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15 años de prisión para los miembros de la Manada de Collado Villalba
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la sala da por bueno el testimonio de la víctima

15 años de prisión para los miembros de la Manada de Collado Villalba

Las tres magistradas de la Audiencia Provincial de Madrid que firman la sentencia narran un terrible relato de hechos violentos, intimidatorios y con un enorme desprecio hacia la agredida

Foto: Ayuntamiento de Collado Villalba. (EFE)
Ayuntamiento de Collado Villalba. (EFE)

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 15 años de cárcel a dos miembros de la denominada Manada de Collado Villalba y a 14 años al tercer componente. La Sección 29 del tribunal, que les considera autores de un delito continuado de agresión sexual, les impone también siete años de libertad vigilada que cumplirán cuando abandonen el centro penitenciario. Según la sentencia, Ricardo A. M., Miguel Ángel C. O. y Martín A. F. solicitaron favores sexuales a una joven sobre la medianoche del 13 de marzo de 2015. La chica se negó y entonces la obligaron a practicarles una felación bajo la amenaza de que, de lo contrario, no la dejarían salir del piso al que la habían llevado.

Las tres magistradas que componen la sala, que han dado por válido el testimonio esgrimido por la víctima durante el juicio oral, consideran que durante los hechos se produjo lo que la jurisprudencia llama "intimidación ambiental", que tuvo lugar en el momento en el que los condenados llevaron a la chica a la vivienda y, "de manera premeditada, la situaron en uno de los dormitorios". Tenían, según la resolución, "el único propósito de satisfacer sus deseos, fuera con el consentimiento de ella o sin él". "El efecto intimidatorio puede producirse por la simple presencia o concurrencia de varias personas (en el caso que nos ocupa, tres hombres de mayor edad y corpulencia), distintas del que consuma materialmente la agresión, ya que la presencia del grupo puede producir en la persona agredida un estado de intimidación ambiental a la vez que provocar un efecto de reforzamiento psicológico de quien se ve rodeado de otras personas que lo anima", arguye la sala.

Foto: Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid. (EFE)

“Ella se vio acorralada ante la presencia de los tres individuos, en un sitio cerrado, una habitación con baño, y actuó ante el temor de que pudiera pasarle algo y en la creencia de que no iba a salir indemne de allí sin haber satisfecho los deseos sexuales de los procesados”, considera el tribunal, que añade que la víctima primero buscó el amparo del único al que conocía (Ricardo). Le pidió auxilio y ante el hecho de que no tenía otra salida, llegó a un acuerdo con él (practicarle una felación a cambio de ayuda), lo que muestra "la situación de angustia, miedo, vulnerabilidad e indefensión en la que se encontraba".

Sin embargo, Ricardo la engañó y "dejó vía libre a los otros dos", momento en el que ella "sintió que no tenía escapatoria". Por eso, considera la sala, "actuó ante la intimidación que le provocó la actuación de los tres sujetos". También concluyen las magistradas que componen las Sección 29 que el delito es continuado, tipo que "requiere unidad de sujeto activo y esa unidad existe para cada uno de los autores". "Es decir, cada uno de ellos será autor único de un delito continuado de violación: uno, porque intimida y otro porque accede carnalmente”, explica la sentencia, que argumenta que condena a Ricardo a mayor pena "por la posición de garante que tenía frente a la víctima".

Foto: Uno de los integrantes de la Manada es conducido a declarar. (Guardia Civil)

"Fue la persona que había mantenido encuentros sexuales con la joven cada vez que se veían y que conocía la influencia que en ese sentido ostentaba sobre ella, y amparado en este hecho no tuvo problema alguno, moral, ético o de otro tipo, para engañarla haciéndole creer que si accedía a llevar a cabo una acción sexual a que en otras ocasiones se había negado, la llevaría a su casa", sostiene la sala, que considera a este condenado como pieza fundamental para que aquella noche sucediera todo. El tribunal también incrementa la pena a Martín A. F. por la especial agresividad de éste, que "ejerció violencia al empujar a la víctima contra el mueble del baño" con "tremendo desprecio" en todo momento hacia la dignidad de la agredida.

Un militar y un guardia civil

Este último, militar de profesión, reconoció durante el juicio que "tuvo un encuentro sexual con la chica en el baño", pero dijo que fue consentido, como el resto de condenados. Miguel Ángel, otro de los cuatro, también pertencía a las fuerzas del orden. En concreto, era guardia civil, estaba casado y tenía un hijo. "Desde que fue acusado no me han destinado a ninguna misión y estoy en tratamiento psicológico", alegó el ahora condenado. "Llamamos a la puerta de la habitación no para tener sexo, sino porque no podíamos montar la consola, que era lo que íbamos a hacer", alegó en la vista oral el miembro del instituto armado.

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 15 años de cárcel a dos miembros de la denominada Manada de Collado Villalba y a 14 años al tercer componente. La Sección 29 del tribunal, que les considera autores de un delito continuado de agresión sexual, les impone también siete años de libertad vigilada que cumplirán cuando abandonen el centro penitenciario. Según la sentencia, Ricardo A. M., Miguel Ángel C. O. y Martín A. F. solicitaron favores sexuales a una joven sobre la medianoche del 13 de marzo de 2015. La chica se negó y entonces la obligaron a practicarles una felación bajo la amenaza de que, de lo contrario, no la dejarían salir del piso al que la habían llevado.

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