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El pequeño Nicolás, absuelto por los delitos de calumnias e injurias contra el CNI
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El CNI se querelló contra el joven hace cuatro años

El pequeño Nicolás, absuelto por los delitos de calumnias e injurias contra el CNI

En su alegato final, celebrado el pasado 24 de abril, el acusado pidió perdón al CNI y aseguró que sufría un trastorno de personalidad

Foto: El Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid juzga ha absuelto a Francisco Nicolás Gómez Iglesias (d), conocido como el pequeño Nicolás
El Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid juzga ha absuelto a Francisco Nicolás Gómez Iglesias (d), conocido como el pequeño Nicolás

El Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid ha absuelto este viernes a Nicolás Gómez Iglesias, más conocido como el pequeño Nicolás, de los delitos de calumnias con publicidad contra el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) e injurias a las fuerzas de seguridad del estado por asegurar públicamente que los espías españoles interceptaba móviles sin orden judicial.

El CNI se querelló contra el joven hace cuatro años, después de que este asegurara en dos entrevistas en Telecinco y en el diario El Mundo que el organismo le mantuvo "pinchado ilegalmente el teléfono durante dos meses" y asegurara que le constaba que los servicios secretos intervenían comunicaciones de forma ilegal, incluidas las de uno de los periodistas que le estaban entrevistando. En concreto, según considera probado la resolución judicial, en la cadena televisiva dijo que algunos agentes del CNI estaban desarrollando acciones alegales y que iba a denunciar al entonces comisario de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas, responsable de la investigación que acabó con la detención del chico, y a varios agentes de la Policía y de los servicios secretos por haberle escuchado ilegalmente. Asimismo, en la entrevista de El Mundo, Gómez Iglesias afirmó que su teléfono estuvo pinchado durante dos meses y que el CNI se había reunido con Asuntos Internos para fabricar pruebas contra él.

Foto: Gómez Iglesias, el pasado 31 de enero. (EFE) Opinión

El juzgado entiende que los tipos penales que se imputaban al acusado no pueden concurrir para el caso del CNI, puesto que el delito de injurias al que apela el organismo se refiere a los ejércitos y fuerzas de seguridad, entre los que no estarían los servicios de inteligencia, y el ilícito de calumnias con publicidad hace referencia a personas físicas y jurídicas del derecho privado, pero no a las de derecho público como el centro de espionaje español. La sentencia argumenta que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional establece que los valores que defiende el ordenamiento jurídico español son la dignidad, el prestigio institucional y la autoridad moral y las personas jurídicas de derecho público no son titulares del derecho al honor, como a su vez deja claro el Tribunal Supremo.

El juzgado considera que las afirmaciones vertidas por Gómez Iglesias en los dos medios de comunicación citados fueron hechas en un contexto en el que no se entiende que estuvieron dirigidas al CNI como institución y no a sus agentes o a los de la Policía en particular. Así se infiere, de hecho, continúa la resolución, del propio devenir del procedimiento judicial y de la actuación de la Abogacía del Estado, que representaba al organismo durante la causa. La extensión de las afirmaciones del joven a los funcionarios concretos "entraría en contradicción con las exigencias del principio acusatorio". Por estos motivos, según la sentencia, "la conducta del acusado no supera el umbral de tipicidad en los artículos del Código Penal por los que se ha sostenido la acusación", lo que conlleva que deba ser absuelto sin que sea necesario siquiera analizar los demás elementos del proceso.

Foto: Gómez Iglesias, durante la pasada edición de Fitur. (EFE)

Esta es la segunda sentencia que los juzgados de lo penal de Madrid emiten por el mismo asunto. La primera condenó a Gómez Iglesias aunque posteriormente fue recurrida por la defensa del joven ante la Audiencia Provincial de Madrid, que obligó a repetir el juicio y a llevar a cabo una prueba pericial independiente que analizara la situación mental del acusado. Esta última resolvió que el joven sufría un "trastorno de personalidad" que le impedía dominar su voluntad, además de una "inmadurez emocional". En su alegato final, celebrado el pasado 24 de abril, el acusado pidió perdón al CNI y argumentó con esos informes le convertían en inimputable.

El Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid ha absuelto este viernes a Nicolás Gómez Iglesias, más conocido como el pequeño Nicolás, de los delitos de calumnias con publicidad contra el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) e injurias a las fuerzas de seguridad del estado por asegurar públicamente que los espías españoles interceptaba móviles sin orden judicial.

Centro Nacional de Inteligencia (CNI)