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Un año de cárcel por la obsesión sexual hacia su cuñada a través del portero automático
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la víctima padece un trastorno adaptativo

Un año de cárcel por la obsesión sexual hacia su cuñada a través del portero automático

El condenado, que entonces tenía 61 años, acudió varios sábados seguidos al domicilio de la víctima, llamando al timbre de forma insistente para que le abriera la puerta al grito de “a follar, a follar, a follar”

Foto: Concentración por la eliminación de la violencia machista. (EC)
Concentración por la eliminación de la violencia machista. (EC)

Durante varios sábados consecutivos se acercaba al domicilio de su cuñada en Olite (Navarra) y llamaba al timbre de forma insistente para que le abriera la puerta para, según gritaba, subir a casa “a follar, a follar, a follar”. Este acoso encaminado a mantener relaciones sexuales provocaba en la víctima “ansiedad y agobio” cada vez que llegaba la tarde del sábado, entre otros episodios.

Ahora, el Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha castigado esta persecución obsesiva con fines sexuales al condenar a su protagonista, un varón que en el momento de los hechos tenía 61 años, a un año de cárcel y la prohibición de comunicarse y acercarse a una distancia inferior a los 100 metros durante dos años y un día a su cuñada, a quien tendrá que indemnizar con 2.000 euros.

Foto: Dos guardias civiles en un desfile. (EFE)

Los hechos sucedieron durante al menos todos los sábados del mes de abril y hasta la primera semana de junio de 2016, cuando, según da por probada la sentencia, el ahora condenado sometió a una “continua situación de control, vigilancia y agobio” a su cuñada, a cuyo domicilio acudía con fines sexuales llamando “de forma insistente” al portero automático al grito de “a follar, a follar, a follar”. Ante su negativa a abrirle la puerta, el varón llegó a proferirle insultos como “mosquita muerta” o “hija de puta”, teniendo que refugiarse la mujer en casa de alguna vecina por miedo a la reacción de su cuñado.

Esta persecución con fines sexuales se remonta "mucho tiempo atrás", cuando la víctima tenía tan solo "unos 13 años"

El acoso fue continuo a lo largo de este periodo, pero esta persecución con fines sexuales se remonta “mucho tiempo atrás”, cuando la víctima tenía tan solo “unos 13 años”, según refleja el fallo, que enmarca la insistente conducta del condenado en su “intención de buscar el acercamiento físico a su cuñada”, para lo que no faltaban las “palabras de contenido sexual hacia la misma”. El varón aparcaba su obsesivo acoso en aquellos periodos en los que su cuñada tenía “pareja estable”, para volver nuevamente a la carga una vez finalizaban las relaciones.

Esta conducta provocó en la víctima numerosos episodios de los que da cuenta la sentencia: ansiedad, agobio, tristeza, llanto, nerviosismo, taquicardias, estado de alerta, miedo a volverse loca… Además, la actitud de su cuñado le provocó un “sentimiento de rabia hacia su hermana y sobrinas” al “no sentirse apoyada por ellas” a pesar de ser conscientes de la conducta del varón, además de “pensamientos recurrentes que le generan malestar, miedo, inseguridad o cansancio”. Asimismo, fruto del estado de “alerta, vigilancia y miedo” en el que vivía, la mujer se vio “obligada a modificar su rutina diaria, como cambiar el recorrido para acudir a su centro de trabajo o cambiar los horarios de salida de su domicilio”. En la actualidad, la víctima está recibiendo tratamiento farmacológico (ansiolíticos) y psicoterapéutico, padeciendo “un trastorno adaptativo”.

La actitud de su cuñado le provocó un "sentimiento de rabia hacia su hermana y sobrinas" al no sentirse apoyada por ellas a pesar de conocer su conducta

La sentencia refleja que el condenado presenta “un abuso crónico” del alcohol y lo tiene en cuenta como atenuante, ya que durante el acoso que acometía los sábados sus capacidades intelectivas y volitivas estaban alteradas de “manera leve-moderada”. Ante esta patología, el tribunal le ha impuesto “la medida de seguridad de libertad vigilada, concretada en la obligación de someterse a control de su alcoholismo por su médico de familia por un tiempo máximo de dos años”. Además, se le ha concedido al penado la suspensión de la ejecución de la pena de un año de prisión condicionada a la no comisión de ningún delito en dos años y al pago de la responsabilidad civil en cuatro plazos de 500 euros cada uno.

Durante varios sábados consecutivos se acercaba al domicilio de su cuñada en Olite (Navarra) y llamaba al timbre de forma insistente para que le abriera la puerta para, según gritaba, subir a casa “a follar, a follar, a follar”. Este acoso encaminado a mantener relaciones sexuales provocaba en la víctima “ansiedad y agobio” cada vez que llegaba la tarde del sábado, entre otros episodios.

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