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Los presos de JxCat piden rebajar su condena de inhabilitación porque no ejercieron
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A consecuencia de su suspensión

Los presos de JxCat piden rebajar su condena de inhabilitación porque no ejercieron

Su defensa alega que sufrieron "una sensible limitación de los derechos políticos como diputados de mis mandantes durante un prolongado periodo temporal"

Foto: Sesión constitutiva del Congreso. (EFE)
Sesión constitutiva del Congreso. (EFE)

Los presos de Junts per Cat han reclamado al Tribunal Supremo que les reduzca el tiempo de inhabilitación al que han sido condenados de entre 9 y 12 años -similares a las de prisión- de modo que se les descuente el periodo en el que permanecieron suspendidos para el ejercicio de su cargo a consecuencia de su procesamiento por rebelión. En un escrito al que ha tenido acceso El Confidencial.

Su defensa, ejercida por Jordi Pina, alega que en la sentencia del 'procés' se hace expreso pronunciamiento sobre el abono de la prisión preventiva en relación al cumplimiento de las penas pero "guarda silencio acerca de la deducción del periodo de suspensión de sus derechos políticos" que se les impuso desde el mes de julio de 2018. "Dicha medida cautelar, basada en la imputación de un delito (la rebelión) cuya concurrencia ha sido rechazada por la Sala, ha entrañado una sensible limitación de los derechos políticos como diputados de mis mandantes durante un prolongado periodo temporal", indica.

Foto: El abogado Gonzalo Boye, asesor de los exmiembros del Govern huidos. (EFE)

Por ellos, los condenados por sedición aseguran que dicha restricción debería ser computada a los efectos de ejecución de la privación de derechos finalmente impuesta como pena de inhabilitación absoluta. "Si bien es incuestionable que la suspensión cautelar y la pena de inhabilitación son situaciones jurídicas distintas formalmente, indiscutiblemente comparten muy buena parte de su contenido material aflictivo". Insisten en que se les privó de sus derechos políticos por un delito por el que se les ha declarado, finalmente, inocentes.

"El padecimiento cautelar de la primera necesariamente puede y debe descontarse proporcionalmente de la segunda tanto por aplicación analógica de lo dispuesto en el Código Penal como por razones de evidente Justicia material, procurando encontrar alguna legitimación jurídica a la privación de derechos materialmente sufrida por mis mandantes en virtud de un delito de rebelión del que han sido declarados inocentes", defienden.

Sànchez, Rull y Turull fueron elegidos como diputados en las pasadas elecciones generales del 28 de abril. Sin embargo, la Mesa de la Cámara Baja les suspendió el pasado mes de julio en aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Antes de eso su procesamiento les valió la suspensión del ejercicio de sus cargos en el Parlament de Cataluña, donde eran diputados.

Junqueras

Por otra parte, el abogado de Oriol Junqueras, Andreu Van den Eynde, ha presentado un escrito reclamando la aclaración de determinados puntos de la resolución. Pide que se le especifique por qué no se admitido la solicitud de incorporación a la causa de documentos procedentes del Juzgado 13 de Barcelona, donde se investigan las estructuras para la creación de una República.

La defensa de la exconsellera de Trabajo Dolors Bassa también demandó hace días explicaciones por la atribución en un momento concreto de la resolución de competencias de Educación, que entonces ejercía la huida en Escocia Clara Ponsatí, según informan fuentes jurídicas.

Los presos de Junts per Cat han reclamado al Tribunal Supremo que les reduzca el tiempo de inhabilitación al que han sido condenados de entre 9 y 12 años -similares a las de prisión- de modo que se les descuente el periodo en el que permanecieron suspendidos para el ejercicio de su cargo a consecuencia de su procesamiento por rebelión. En un escrito al que ha tenido acceso El Confidencial.

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