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Fomento ignora al Supremo y sigue sin anular concesiones de líneas de autobuses
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anuncia que lo hará tras aprobar nuevas tarifas

Fomento ignora al Supremo y sigue sin anular concesiones de líneas de autobuses

11 sentencias censuraron hace cuatro años el escaso valor que las licitaciones concedían a las tarifas y criticaron que esto perjudicaba la competencia y evitaba que se abaratasen los billetes

Foto: Estación de autobuses de Madrid. (EFE)
Estación de autobuses de Madrid. (EFE)

El Ministerio de Fomento lleva años haciendo caso omiso a las sentencias de los tribunales que le obligan a anular la licitación pública de casi una docena de líneas de autobuses. Las resoluciones, todas ellas firmes, censuraban las "ventajas" que los concursos concedían en forma de puntos añadidos a las empresas que ya eran concesionarias del servicio, así como el perjuicio que ocasionaban a las mercantiles nuevas valorando "insuficientemente" aspectos como las tarifas. Esta baremación, según los magistrados de las distintas salas, "impedía la real y efectiva competencia empresarial".

En concreto, se trata de 11 sentencias a las que ha tenido acceso El Confidencial y que fueron emitidas inicialmente por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y ratificadas con posterioridad por el Tribunal Supremo. Todas ellas anulan las licitaciones de las líneas de transporte terrestre Bilbao-Castro Urdiales, Santander-Bilbao-La Manga (Murcia), Graus (Huesca)-Lleida, Casas Bajas (Valencia)-Teruel, Puertollano-Albacete-Valencia, Tamarite de Litera (Huesca)-Lleida, Madrid-Sevilla-Ayamonte (Huelva), Madrid-Córdoba-San Fernando (Cádiz), Madrid-Almería, Ayamonte-Santa Coloma (Barcelona) y Zaragoza-Murcia.

placeholder Estación de autobuses de Madrid. (EFE)
Estación de autobuses de Madrid. (EFE)

La mayor parte de las resoluciones del alto tribunal madrileño datan de 2011, mientras las del Supremo son mayoritariamente de 2013. En algunas de ellas, además, el recurrente ha reclamado la ejecución de sentencia, aunque con el consiguiente silencio por parte del departamento dirigido por Íñigo de la Serna, que en algunos casos lleva hasta cuatro años obviando los referidos fallos judiciales. Las líneas en cuestión, por lo tanto, funcionan como si nada hubiera ocurrido en los tribunales y los adjudicatarios iniciales siguen al frente de la concesión obteniendo márgenes de beneficio, según explican fuentes del sector, que en algunos casos alcanzan el 30% de la facturación, un porcentaje llamativamente elevado en comparación con el resto del mercado.

Pero la competencia no es la única perjudicada de esta pasividad de Fomento ante las resoluciones judiciales. También los usuarios de los servicios de autobús pueden ser considerados víctimas de la situación. La modificación de los baremos de licitación en favor de otros criterios que den más relevancia a las tarifas, por ejemplo, llevaría directamente a una reducción del precio del billete, lo que redundaría directamente en beneficio del bolsillo de los pasajeros. Las mismas fuentes calculan que el coste de cada viaje podría bajar hasta un 20% en algunos casos.

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Además del tribunal madrileño y del Supremo, las licitaciones —la mayoría de ellas concedidas en 2007 y 2008— también fueron denunciadas por la Comisión Nacional de la Competencia, que criticaba aspectos similares a los que enjuician las sentencias. El organismo, en un informe elaborado el 14 de julio de 2008, reprochó al ministerio el escaso peso que concedía a las tarifas y frecuencias de viajes y concluyó que esta baremación convertía el sistema en "un rígido y peligroso mecanismo de precios mínimos y lo aleja del concepto de la oferta económicamente más ventajosa así como de la necesidad de atender a los criterios de eficiencia".

Según alegó el propio recurrente —que era una empresa que optaba a adjudicarse los referidos concursos—, el informe de la Comisión Nacional de la Competencia concluye que la valoración de puntos expuesta por Fomento "tiene el objeto de impedir la competencia en precios" y "beneficia a los titulares de las concesiones", con lo que "no constituye un marco suficientemente favorecedor".

En concreto, y además de la necesidad de otorgar mayor puntuación a aspectos como las tarifas, los diferentes organismos judiciales establecían también que era necesario tumbar las cláusulas que daban prioridad a los concesionarios que prestaban el servicio hasta el momento de la licitación. "La preferencia solo puede utilizarse como fórmula para dirimir los empates en la valoración", aclaró la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación a la línea Bilbao-Castro Urdiales en febrero de 2014, fallo confirmado un año después por el Supremo.

placeholder Línea Madrid-Sevilla. (EFE)
Línea Madrid-Sevilla. (EFE)

"Lo relevante es que el conjunto de las puntuaciones esté articulado de tal manera que permita la competencia efectiva", asegura el tribunal, que considera las tarifas y las expediciones como los conceptos "más importantes desde el punto de vista de la competencia" y censura que en las licitaciones mencionadas estos elementos "no alcanzan el adecuado peso en la puntuación total".

Desde el Ministerio de Fomento aseguran que las sentencias "se van a cumplir" y que es "una prioridad" hacerlo, aunque "nadie haya pedido la ejecución". Justifican que ha sido "un proceso complejo porque ha estado muy judicializado" y que, por este motivo, "elaborar los nuevos pliegos con las garantías y la seguridad jurídica suficientes requiere su tiempo". Por el momento, no concretan una fecha, pero anuncian que hay que "esperar a que el Consejo de Ministros apruebe el real decreto que desarrollará la Ley de Desindexación que regirá todas las licitaciones del transporte por autobús y que introducirá una fórmula de revisión de tarifas para los nuevos contratos que durará 10 años". En cuanto salga el real decreto, insisten, "saldrán las 11 licitaciones".

El Ministerio de Fomento lleva años haciendo caso omiso a las sentencias de los tribunales que le obligan a anular la licitación pública de casi una docena de líneas de autobuses. Las resoluciones, todas ellas firmes, censuraban las "ventajas" que los concursos concedían en forma de puntos añadidos a las empresas que ya eran concesionarias del servicio, así como el perjuicio que ocasionaban a las mercantiles nuevas valorando "insuficientemente" aspectos como las tarifas. Esta baremación, según los magistrados de las distintas salas, "impedía la real y efectiva competencia empresarial".

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