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Trapero deberá esperar: la Audiencia no le juzgará hasta que haya sentencia del 'procés'
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las dos causas están intimamente unidas

Trapero deberá esperar: la Audiencia no le juzgará hasta que haya sentencia del 'procés'

Prevé aguardar al criterio del alto tribunal en el procedimiento que afecta al Govern del 'expresident' de la Generalitat Carles Puigdemont

Foto: Josep Lluís Trapero, a su llegada a la Audiencia Nacional el pasado febrero. (Reuters)
Josep Lluís Trapero, a su llegada a la Audiencia Nacional el pasado febrero. (Reuters)

La Audiencia Nacional no tiene prisa para celebrar el juicio contra el 'major' de los Mossos d´Esquadra Josep Lluís Trapero y el resto de acusados en esta parte de la investigacion judicial sobre los hechos del referéndum del 1 de octubre y los días previos que se sigue en la Audiencia Nacional. Según fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial es previsible que la vista oral no se celebre hasta que el Tribunal Supremo dicte sentencia en la causa principal sobre el desarrollo del 'procés', en la que mantiene imputados a los miembros del Govern de Carles Puigdemont y a varios parlamentarios.

La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela dejó cerrada la instrucción antes del verano. El procesamiento dictado por delitos de organización criminal y dos de sedición -ya firme tras el aval de la Sala de lo Penal- alcanza también al exdirector de los Mossos Pere Soler y al ex secretario general de Interior César Puig. Asimismo, Lamela sentó en el banquillo a la intendente Teresa Laplana por un delito de sedición, en su caso por los hechos que tuvieron lugar entre el 20 y el 21 de septiembre.

placeholder El exdirector de los Mossos d'Esquadra Pere Soler, a la salida de la Audiencia Nacional. (EFE)
El exdirector de los Mossos d'Esquadra Pere Soler, a la salida de la Audiencia Nacional. (EFE)

Ninguno de los afectados se encuentra encarcelado de forma preventiva. Ni siquiera pesan contra los procesados fianzas y las únicas medidas impuestas son la retirada de los pasaportes y la prohibición de salir de España. Trapero debe, además, presentarse cada 15 días en el juzgado más cercano a su domicilio. La libertad del máximo dirigente policial de los Mossos y del resto favorece que la celebración del juicio no revista la urgencia que sí se imprimiría a una causa con preso.

Además, las dos causas están separadas pero íntimamente ligadas. Contra el criterio de la propia magistrada, que trató de inhibirse al alto tribunal al considerar que existían motivos para una instrucción conjunta, el procedimiento quedó dividido en origen en dos partes a cargo de distintos tribunales. Mientras el Supremo se ha ocupado en estos meses de la estrategia independentista conducida desde las instituciones, la Audiencia Nacional se centró en la actuación policial durante las manifestaciones desarrolladas a raíz de la operación Anubis, básicamente frente a la Consellería de Economía.

Foto: Fotografía de archvivo del mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero. (EFE)

Las fuentes consultadas precisan que no es por ello descabellado aguardar a que el Supremo, que en última instancia conocerá también sobre la causa contra Trapero si hay recursos tras su condena o absolución, se pronuncie en firme en el sumario 'madre'. El procedimiento se encuentra ya en manos de la Sala que debe proceder a la apertura de juicio oral. La previsión que se maneja es celebrar la vista oral la próxima primavera, concretan.

Una organización criminal

Carmen Lamela no se limitó a procesar al 'major' por sedición sino que apreció su integración en una "compleja y heterogénea organización unida por el propósito de lograr la separación de la comunidad autónoma de Cataluña y su proclamación como república independiente". En ella adoptó una actuación "pasiva" en el 1-O siguiendo "la pauta" establecida por el entonces 'conseller' de Interior Joaquim Forn, por el exdirector del cuerpo autonómico Pere Soler Campins y por el ex secretario general de Interior César Puig. "No existió por parte de policía autonómica un verdadero dispositivo orientado a impedir la celebración del referéndum", asegura la jueza en el auto a la hora de valorar el 1 de octubre.

Basándose en este razonamiento, Lamela sostuvo que los indicios "revelan la existencia de una estructura de dirección perfectamente definida"; una organización "bajo una dirección común en cuya cúspide se encontraba el presidente de la Generalitat de Cataluña [Carles Puigdemont]". De esta manera, la jueza consideró probado el requisito de jerarquía que exige el Código Penal para procesarles por organización criminal, a lo que se suman otras cuatro características: permanencia en el tiempo, coordinación y cooperación, reparto de tareas y planificación.

La Audiencia Nacional no tiene prisa para celebrar el juicio contra el 'major' de los Mossos d´Esquadra Josep Lluís Trapero y el resto de acusados en esta parte de la investigacion judicial sobre los hechos del referéndum del 1 de octubre y los días previos que se sigue en la Audiencia Nacional. Según fuentes jurídicas consultadas por El Confidencial es previsible que la vista oral no se celebre hasta que el Tribunal Supremo dicte sentencia en la causa principal sobre el desarrollo del 'procés', en la que mantiene imputados a los miembros del Govern de Carles Puigdemont y a varios parlamentarios.

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