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El TC tumba la denominación de la Consellería de Exteriores catalana
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El TC tumba la denominación de la Consellería de Exteriores catalana

El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado este miércoles la denominación del departamento de Asuntos Exteriores de la Generalitat dirigido por Raül Romeva

Foto: El conseller de Exteriores, Raül Romeva. (EFE)
El conseller de Exteriores, Raül Romeva. (EFE)

El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado este miércoles la denominación del departamento de Asuntos Exteriores de la Generalitat dirigido por Raül Romeva. Según han informado fuentes del tribunal de garantías, los magistrados han estimado parcialmente el conflicto de competencia presentado por el Gobierno contra los decretos por los que se creó este departamento.

Hace casi un año, el 29 de junio de 2016, el tribunal de garantías levantó la suspensión que pesaba desde cuatro meses antes sobre las actividades de esta Consejería. Mantuvo no obstante la medida cautelar de no permitir la denominación inicial de este órgano del gobierno catalán como de 'Asuntos Exteriores'. Tras admitirse a trámite el recurso, el Ejecutivo catalán cambió el nombre inicial de este departamento por el de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia de la Generalitat, por entender que el inicial constituiría una vulneración de la decisión del Tribunal Constitucional de suspender su actividad.

El Gobierno sostenía respecto al cambio que, con independencia de la denominación que use este departamento, se mantenían invariables las funciones que le atribuyó el nuevo Govern catalán y que incluía la atribución de la política exterior, una competencia exclusiva del Estado. Recurrió al tribunal de garantías por este asunto entender que la política internacional es competencia exclusiva del Estado, por lo que ningún órgano autonómico puede arrogarse el ejercicio de la misma.

El recurso contó con el informe favorable del Consejo de Estado y de la Abogacía y al entender que, de seguir funcionando, el departamento de Romeva "podría generar consecuencias contrarias al ordenamiento jurídico". El Ejecutivo argumentaba que la Ley de la Acción y del Servicio Exterior del Estado exige que las comunidades autónomas coordinen con el Gobierno cualquier actividad internacional que quieran desarrollar "dentro de sus competencias".

Podría dar lugar a confusión

El Pleno, que ha tomado la decisión por unanimidad, considera que el empleo de la denominación Asuntos Exteriores para la identificación del citado departamento reproduce de forma "mimética” la del Estado y, en consecuencia, podría dar lugar a “confusión” e interferir en la dirección y ejecución de la política exterior española, que es competencia exclusiva del Estado.

La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Santiago Martínez-Vares, cuenta con un voto acorde con el fallo pero no con toda la argumentación jurídica del magistrado Juan Antonio Xiol. El tribunal reproduce la doctrina constitucional sobre la competencia del Estado en materia de relaciones internacionales y recuerda que la Generalitat puede llevar a cabo actividades con proyección exterior, derivadas de su competencia y para la promoción de sus intereses siempre y cuando aquéllas respeten la competencia que la Constitución atribuye de forma exclusiva al Estado en materia de relaciones exteriores.

Es decir, el límite a las actividades con proyección exterior que pueden llevar a cabo las Comunidades Autónomas es que no incidan en la política exterior del Estado. La denominación 'Asuntos Exteriores' puede menoscabar la competencia exclusiva estatal en la materia. La expresión se asocia tradicionalmente a la política exterior del Estado, único sujeto de derecho internacional, por lo que su uso para identificar un departamento de la Generalitat hace proyecta una imagen de bilateralidad y de apariencia de subjetividad internacional que puede inducir a error, aclara.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado este miércoles la denominación del departamento de Asuntos Exteriores de la Generalitat dirigido por Raül Romeva. Según han informado fuentes del tribunal de garantías, los magistrados han estimado parcialmente el conflicto de competencia presentado por el Gobierno contra los decretos por los que se creó este departamento.

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