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La Abogacía del Estado se alinea con la Fiscalía sobre la inmunidad de Junqueras
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EN CONTRA DE ACUDIR AL TRIBUNAL DE LUXEMBURGO

La Abogacía del Estado se alinea con la Fiscalía sobre la inmunidad de Junqueras

Se alinea en este caso con las tesis del Ministerio Público y ve innecesario recabar la opinión del árbitro europeo respecto a la condición de eurodiputado electo del de ERC

Foto: Oriol Junqueras. (Reuters)
Oriol Junqueras. (Reuters)

La Abogacía del Estado tampoco quiere que el Tribunal Supremo acuda a la Justicia Europea para conocer el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras. En un escrito dirigido al tribunal del procés y presentado este vienes, se alinea en este caso con las tesis del Ministerio Público y ve innecesario recabar la opinión del árbitro europeo respecto a la condición de eurodiputado electo del de ERC y la franja temporal a la que afecta su especial protección.

El Tribunal Supremo activó este martes el trámite para dirigirirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y plantear una cuestión prejudicial sobre el alcance de la inmunidad de Junqueras. La Sala dejó en suspenso la respuesta al recurso de súplica que presentó el 'exvicepresident' y habilitó un plazo de tres días para que las partes se pronuncien sobre si procede dirigirse a esta instancia que acabará el próximo lunes.

En su recurso, el abogado Andrés Van den Eynde sostenía que el exvicepresident está amparado por la inmunidad desde su elección como eurodiputado. Indicaba que ya desde 1986, en el conocido informe Donnez, se defendía la vigencia de la garantía de inmunidad europea desde la proclamación del candidato electo, de tal forma que la remisión del Protocolo 7 de inmunidad al derecho de cada Estado se circunscribiría al contenido “material” de la inmunidad (en nuestro caso la protección frente al proceso penal) y "no a peculiaridades de tratamiento procesal que desnaturalizarían la inmunidad europea".

También decía que en el artículo 9, al que hace ahora referencia el Supremo, se reconoce el alcance de la inmunidad en territorio español por analogía con el del Congreso de los diputados (ámbito material), así como la garantía frente a cualquier restricción de la libertad deambulatoria de quien deba dirigirse a las reuniones del Parlamento Europeo. "El bloqueo o impedimento de los trámites en territorio español estaría, de facto, conculcando las previsiones del protocolo mencionado, y ello pese a resaltarse que no existe norma de derecho de la Unión que condicione la obtención de la condición de eurodiputado a trámite alguno, más allá de la proclamación ya efectuada", agregaba.

La Fiscalía ya se ha pronunciado en contra de acudir a la Justicia europea. Asegura que los privilegios e inmunidades son aplicables una vez se adquiere de forma plena la condición de miembro del Parlamento Europeo y, por ello, "no basta con ser miembro" de la Eurocámara para "gozar de las prerrogativas correspondientes". Los fiscales indicaban en su escrito presentado ayer que la consulta ni es necesaria ni relevante ya que el Derecho de la UE es manifiestamente inaplicable en este caso y se debe primar el Derecho nacional o internacional. "No existe una norma de derecho interno contraria a la regulación del derecho comunitario", explica y agrega que resulta evidente que las normas de la UE están sujetas a límites como la defensa de la seguridad pública, la integridad territorial o la prevención del delito y separación de poderes, indicaba.

La Abogacía del Estado tampoco quiere que el Tribunal Supremo acuda a la Justicia Europea para conocer el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras. En un escrito dirigido al tribunal del procés y presentado este vienes, se alinea en este caso con las tesis del Ministerio Público y ve innecesario recabar la opinión del árbitro europeo respecto a la condición de eurodiputado electo del de ERC y la franja temporal a la que afecta su especial protección.

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