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La víctima de La Manada se planteó pedir la recusación del magistrado Ricardo González
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vista sobre la solicitud de ingreso en prisión

La víctima de La Manada se planteó pedir la recusación del magistrado Ricardo González

Sus abogados estudiaron esta posibilidad pero desistieron de sus intenciones al asumir que la reclamación para apartar al polémico juez ante la vistilla de este miércoles no tenía visos de prosperar

Foto: Una mujer porta un cartel contra la sentencia que condena a La Manada por abuso sexual y no por agresión sexual durante una protesta en Pamplona. (EFE)
Una mujer porta un cartel contra la sentencia que condena a La Manada por abuso sexual y no por agresión sexual durante una protesta en Pamplona. (EFE)

Los abogados de la víctima de La Manada se plantearon solicitar la recusación del polémico magistrado Ricardo González, quien abogó por la absolución de los imputados en un polémico voto particular, de cara a la vistilla que este miércoles va a abordar la petición de ingreso en prisión de los cinco jóvenes sevillanos, si bien desistieron de esta posibilidad al asumir que la reclamación no tenía visos de prosperar. Los letrados de la joven madrileña pretendían que entre los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra que deben decidir si se revoca la libertad provisional de los condenados a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento en los Sanfermines de 2016 no estuviera este juez, quien defendió que los hechos obedecieron a “actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo”.

Sin embargo, tras estudiar esta posibilidad, los letrados Miguel Ángel Morán y Carlos Bacaicoa renunciaron a sus intenciones y decidieron no pedir formalmente esta petición al constatar que entre los motivos concretos que marca la Ley Orgánica del Poder Judicial para recusar a un magistrado “no hay ninguno que se pueda aplicar en este caso”. "No es viable pedir la recusación", reconocen. A este respecto, fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial confirman que esta solicitud no tenía ninguna posibilidad de prosperar ante la falta de consistencia jurídica.

Foto: El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, Joaquín Galve, atiende a los medios de comunicación. (EC)

El contenido y las expresiones utilizadas por González en su voto particular para reclamar la absolución de los acusados desató una oleada de críticas a nivel político, social e institucional, entre ellas la del entonces ministro de Justicia, Rafael Catalá, que aseguró que "todos saben que este juez tiene algún problema singular", al tiempo que mostró su "sorpresa" por el hecho de que el Consejo General del Poder Judicial no hubiera ejercido su "potestad disciplinaria" contra el magistrado. Sus palabras, así como las de otros dirigentes políticos censurando la figura del magistrado, provocaron un gran malestar entre los jueces y obligaron al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), Joaquín Galve, a pedir "respeto" a González y a las resoluciones adoptadas dentro del caso de La Manada.

"No es viable pedir la recusación". Entre los motivos que marca la Ley Orgánica del Poder Judicial "no hay ninguno que se pueda aplicar en este caso"

Ahora, los mismos tres magistrados de la Sección Segunda que condenaron a nueve años de prisión a los integrantes de La Manada y que con posterioridad decidieron su puesta en libertad provisional a la espera de sentencia firme abordarán este miércoles la solicitud de la Fiscalía del reingreso en prisión de los cinco jóvenes sevillanos después de que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra haya confirmado recientemente la condena impuesta por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento.

La vistilla para abordar la solicitud de ingreso en prisión formulada por el Ministerio Público, a la que se ha sumado la acusación particular, está fijada para las 10.00 horas en la Audiencia de Navarra y los integrantes de La Manada seguirán su desarrollo por videoconferencia desde los juzgados de Sevilla. Los cinco condenados estarán representados por Agustín Martínez, que se ha hecho cargo de la defensa de Antonio Manuel Guerrero, guardia civil de profesión, después de que su letrado Jesús Pérez haya renunciado hace escasos días a continuar ejerciendo su defensa alegando “carga de trabajo”. Al principio del proceso, Martínez representaba a José Ángel Prenda, Jesús Escudero y Ángel Boza, aunque con posterioridad, una vez dictada la sentencia condenatoria, asumió la defensa del militar Alfonso Jesús Cabezuelo tras romper la relación con su letrado.

Foto: Protesta contra la sentencia de La Manada. (EFE)

En un principio, la vistilla para abordar si se revoca la libertad provisional de los integrantes de La Manada, que se encuentran en la calle desde finales de junio, se iba a celebrar el pasado 13 de diciembre, pero la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra acordó su aplazamiento hasta este miércoles día 26 al atender la petición solicitada por la representación de la acusación particular y por Martínez debido a la existencia de señalamientos previos.

