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La Fiscalía, en contra de consultar al TJUE sobre la inmunidad de Junqueras
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LO CONSIDERA INNECESARIO

La Fiscalía, en contra de consultar al TJUE sobre la inmunidad de Junqueras

El Ministerio Público indica que no hay duda razonable que ampare ir al TJUE para preguntar sobre la especial protección al de ERC

Foto: Junqueras. (Reuters)
Junqueras. (Reuters)

La Fiscalía se ha opuesto este jueves a que el Tribunal Supremo acuda al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para consultar el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras tras ser elegido eurodiputado. En un nuevo escrito, el Ministerio Público insiste en el criterio ya expresado y asegura que no resulta necesario plantear una cuestión prejudicial "a la luz de la propia normativa comunitaria y en atención a los precedentes doctrinales".

"Unas y otros son meridianamente claros y no generan dudas razonables", consideran los fiscales que agregan que la consulta ni es necesaria ni relevante ya que el Derecho de la UE es manifiestamente inaplicable a la causa ya que en ella debe aplicar el Derecho nacional o internacional. "No existe una norma de derecho interno contraria a la regulación del derecho comunitario", explica y agrega que resulta evidente que las normas de la UE están sujetas a límites como la defensa de la seguridad pública, la integridad territorial o la prevención del delito y separación de poderes.

Foto: Junqueras, Puigdemont y Forn, en el Parlament tras aprobar la independencia. (EFE)

La Fiscalía indica que no permitir acudir a Junqueras a recoger su acta se justifica en la necesidad de proteger "otros fines constitucionalmente legítimos". Insiste en que el preso del procés no ha perdido su condición de europarlamentario y que esta se aplaza hasta que pueda acceder al cargo porque se lo permita su situación personal. Por ello considera que el Supremo "simplemente ha limitado el efectivo reconocimiento del derecho de participación política" para preservar los fines del proceso al que está sometido y evitar un riesgo de fuga ante la posibilidad de desplazamientos al extranjero.

En cuanto a la inmunidad de la fígura del eurodiputado, el Ministerio Público insiste en que no se puede aplicar a los electos sino a aquellos que adquieren la plena condición de miembros del Parlamento Europeo y cuando éste se encuentre en periodo de sesiones. Además, menciona una anterior resolución del TJUE, de 1986, en la que el tribunal vincula la inmunidad al espacio temporal mencionado.

La inmunidad no es, continúa, un privilegio personal del diputado sino una garantía de independencia. Señala también el recienre informe de Freddy Drexler sobre la cuestión y dice, además, que las facultades del Parlamento Europeo sobre las disposiciones de cada Estado para que un electo adquiera la condición son muy limitadas. "No se puede conceder al Parlamento una competencia general para apreciar la legalidad de los procedimientos electorales de sus miembros", señala.

Insiste así en que, sea cual sea el criterio aplicable al caso, la conclusión siempre es la misma: Junqueras no está protegido por la inmunidad frente a las actuaciones judiciales que se llevan en su contra. Recuerda también que las cuestiones prejudiciales no pueden plantearse si no son pertinentes o bien resulta evidente que no existe duda. En el presente caso el Supremo ya ha delimitado la inmunidad en aplicación de las normas españolas y, además, existe jurisprudencia constante que indica que el asunto ya ha sido aclarado, dice.

La Fiscalía se ha opuesto este jueves a que el Tribunal Supremo acuda al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para consultar el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras tras ser elegido eurodiputado. En un nuevo escrito, el Ministerio Público insiste en el criterio ya expresado y asegura que no resulta necesario plantear una cuestión prejudicial "a la luz de la propia normativa comunitaria y en atención a los precedentes doctrinales".

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