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El Supremo estudia si la directora de la cárcel prevaricó con su permiso a Rull
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El Supremo estudia si la directora de la cárcel prevaricó con su permiso a Rull

La Sala de lo Penal analiza si la gerente de la prisión dictó una resolución arbitraria a sabiendas de que era contraria a la ley

Foto: Pancarta a favor de la libertad de los presos. (EFE)
Pancarta a favor de la libertad de los presos. (EFE)

El permiso del que disfrutó el 'exconseller' catalán Josep Rull en la víspera de Reyes, para visitar durante unas horas a su hijo ingresado de urgencia tras una caída, puede tener graves consecuencias para la directora del centro penitenciario de Lledoners. El Tribunal Supremo, que no tuvo conocimiento de lo sucedido hasta el 8 de enero, tres días después de la salida, analiza si la responsable de la prisión que autorizó esta excarcelación sin visto bueno judicial, Paula Montero, dictó una resolución arbitraria a sabiendas de que era contraria a la ley.​

En el caso de que la Sala Segunda del alto tribunal, encargada del procedimiento contra los políticos catalanes por el 'procés', advierta indicios delictivos en su proceder, dará traslado a la Fiscalía para que investigue los hechos, informan a El Confidencial fuentes jurídicas. Según juristas consultados por este medio, los hechos encajan en la comisión de un delito de prevaricación, previsto para los funcionarios públicos que no procedan de acuerdo a la normativa en un asunto administrativo. Desde el Ministerio Público, se está a la espera de recibir notificación sobre lo sucedido para analizar los hechos.

Foto: La prisión catalana de Lledoners donde están los nueve presos del 'procés'

El que fuera responsable de Territorio bajo la presidencia de Carles Puigdemont salió de la cárcel escoltado por los Mossos d' Esquadra para ver en el hospital a su hijo pequeño, que sufrió un accidente precisamente cuando se encontraba visitando a su padre en prisión en la mañana del sábado 5 de enero. El niño se dio un fuerte golpe, quedó inconsciente y en estado de desubicación. Despertó y no reconocía a sus familiares y permaneció ingresado en el hospital San Juan de Dios de Manresa unas horas.

Rull salió bajo autorización exclusiva de la directora de la cárcel que no contaba con autorización judicial alguna e informó a posteriori y mediante un escueto oficio al Supremo, a cuyo cargo se encuentran los presos preventivos del 'procés'. El alto tribunal no tuvo, por tanto, conocimiento de lo sucedido ni se pronunció en ningún sentido. Sí lo hizo el juzgado de guardia de Manresa que avisó de su falta de competencia para decidir sobre la cuestión y no avaló la salida, aunque remitió al centro al Reglamento Penitenciario.

placeholder Los políticos presos en Lledoners
Los políticos presos en Lledoners

En el caso del TS, la comunicación que se remitió al alto tribunal llegó tarde y sin los datos suficientes. Se enviaron dos faxes pasadas las cinco de la tarde del día 5 —Rull salió de la prisión a esa misma hora según las fuentes consultadas— y no fueron registrados hasta el martes 8. En el primero se daba cuenta de que se estaba tramitando el permiso y el segundo, con entrada unos minutos más tarde, ya comunicaba la salida.

Este último se limita a un corto párrafo en el que la directora da cuenta de que se ha procedido a avalar el permiso extraordinario con acompañamiento de fuerza pública de Rull "por ingreso hospitalario" para que este pueda "visitar a su hijo en estado grave". Indica además que el artículo 161.4 del Reglamento Penitenciario ampara la capacidad del responsable de la prisión a autorizar la salida en casos de urgencia atendiendo a que el tribunal no se encontraba "disponible" aquella jornada, un sábado víspera de festivo nacional.

Foto: Lazos amarillos. (EFE)

Jueces de vigilancia penitenciaria consultados destacan la contradicción en la que incurre este argumento a la vista de lo sucedido. Explican que la directora se escuda en unas competencias que no son aplicables al caso de los políticos catalanes presos, que son preventivos y no penados. Según dicen, los gerentes de las prisiones cuentan con capacidad para conceder estas autorizaciones de forma extraordinaria a aquellos presos que se encuentren ya en segundo o tercer grado, nunca en prisión provisional a la espera de juicio.

Inciden además en que resulta ilógico que, a pesar de defender esta supuesta capacidad de la dirección del centro penitenciario para proceder sin permiso judicial, sí se acudió a un juez, el de guardia de Manresa, con nulo resultado. La versión del departamento de Justicia de la Generalitat es que se actuó conforme a la ley y se hizo, precisamente, a sugerencia de este magistrado. Fuentes del gobierno autonómico resaltan, además, motivos humanitarios y precisan que la decisión se puso en conocimiento de Amand Calderó, el director general de Servicios Penitenciarios de la Generalitat.

La ley es clara

Las fuentes citadas ven en los hechos una actuación ilegal y apuntan que el mismo reglamento en el que se escuda la directora deja claro en su artículo 159 que la aprobación de un permiso de este tipo para internos preventivos requiere necesariamente la previa aprobación "de la autoridad judicial correspondiente". Por encima del reglamento, también la Ley General Penitenciaria se refiere a la cuestión. En sus artículos 47 y 48 habla de las salidas especiales "por importantes y comprobados motivos" y delimita los casos de internos preventivos que requerirán la aprobación, en cada caso, de la autoridad judicial correspondiente.

Foto: El 'exconseller' de Territorio y actual diputado de Junts per Catalunya (JxCat) Josep Rull. (EFE)

Van más allá y dudan que la decisión encaje con los supuestos de gravedad previstos por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para este tipo de permisos extraordinarios siempre en el caso de los internos ya condenados. A este respecto, una instrucción de 2012 en vigor detalla que la delegación en los directores de la autorización de permisos extraordinarios se limita al nacimiento de hijos y al fallecimiento o enfermedad grave. Los jueces consultados especifican que en esos casos se valora si hay riesgo vital.

El permiso del que disfrutó el 'exconseller' catalán Josep Rull en la víspera de Reyes, para visitar durante unas horas a su hijo ingresado de urgencia tras una caída, puede tener graves consecuencias para la directora del centro penitenciario de Lledoners. El Tribunal Supremo, que no tuvo conocimiento de lo sucedido hasta el 8 de enero, tres días después de la salida, analiza si la responsable de la prisión que autorizó esta excarcelación sin visto bueno judicial, Paula Montero, dictó una resolución arbitraria a sabiendas de que era contraria a la ley.​

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