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Dos años de cárcel por tener sexo consentido con una menor de 15 años
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En España es delito en los menores de 16 años

Dos años de cárcel por tener sexo consentido con una menor de 15 años

El acusado mantuvo relaciones sexuales completas con una menor de 16 años a espaldas de la madre de la joven, quien no aprobaba el idilio

Foto: Concentracion palacio justicia contra sentencia juicio manada
Concentracion palacio justicia contra sentencia juicio manada

La sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a dos años de prisión a un hombre de 26 años que mantuvo relaciones sexuales completas consentidas con una menor de 15. Pero el tribunal le ha concedido la suspensión de la ejecución de la pena durante dos años a condición de que no vuelva a delinquir, y le ha impuesto una prohibición de comunicación y una medida de alejamiento de 300 metros respecto de la víctima por el plazo de tres años.

En la sentencia, dictada de conformidad tras un acuerdo entre el fiscal, la acusación particular y la defensa, se califican los hechos como constitutivos de un delito continuado de abusos sexuales a menor de 16 años con la concurrencia de la circunstancia atenuante simple de dilaciones indebidas, informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

En España, la edad de consentimiento sexual se sitúa en los 16 años, por lo que las relaciones con menores de esa edad constituyen un delito y si incluyen penetración, como en este caso, se castigan con penas de prisión de ocho a 12 años, según el artículo 183.1 del Código Penal.

El acusado convivió con su cuñada y la hija de esta durante los años 2011 y 2013, una situación que cesó cuando la madre interpuso el 26 de diciembre de 2013 una denuncia contra él por supuestos abusos sexuales a la niña, nacida en el año 2000.

Dudaba sobre si era una relación legal

Tras el cese de la convivencia, la relación entre el encausado y la menor, que se había interrumpido, se reanudó en los Sanfermines de 2015, manteniéndola oculta debido a la oposición de la madre de la joven.

A lo largo de diciembre de 2015, según se considera probado en la sentencia, el inculpado y la menor mantuvieron “relaciones sexuales completas consentidas en cuatro ocasiones”.

Estas relaciones se llevaron a cabo en un trastero que una tía del encausado tenía en la capital navarra y como consecuencia de estas relaciones sexuales, la menor se quedó embarazada y, posteriormente, se le practicó un aborto.

Según la sentencia, “el hecho de que las relaciones fueran consentidas generó una duda en el acusado acerca de la ilicitud del hecho, si bien no hizo nada para salir del error”.

La sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a dos años de prisión a un hombre de 26 años que mantuvo relaciones sexuales completas consentidas con una menor de 15. Pero el tribunal le ha concedido la suspensión de la ejecución de la pena durante dos años a condición de que no vuelva a delinquir, y le ha impuesto una prohibición de comunicación y una medida de alejamiento de 300 metros respecto de la víctima por el plazo de tres años.

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