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1.500 millones de euros: la factura final que deben pagar los responsables del Prestige
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1.500 millones de euros: la factura final que deben pagar los responsables del Prestige

El Supremo ha acordado, al estimar otro punto del recurso del abogado del Estadom que de la cuantía reconocida a España no pueden ser descontadas las ayudas de fondos comunitarios

Foto: Imagen de una de las playas afectadas por el vertido del Prestige (REUTERS)
Imagen de una de las playas afectadas por el vertido del Prestige (REUTERS)

1.500 millones de euros. Esa es la cantidad que ha fijado el Tribunal Supremo como responsabilidad civil derivada de la catástrofe del Prestige. La factura se dividirá ahora entre el capitán del buque Apostolos Ioannis Mangouras, el fondo FIDAC y la aseguradora The London Owners Mutual Insuranse Association, mientras que la propietaria del barco, Mare Shipping, queda como responsable subsidiaria.

En lo que se refiere a los beneficiarios, España se llevará la mayor parte de la indemnización, pero también recibirán dinero Francia, la Xunta de Galicia y otros 269 afectados por el vertido, entre los que se encuentran particulares, empresas, mancomunidades, ayuntamientos y sociedades. El Supremo cifra así los daños causados por el hundimiento del petrolero hace 16 años, que contaminó 2.000 kilómetros de costa desde Galicia hasta Francia.

La sentencia del Supremo modifica varios aspectos del fallo de la Audiencia Provincial de A Coruña de 2017, pues atiende el recurso de Francia y España y establece que en las indemnizaciones deben incluirse las cantidades correspondientes al IVA que se abonó en las tareas de reparación del daño, concepto que en el caso de nuestro país asciende a 43,6 millones de euros. Asimismo, el alto tribunal establece que, en contra de lo resuelto por la Audiencia, de la cuantía reconocida a España no pueden ser descontadas las cantidades recibidas en concepto de ayudas de fondos comunitarios, dinero que algunos de los recurrentes cifraban en 275 millones de euros.

El fallo, del que ha sido ponente el juez Andrés Martínez Arrieta, sostiene también que las indemnizaciones deben comprender los intereses moratorios por los daños y perjuicios ocurridos desde el escrito de conclusiones provisionales, en el que se pidió el pago de la indemnización, y los procesales devengados desde el pronunciamiento sobre responsabilidad civil.

Además, la sentencia del Supremo corrige la de la Audiencia en lo que se refiere a la indeminización de la Xunta de Galicia por la tarea de la Sociedad Gallega de Residuos Industriales, por importe de 1,87 millones de euros. El Supremo mantiene ahora 1,1 millones, que corresponden a la eliminación de residuos del Prestige, pero retira los 751.555 euros que respondían al coste estimado de la puesta a punto de dicha instalación, pues esta segunda indemnización no se solicitó en el juicio, lo que vulnera el principio de rogación en esta materia.

1.500 millones de euros. Esa es la cantidad que ha fijado el Tribunal Supremo como responsabilidad civil derivada de la catástrofe del Prestige. La factura se dividirá ahora entre el capitán del buque Apostolos Ioannis Mangouras, el fondo FIDAC y la aseguradora The London Owners Mutual Insuranse Association, mientras que la propietaria del barco, Mare Shipping, queda como responsable subsidiaria.

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