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El TC extradita a China a 180 taiwaneses porque la cadena perpetua allí es "revisable"
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la sala inadmite el recurso de los detenidos

El TC extradita a China a 180 taiwaneses porque la cadena perpetua allí es "revisable"

Dos votos particulares se oponen a esta polémica decisión porque entienden que el tribunal aún no se ha posicionado sobre esta pena en España y destacan que los ciudadanos también fueron víctimas

Foto: La Policía Nacional entregó en junio de 2018 a especialistas del Ministerio de Seguridad chino los ordenadores incautados en la operación Wall. (EFE)
La Policía Nacional entregó en junio de 2018 a especialistas del Ministerio de Seguridad chino los ordenadores incautados en la operación Wall. (EFE)

El pleno del Tribunal Constitucional ha dado luz verde a la extradición a China de los 180 ciudadanos taiwaneses detenidos en España en el marco de la operación Wall, que investiga un delito de estafa cometido presuntamente por estos ciudadanos. El alto tribunal ha inadmitido el recurso de uno de estos arrestados, que, junto al resto, reclamaba ser juzgado por la Audiencia Nacional y no ser enviado a China. Alegaban que en el país asiático no hay independencia judicial, que el procedimiento es entendido allí en términos políticos por la rivalidad de Taiwán con Pekín y que las penas previstas para estos delitos en la República Popular pueden alcanzar la cadena perpetua, una condena que los investigados consideran "desproporcionada", "jurídicamente obscena" e "inhumana".

El Constitucional argumenta, sin embargo, en línea con la Sala Penal de la Audiencia Nacional que dirimió el asunto en un primer momento, que la trama delictiva comenzó a operar en China y de ahí se extendió a otros países, entre ellos España; que los cabecillas están todavía en aquel país; que los detenidos aquí estaban supeditados a los jefes de Pekín, y que las víctimas de las estafas residían todas en el Estado asiático. Aduce también que las acusaciones relativas a la dudosa independencia de su poder judicial no se apoyan en referencias concretas. "Suponen una impugnación global del régimen jurídico del Estado requiriente (...); se trata de alegaciones genéricas (...) que no resultan suficientemente específicas ni fundadas", sostiene la alta instancia, que aborda con especial interés el tema de la cadena perpetua.

Foto: Los responsables de la Policía Nacional entregaron el pasado viernes a sus homólogos chinos las pruebas de la operación Wall. (EFE)

El tribunal considera que el hecho de que la estafa pueda ser castigada con esta pena no incumpliría el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que censura los castigos de duración indeterminada. Argumenta la sala que esta cadena perpetua no vulnera ningún derecho porque en la República Popular China la pena "está sometida a revisión judicial reglada" en función del "comportamiento del penado y de la evolución de los programas de tratamiento". El criterio expresado en un auto firmado por el pleno del Constitucional, sin embargo, no es compartido por todos los miembros que conforman la sala.

Dos de los 12 magistrados emiten un voto particular que discrepa abiertamente de la resolución. Uno de ellos lo firma la vicepresidenta del tribunal, Encarnación Roca, y sostiene que existe una incongruencia en los razonamientos esgrimidos por el pleno. En concreto, critica que en los fundamentos jurídicos el auto admita que la cuestión planteada tiene "trascendencia constitucional por su peculiaridad" vinculada a esa supuesta "vulneración del derecho a la propocionalidad de la reacción penal". "Nunca ha sido abordada en la jurisdicción constitucional", afirma el propio escrito de la sala, que Roca utiliza para argumentar que este motivo debería justificar una admisión del recurso con el fin de estudiar a fondo la cuestión que plantea.

Foto: Los responsables policiales de la macrooperación que movilizó a 700 funcionarios explicaron los detalles en rueda de prensa. (EFE)

"Merece una decisión de fondo por considerarlo importante para la interpretación de la Constitución", subraya la magistrada, que incluso habla de que la sala estaba hasta "obligada" a estudiar el recurso. "Máxime al encontrarse pendiente una decisión de este tribunal sobre la constitucionalidad de la denominada prisión permanente revisable", recuerda la autora del primer voto particular. "Debía resolverse, con carácter previo al amparo, si la cadena perpetua revisable es o no contraria a la Constitución", esgrime Roca, que entiende que el tribunal debía haber admitido el recurso y haberlo resuelto mediante sentencia.

También concluye lo mismo el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos, que, además de desarrollar los mismos argumentos que su compañera, aborda la "singular" situación de la operación Wall. Hay, arguye, "casi 200 personas afectadas por solicitudes de extradición realizadas en idénticas circunstancias referidas a ciudadanos taiwaneses" que habrían participado en esas estafas, que "permanecían acinados con sus pasaportes retenidos" en inmuebles regentados por varios cabecillas de la trama y que ahora podrían ser condenados a cadena perpetua. "El presente recurso podría servir de elemento para iniciar un proceso de reflexión" sobre "el estándar de prueba" y las "obligaciones que hay que observar" antes de decidir sobre la extradición a un país que puede castigar en los citados términos, agrega Xiol Ríos, que critica igualmente el hecho de que inadmitir el recurso implica también que la Fiscalía no se pronuncie.

Foto: Trabajadores de un call center de Manila en 2012. (Reuters)

El magistrado, que recuerda que los recurrentes alegan que varias oenegés han informado sobre la falta de independencia judicial en China y la persecución de abogados, se muestra abiertamente en contra de la opinión mayoritaria del tribunal, que argumenta que no existe vulneración de derechos porque las defensas de los detenidos no presentan "pruebas o indicios que justifiquen que existe un riesgo real" en Pekín. "El estándar de la jurisdicción comunitaria y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es que en supuesto de invocación de un déficit estructural o sistémico de garantías procesales esenciales, resulta preciso exigir de los órganos jurisdiccionales una verificación de que dicho panorama o déficits no son ciertos", añade.

El pleno del Tribunal Constitucional ha dado luz verde a la extradición a China de los 180 ciudadanos taiwaneses detenidos en España en el marco de la operación Wall, que investiga un delito de estafa cometido presuntamente por estos ciudadanos. El alto tribunal ha inadmitido el recurso de uno de estos arrestados, que, junto al resto, reclamaba ser juzgado por la Audiencia Nacional y no ser enviado a China. Alegaban que en el país asiático no hay independencia judicial, que el procedimiento es entendido allí en términos políticos por la rivalidad de Taiwán con Pekín y que las penas previstas para estos delitos en la República Popular pueden alcanzar la cadena perpetua, una condena que los investigados consideran "desproporcionada", "jurídicamente obscena" e "inhumana".

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