en "defensa de los derechos y las libertades" promovida por Òmnium Cultural y otras entidades en respuesta al fallo del 1-O. Afirmar que él también es culpable de sedición como los nueve políticos condenados a penas de hasta 13 años. Ante un juez.

A la salida, Torra aprovechó para completar el gesto con un declaración política contra "las amenazas" dirigidas a crear "miedo a la hora de ejercer derechos". "Nada de todo esto nos puede parar de ser conscientes del momento histórico que vivimos y ejercer en plenitud todos nuestros derechos, especialmente los derechos negados, el derecho a la protesta, el derecho a la concentración, el derecho a autoinculparse, el derecho a la desobediencia también, si es necesario", dijo.

Torra se autoinculpa por el 1-O y dice que lo volverán a hacer

El tribunal del 'procés' asegura en su sentencia que el camino hacia la independencia que desembocó en una declaración simbólica de autodeterminación en octubre de 2017 fue una ensoñación. Una quimera. La autoinculpación de Torra también lo es. El 'president' es consciente de que no existe posibilidad alguna de persecución penal por el hecho de que afirme que incurrió en sedición.

Ni siquiera hay posibilidad de estudio o de actuación. La Fiscalía cuenta con órdenes directas que le impiden actuar en casos masivos de 'me acuso'. Una extraña pirueta logra en este caso que el aborto y la sedición se den la mano: la instrucción que ata a la Fiscalía y exime a Torra o a cualquiera que sigue su ejemplo de responsabilidad alguna.

Foto: Un centenar de personas hace cola este lunes en la Ciutat de la Justicia de Barcelona. (EFE)

Corrían los años ochenta y el movimiento feminista levantaba las manos. Era la etapa del 'Nosotras parimos, nosotras decidimos'. La protesta civil se acompañó de miles de declaraciones judiciales similares a esta: "Declaro haber interrumpido voluntariamente mi embarazo de forma consciente y responsable". O bien, "declaro haber acompañado a una mujer a interrumpir voluntariamente su embarazo". Una forma de denuncia de una situación de vulnerabilidad jurídica.

La Fiscalía General del Estado emitió en aquel momento, 1986, una instrucción, vigente en la actualidad, que anula la actuación fiscal en este tipo de casos. "Tiene conocimiento esta Fiscalía General del Estado de que se están produciendo con frecuencia comparecencias de personas, hombres y mujeres, en diversos juzgados de Instrucción, alegando que han participado en delitos de aborto", arranca el texto.

Con argumentos válidos para entonces y para ahora, la FGE indicaba que en la mayoría de estas actuaciones, a veces masivas, se es consciente desde un principio de que en realidad son infundadas. Pues en general obedecen a una motivación, al menos indirecta, que desde diversos sectores sociales trata de despenalizar, en grado mayor que el actual, el delito.

"Tales conductas son, en sí, poco congruentes con las reglas de un Estado social y democrático de derecho en el que, evidentemente, existen mecanismo políticos, jurídicos y sociales para adecuar la realidad legislativa a la social; pero, sin embargo, ellas no evidencian una voluntad expresa de perturbar la función jurisdiccional, si bien en algunos casos pueda llegar a producir ese efecto negativo", decía.

La instrucción

En concreto, la instrucción analizaba lo dispuesto en el artículo 269 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que indica que una vez formalizada denuncia, se procederá o mandará proceder inmediatamente por el juez o funcionario a la comprobación del hecho denunciado, salvo que este no revistiere carácter de delito o que la denuncia fuese manifiestamente falsa. En cualquiera de estos dos casos, el tribunal o funcionario se abstendrá de todo procedimiento.

Recomendaba a los fiscales deducir la falsedad de datos fácticos, tales como autoinculpaciones colectivas cuando no contaban con especificación de lugar, tiempo ni persona que contribuyera a la realización de las prácticas abortivas, edad y sexo de los autoinculpados. El hecho debía haberse verificado mediante escritos o impresos formularios o a través de manifestaciones verbales coincidentes.

Recomendaba a los fiscales deducir la falsedad de datos fácticos, tales como autoinculpaciones colectivas sin especificación de lugar ni persona

También ordenaba que el Ministerio Fiscal reclamara la obligación de que estas autoinculpaciones fueran acompañadas de indicios reales de pruebas suficientes, como podrían serlo certificados médicos acreditativos del embarazo de la mujer o partes sanitarios en los que conste haberse atendido a una mujer por haber sido objeto de prácticas abortivas.

"Cuando pese a lo expuesto en el párrafo anterior no se hubiere rechazado 'a limine' la denuncia y se hubiere incoado proceso penal por las referidas autodenuncias, el fiscal pedirá el archivo o en su caso el sobreseimiento de las actuaciones. Sin embargo, no procederá en las hipótesis mencionadas la incoación de diligencias por el delito sancionado en el artículo 338 del Código Penal, ya que de la estructura de este tipo se desprende que, aparte la esencialidad de dolo específico de atentar con la Administración de Justicia, es también ineliminable que las conductas constitutivas de autoinculpación sean idóneas para iniciar una actuación procesal", concluía.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, se presentó este jueves a primera hora de la mañana en la Ciudad de la Justicia de Barcelona. ¿Para qué? Quería sumarse a la campaña de autoinculpaciones en "defensa de los derechos y las libertades" promovida por Òmnium Cultural y otras entidades en respuesta al fallo del 1-O. Afirmar que él también es culpable de sedición como los nueve políticos condenados a penas de hasta 13 años. Ante un juez.

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