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El tribunal de garantías de Podemos tumba la 'ley mordaza' que castigaba las filtraciones
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CON INHABILITACIONES DE SEIS MESES A TRES AÑOS

El tribunal de garantías de Podemos tumba la 'ley mordaza' que castigaba las filtraciones

La comisión de garantías estatal dictamina la nulidad de las nuevas medidas sancionadoras incluidas en los estatutos por no figurar en los documentos que se aprobaron en Vistalegre II

Foto: El líder de Podemos, Pablo Iglesias, antes de comparecer en una rueda de prensa en el Congreso de los Diputados. (EFE)
El líder de Podemos, Pablo Iglesias, antes de comparecer en una rueda de prensa en el Congreso de los Diputados. (EFE)

La comisión de garantías de Podemos ha propuesto declarar nulo el nuevo régimen disciplinario y sancionador recogido en los estatutos del partido. El dictamen firmado por la presidenta Olga Jímenez, junto los miembros de este órgano Nuría Martín y Jesús Calpe, y al que ha tenido acceso este diario, se produce después de la polémica suscitada por incluirse entre los supuestos de infracción grave el hecho de “transmitir o filtrar información interna que comprometa la actuación de sus órganos, la acción política de la organización o la buena imagen de las personas que la representan”.

Las sanciones a los miembros del partido que cometan infracciones tipificadas como graves suponen la inhabilitación por un período de entre seis meses y tres años, así como una sanción económica para los miembros de los órganos colegiados y cargos públicos, de acuerdo con lo previsto en sus respectivos reglamentos. Entre la treintena de infracciones consideradas graves se incluye la propagación de “noticias falsas o manipuladas que desprestigien a Podemos, sean descalificatorias de la organización o de sus órganos” o realizar actuaciones o declaraciones públicas en nombre de los órganos de Podemos sin ser portavoz de los mismos ni contar con su autorización”.

El tribunal argumenta que “la adaptación realizada de los estatutos incluye una nueva regulación de una serie de cuestiones que no han sido sometidas a la voluntad de los inscritos, puesto que no figuran en el documento organizativo que se aprobó y que son de indudable relevancia organizativa”. El documento sobre la adaptación a los nuevos estatutos de Podemos aprobado en la II Asamblea Ciudadana Estatal insiste en que el nuevo régimen disciplinario debería haber sido sometido a su aprobación en asamblea con el fin de otorgar legitimidad a su aplicación.

"La adaptación realizada de los estatutos incluye una nueva regulación que no ha sido sometida a la voluntad de los inscritos"

“No se trata de una tarea de transposición, sino de legislación nueva e independiente del documento organizativo de Vistalegre II”, insiste el documento interno. En consecuencia, la comisión de garantías de Podemos pide que la parte del articulado referente al nuevo régimen disciplinario se sustituya “por el actual y único vigente artículo 65 de los estatutos anteriores (ya que no fue modificado ni derogado por el documento organizativo de Vistalegre II)”.

En la resolución también se pone el foco sobre la eliminación del sistema de mediaciones previsto y se cuestiona la eliminación de la autonomía del propio tribunal. “Se introducen criterios relativos a los derechos de los suplentes de la CGDE (Comisión de Garantías Democráticas Estatal) en cuanto a voz y voto que no han sido sometidos a los inscritos, bajo requisitos incomprensibles ya que determinarían la inoperatividad del órgano”. En este sentido se recuerda que en el primer pleno de la comisión de garantías actual tras Vistalegre II “se aprobó por mayoría la propuesta de que tanto titulares como suplentes tuvieran derecho a voz y voto, todo ello dentro de las competencias que ostenta la CGDE para organizar su propio funcionamiento interno”.

placeholder El líder de Podemos, Pablo Iglesias (i), durante la Asamblea Ciudadana Estatal de Vistalegre II. (EFE)
El líder de Podemos, Pablo Iglesias (i), durante la Asamblea Ciudadana Estatal de Vistalegre II. (EFE)

El dictamen se comunicará a la ejecutiva del partido, el denominado consejo de coordinación estatal, para su cumplimiento y efectos. Sin embargo, no será hasta finales de agosto cuando se aborde, previsiblemente el 28 de este mes, coincidiendo con su próxima reunión tras el parón veraniego.

Desde la comisión de garantías de la dirección catalana del partido han criticado la creación del nuevo régimen disciplinario, en el que dicen “hay evidentes abusos para con las personas inscritas”. Este tribunal territorial muestra su desacuerdo por la “arbitrariedad” con la que el consejo de coordinación estatal habría interpretado los documentos aprobados en Vistalegre II y critica además que se elimine de facto todo sistema de mediación “convirtiendo a su vez a las comisiones de garantías como meras mediadoras en conflictos entre órganos (incluso círculos) con capacidad para sancionar sin ninguna garantía”.

En el último pleno de la comisión de garantías, celebrado dos días antes de la fecha en la que se emitió esta resolución, se tumbó con tres votos en contra por dos a favor otra propuesta de la presidenta sobre el derecho a sufragio de los miembros suplentes de este órgano, cuestión que también se recoge en este último escrito, por "violar expresamente el espíritu y la letra de lo aprobado por la asamblea Ciudadana con respecto a la composición de la Comisión de Garantías Democráticas". Así consta en un escrito firmado por la secretaria técnica María del Rosario Rodero, que concurrió en la misma lista que la presidenta en Vistalegre II para optar al cargo, y que pone de relieve cómo sus integrantes no responden a una dinámica de bloques en su toma de decisiones.

La comisión de garantías de Podemos ha propuesto declarar nulo el nuevo régimen disciplinario y sancionador recogido en los estatutos del partido. El dictamen firmado por la presidenta Olga Jímenez, junto los miembros de este órgano Nuría Martín y Jesús Calpe, y al que ha tenido acceso este diario, se produce después de la polémica suscitada por incluirse entre los supuestos de infracción grave el hecho de “transmitir o filtrar información interna que comprometa la actuación de sus órganos, la acción política de la organización o la buena imagen de las personas que la representan”.

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