No es la primera vez que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial aborda el reingreso en prisión de La Manada. La Sala ya desestimó en julio el recurso interpuesto por la Fiscalía y las diferentes acusaciones contra la libertad provisional de los cinco jóvenes sevillanos al entender que las alegaciones planteadas para revocar su excarcelación a la espera de sentencia firme no desvirtuaban los argumentos del auto que decretaba su excarcelación. Ahora, en esta ocasión, la Fiscalía entiende que existen argumentos sólidos para acordar el reingreso en prisión de los condenados una vez confirmada la condena a nueve años de prisión por parte del TSJN, que ratificó la sentencia con el voto particular de dos de los cinco magistrados, que apostaron por ampliar la condena a 14 años y tres meses de prisión al enmarcar los hechos en un delito de agresión sexual continuada.

Foto: Joaquín Galve accede al Palacio de Justicia de Navarra. (EFE)

La Fiscalía argumenta que la “no modificación de los hechos probados” por el TSJN al resolver el recurso de apelación y “las especiales características” del recurso de casación ante el Tribunal Supremohacen necesario asegurar el cumplimiento de dicha condena a nueve años de prisión, evitando la posibilidad de que los penados se sustraigan a la acción de la Justicia”. De desestimarse la petición de su reingreso en prisión, los integrantes de La Manada permanecerán en libertad provisional a la espera de que el Supremo se pronuncie de forma definitiva sobre el caso con motivo de los recursos que presentarán las diferentes partes contra la resolución del TSJN. El Ministerio Público y las acusaciones particular y populares –estas últimas ejercidas por el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra– insisten en que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual. A este respecto, confían en que el criterio de dos de los cinco magistrados del TSJN que consideran que hubo violación –el presidente del tribunal Joaquín Galve y el magistrado Miguel Ángel Abárzuza– abra la puerta a ampliar la condena en la que es la última parada del recorrido judicial de un caso que ha estado marcado por la división de los magistrados competentes en todas las decisiones adoptadas. Por su parte, la defensa insiste en pedir la absolución al sostener que se trataron de relaciones sexuales consentidas.

La puesta en libertad de los condenados, bajo fianza de 6.000 euros, se acordó el pasado 21 de junio por dos votos a favor y el rechazo del presidente de la Sala, José Francisco Cobo, que discrepó de la decisión en un voto particular discordante en el que apuntaba a la "indiscutible gravedad del delito" y a la protección a la víctima, entre otros argumentos. Entonces, la magistrada Raquel Fernandino, que se había opuesto hasta en tres ocasiones a la excarcelación de los acusados –dos antes de la celebración del juicio y una al término del mismo–, cambió de criterio y se alineó con el juez Ricardo González para defender que el riesgo de fuga “había perdido notablemente la fuerza que en su día pudo tener”. Tampoco apreció riesgo de reiteración delictiva a pesar de que en esos momentos cuatro de los procesados se encontraban incursos en otra causa penal por hechos similares que investigaba un juzgado de Pozoblanco, y que, con posterioridad, en septiembre, acordó su procesamiento por presuntos delitos contra la intimidad y abusos sexuales. Según se recogía en el auto de la Sección Segunda que decretó su puesta en libertad provisional, la “presión social” y la “pérdida de anonimato” de los integrantes de La Manada “hacen poco menos que impensable el riesgo de reiteración delictiva”.

Foto: Imagen del exterior de la cárcel de Pamplona donde se encontraban tres de Los cinco miembros de la Manada. (EFE)

Uno de los cinco integrantes de La Manada, Ángel Boza, había ingresado en prisión provisional por robar unas gafas de sol el pasado 1 de agosto en un establecimiento comercial de Sevilla y embestir posteriormente a dos vigilantes con su coche al huir del recinto, si bien el juez decretó hace un mes su puesta en libertad al ser condenado por un delito leve de hurto y otro de lesiones frente al criterio de la Fiscalía, que solicitaba cuatro años de prisión por estos hechos.

Los abogados de la víctima de La Manada se plantearon solicitar la recusación del polémico magistrado Ricardo González, quien abogó por la absolución de los imputados en un polémico voto particular, de cara a la vistilla que este miércoles va a abordar la petición de ingreso en prisión de los cinco jóvenes sevillanos, si bien desistieron de esta posibilidad al asumir que la reclamación no tenía visos de prosperar. Los letrados de la joven madrileña pretendían que entre los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra que deben decidir si se revoca la libertad provisional de los condenados a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento en los Sanfermines de 2016 no estuviera este juez, quien defendió que los hechos obedecieron a “actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo”.

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