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Nuevo varapalo del Tribunal Constitucional al 'tasazo' que estableció Gallardón
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Nuevo varapalo del Tribunal Constitucional al 'tasazo' que estableció Gallardón

El tribunal de garantías recuerda que el gravamen inconstitucional impide de forma injustificada el acceso a la Justicia

Foto: Sede del Tribunal Constitucional.
Sede del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional ha vuelto a pronunciarse sobre las tasas judiciales impulsadas por el exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón. En respuesta a un recurso presentado por Dvuelta Legal, el tribunal de garantías, un año después de una primera resolución que tachó el gravamen como desproporcionado, vuelve a confirmar la inconstitucionalidad de la ley de 2012 lanzada por el antecesor de Rafael Catalá.

Los magistrados han estimado parcialmente la cuestión planteada a través de la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional contra las órdenes de Hacienda que regulaban el pago de las tasas judiciales, una vía inédita para contestar la norma. La ley de Gallardón fue reformada por el actual ministro, que impuso su desaparición para las personas físicas en todos los órdenes y las jurídicas que quisieran litigar en el ámbito contencioso-administrativo.

La resolución del pleno a la que ha tenido acceso El Confidencial recuerda ahora que la inconstitucionalidad decretada tiene eficacia en todos los procesos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo en que pudiera llegar a reconocerse la "ultraactividad" del anterior gravamen, y se remite a los argumentos lanzados en 2016, cuando se refirió expresamente a su elevada cuantía y consideró que vulneraban el derecho a la tutela judicial efectiva, regulada en el artículo 24.1 de la Constitución española.

Recuerda también, como ya hizo entonces, que no procede ordenar la devolución de las cantidades pagadas, tanto en los procedimientos administrativos y judiciales finalizados por resolución ya firme como en aquellos procesos aún no finalizados. El pleno precisa ahora que esta última decisión se fundamenta en que, además del evidente perjuicio que tal devolución reportaría a la Hacienda Pública, "la tasa no se declara inconstitucional simplemente por su cuantía en abstracto" sino porque lo elevado de esa cantidad "acarrea, en concreto, un impedimento injustificado para el acceso a la Justicia en sus distintos niveles". La iniciativa contó con el apoyo de la fiscal jefe, que actuaba por delegación del fiscal general del Estado.

Otros recursos

La iniciativa de Catalá de reformar la ley de tasas dejó únicamente vivas las obligadas para personas jurídicas, en el ámbito jurisdiccional civil. Dvuelta Legal mantiene otro contencioso con el Estado, que se dirime ante la Audiencia Nacional, en contra de este gravamen. La misma sección del tribunal que planteó la cuestión de inconstitucionalidad origen de este nuevo fallo debe ahora pronunciarse.

La batalla se encuentra ahora en este terreno que, según los recurrentes, equipara de forma injusta los pagos a afrontar ante los tribunales por empresas con evidentes diferencias de recursos. "No es lo mismo una pyme que una enorme multinacional", asegura el abogado responsable del recurso, Miguel Javaloyes, en referencia al coste económico.

La polémica decisión de la etapa de Gallardón levantó una fuerte oposición social y de los colectivos vinculados al mundo de la Justicia, que contestaban su afán recaudatorio. Tres años después de su aprobación y tras recaudar más de 500 millones, el Consejo de Ministros tumbó el espíritu impuesto en la era Gallardón y eliminó la mayor parte de la iniciativa.

El Tribunal Constitucional ha vuelto a pronunciarse sobre las tasas judiciales impulsadas por el exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón. En respuesta a un recurso presentado por Dvuelta Legal, el tribunal de garantías, un año después de una primera resolución que tachó el gravamen como desproporcionado, vuelve a confirmar la inconstitucionalidad de la ley de 2012 lanzada por el antecesor de Rafael Catalá.

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