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El Supremo activa el trámite para preguntar al TJUE sobre la inmunidad de Junqueras
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POR SU ESCAÑO EN EL PARLAMENTO EUROPEO

El Supremo activa el trámite para preguntar al TJUE sobre la inmunidad de Junqueras

Habilita un plazo de tres días para que las partes se pronuncien sobre si procede dirigirse a Luxemburgo.

Foto: Junqueras. (Reuters)
Junqueras. (Reuters)

El Tribunal Supremo ha activado este martes el trámite para dirigirirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y plantear una cuestión prejudicial sobre el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras. La Sala deja en suspenso la respuesta al recurso de súplica que presentó el 'exvicepresident' y habilita un plazo de tres días para que las partes se pronuncien sobre si procede dirigirse a Luxemburgo. No responderá a la última solicitud de permiso formulada hasta que se resuelva este punto.

El tribunal del 'procés' mantiene en prisión al líder de ERC pero asegura en su provindencia que, en aplicación del protocolo de la UE sobre los privilegios e inmunidades, "procede conceder al Ministerio Fiscal y el resto de partes acusadoras, así como al propio Junqueras, un plazo de tres días para que formulen alegaciones". En concreto, quiere conocer su opinión sobre la cuestión prejudicial reclamada por su abogado Andrés Van den Eynde. Quiere, además, que se le especifique el contenido de la cuestión o cuestiones que habrían de formularse.

Foto: Oriol junqueras abandona el Congreso de los Diputados el pasado mayo. (Reuters)

En su recurso, Junqueras sostenía que le ampara la inmunidad desde su elección como eurodiputado. Indicaba que ya desde 1986, en el conocido informe Donnez, se defendía la vigencia de la garantía de inmunidad europea desde la proclamación del candidato electo, de tal forma que la remisión del Protocolo 7 de inmunidad al derecho de cada Estado se circunscribiría al contenido “material” de la inmunidad (en nuestro caso la protección frente al proceso penal) y "no a peculiaridades de tratamiento procesal que desnaturalizarían la inmunidad europea".

También decía que en el artículo 9, al que hace ahora referencia el Supremo, se reconoce el alcance de la inmunidad en territorio español por analogía con el del Congreso de los diputados (ámbito material), así como la garantía frente a cualquier restricción de la libertad deambulatoria de quien deba dirigirse a las reuniones del Parlamento Europeo. "El bloqueo o impedimento de los trámites en territorio español estaría, de facto, conculcando las previsiones del protocolo mencionado, y ello pese a resaltarse que no existe norma de derecho de la Unión que condicione la obtención de la condición de eurodiputado a trámite alguno, más allá de la proclamación ya efectuada", agregaba.

La Fiscalía ya se ha pronunciado en contra de acudir a la Justicia europea. Aseguraba, como ya ha hecho en otros escritos referentes a Carles Puigdemont, que los privilegios e inmunidades son aplicables una vez se adquiere de forma plena la condición de miembro del Parlamento Europeo y, por ello, "no basta con ser miembro" de la Eurocámara para "gozar de las prerrogativas correspondientes".

Seis cuestiones prejudiciales

En su recurso, Junqueras reclamaba que se presentaran seis cuestiones prejudiciales. Solo una de ellas versaba sobre la inmunidad. Pedía que se demandara al tribunal de Luxemburgo contestación sobre las limitaciones previstas en la ley para acceder de facto al escaño, los límites a la prohiibición de elegibilidad o desarrollo efectivo de funciones o el alcance del derecho al sufragio pasivo.

También quería conocer el de ERC si el informe del grupo de trabajo de la ONU ampara su puesta en libertad o si es contrario al Acta que no se le autorice a acudir al Congreso de los Diputados para jurar o prometer la Constitución. La última pregunta se centra en la inmunidad y está planteada de este modo: "¿Están protegidos por la garantía de inmunidad parlamentaria los miembros electos del Parlamento Europeo de conformidad con el artículo 9 del Protocolo nº7 sobre privilegios e inmunidades de la UE desde el momento mismo de su elección? ¿Protege dicha inmunidad frente a medidas cautelares de naturaleza penal (por ejemplo, prisión provisional) cuando dichas medidas hacen imposible para el candidato electo adquirir su condición y ejercer de forma efectiva su mandato como miembro del Parlamento Europeo?".

El Tribunal Supremo ha activado este martes el trámite para dirigirirse al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y plantear una cuestión prejudicial sobre el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras. La Sala deja en suspenso la respuesta al recurso de súplica que presentó el 'exvicepresident' y habilita un plazo de tres días para que las partes se pronuncien sobre si procede dirigirse a Luxemburgo. No responderá a la última solicitud de permiso formulada hasta que se resuelva este punto.

Manuel Marchena Tribunal Supremo