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El juez no cede a la 'trampa' de Puigdemont: forzar el arresto y delegar el voto
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opta por no reactivar la euroorden

El juez no cede a la 'trampa' de Puigdemont: forzar el arresto y delegar el voto

Agrega que el 'expresident' solo quería una "justificación" de que "su ausencia no responde a su libre decisión" sino que es consecuencia que una situación impuesta

Foto: Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo. (EFE)
Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo. (EFE)

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha rechazado este lunes la petición de la Fiscalía para que dictara de urgencia una nueva orden de detención europea contra Carles Puigdemont, que ha viajado a Dinamarca para participar en un debate en la Universidad de Copenhague. Pese a que el Ministerio Público le reclamaba que reactivara la euroorden que dejó sin efecto el 5 de diciembre, el magistrado ha decidido no hacerlo. En un auto, el instructor subraya que no va a ceder a "la jactancia del investigado de ir a desplazarse a un concreto lugar" y dice que este ardid no tiene otra finalidad que buscar la detención.

Es decir, el magistrado, que reconoce al fiscal que su petición era "razonable", avisa de que la estrategia de Puigdemont ha venido motivada por "la imposibilidad legal de optar a una investidura sin comparecer en el Parlamento". La provocación de una detención en el extranjero busca que el investigado pueda pertrecharse de una justificación de que su ausencia no responde a su libre decisión como prófugo de la Justicia, sino que es la consecuencia de una situación que le viene impuesta, añade Llarena. La intención, insiste, era "subvertir la finalidad de un instrumento procesal que está previsto para garantizar la observancia del ordenamiento jurídico, convirtiéndolo en un mecanismo que le posibilite burlar el orden legal que rige la actividad parlamentaria".

En su opinión, el expresidente buscaba favorecer la estrategia anticonstitucional e ilegal que el procedimiento que instruye "está llamado a poner término", "forzando además un contexto en el que poder delegar su voto, como si estuviera en el mismo supuesto que quienes están a disposición de este tribunal y han sido provisionalmente privados de su libertad". Le acusa, así, de "querer instrumentalizar la privación de libertad para alcanzar la investidura y el voto que parlamentariamente no puede obtener, pero perseverando el investigado en eludir su sujeción al proceso penal, evitando someterse a la jurisdicción nacional y oponiéndose desde el extranjero a la extradición que pueda cursarse".

El juez Llarena no reactiva la euroorden contra Puigdemont

Siguiendo esta misma línea, invita al 'expresident' a volver y le recuerda que los letrados del Parlament ya han concluido que la investidura telemática no es factible. "No puede pretender ser presidente del Gobierno de Cataluña si libremente elude su comparecencia ante la Cámara que ha de votarle", dice.

Para el juez, es evidente que los instrumentos de privación de libertad, que la Constitución española y el ordenamiento jurídico habilitan para la mayor eficacia del orden legal, no pueden desplegarse para facilitar su transgresión y ruptura. “Y la remota posibilidad de que el desplazamiento del investigado no responda a lo que se ha expuesto, sino a una exclusiva inquietud académica, no hace razonable que no se contemple la posibilidad que se expresa, obligando a posponer la orden de detención a un momento —no necesariamente lejano— en el que el orden constitucional y el normal funcionamiento parlamentario no se encuentren en riesgo por una detención que —como el Ministerio Fiscal defiende— sería lógica en otro contexto”.

Sobre la retirada en su día de la orden internacional de detención de Puigdemont, el juez recuerda que se hizo tras constatar que las órdenes de detención, lejos de facilitar un adecuado desarrollo del procedimiento, "podían introducir una restricción inaceptable del objeto del proceso, pues al ser posible que el Estado requerido (…) denegara parcialmente la ejecución de las órdenes de detención, se posibilitaba una restricción del título de imputación para los investigados que se encuentren fugados, lo que —de acontecer— dificultaría la respuesta homogénea que había justificado la acumulación de las actuaciones ante este tribunal".

El auto añade que, contra lo expresado por "sectores interesados", la restricción del título de imputación por un Estado extranjero a quien se pide la entrega de un prófugo de la Justicia no es muestra de que la calificación penal de los hechos por la jurisdicción española sea inadecuada o errónea. En todo caso, explica el juez, la decisión de retirada de la euroorden no descansa en una desconfianza respecto de la actuación jurisdiccional de un Estado en concreto, sino en las lógicas divergencias que, en delitos complejos, pueden existir entre los ordenamientos jurídicos de distintos estados de la Unión. Unas divergencias no solo propiciadas por la diferente opción legislativa de los parlamentos, sino también por el hecho de estar en un momento inicial de la investigación.

La Fiscalía argumentaba que, dado que Puigdemont —reclamado por delitos de rebelión y sedición— está huido de la Justicia española, la normativa respalda que se solicite a las autoridades danesas que lo detengan en virtud de la ley sobre reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales en la Unión Europea. Destacaba, además, que el código penal danés castiga con penas de hasta cadena perpetua revisable delitos similares.

"Han expresado su intención de volver"

La primera de las órdenes de busca y captura fue dictada por la Audiencia Nacional como consecuencia de su incomparecencia ante la citación de la jueza Carmen Lamela, por entonces encargada de la investigación. Llarena asumió después el grueso de la causa por el 'procés' y cambió el criterio. Anuló no solo las órdenes europeas de detención sino también las órdenes internacionales que pesaban contra todos los huidos.

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En el auto en que explicaba su decisión, indicaba que se está investigando un delito de naturaleza plurisubjetiva dotado de unidad jurídica inseparable, lo que requiere una única contestación para evitar respuestas contradictorias. Con posterioridad a la emisión de las órdenes, señalaba, "los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España, con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente".

Explicaba lo anterior indicando que no tiene sentido arriesgarse a que la entrega no se curse por todos los delitos que se imputan. Todo es —decía— una unidad jurídica inseparable y la depuración de las distintas responsabilidades penales "debe ser llevada de manera unificada, pues de otro modo podría romperse la continencia de la causa y conducir el proceso a respuestas contradictorias y divergentes para los distintos partícipes".

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha rechazado este lunes la petición de la Fiscalía para que dictara de urgencia una nueva orden de detención europea contra Carles Puigdemont, que ha viajado a Dinamarca para participar en un debate en la Universidad de Copenhague. Pese a que el Ministerio Público le reclamaba que reactivara la euroorden que dejó sin efecto el 5 de diciembre, el magistrado ha decidido no hacerlo. En un auto, el instructor subraya que no va a ceder a "la jactancia del investigado de ir a desplazarse a un concreto lugar" y dice que este ardid no tiene otra finalidad que buscar la detención.

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