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Las musulmanas de España temen que se regule su vestimenta en el trabajo
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tRAS DOS SENTENCIAS CONTRADICTORIAS DEL TJUE

Las musulmanas de España temen que se regule su vestimenta en el trabajo

El Tribunal de Justicia de la UE publicó el martes dos fallos sobre el velo en el trabajo, uno respalda su prohibición. “Mi firma no lleva pañuelo”, dice una abogada musulmana

Foto: Musulmanas veladas y no veladas forman el primer equipo de críquet en España. (EFE)
Musulmanas veladas y no veladas forman el primer equipo de críquet en España. (EFE)

Las relaciones entre la cultura occidental y el islam viven tiempos de sobresaltos. Tras el veto migratorio de la Administración Trump a los emigrantes de siete países de mayoría musulmana o después de la crisis diplomática abierta entre Turquía y Holanda por la expulsión de la ministra de Familia, Fatma Betül Sayan Kaya, el martes se vivió un nuevo episodio de fractura. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo públicas dos sentencias que resolvían los casos de dos musulmanas, una francesa y otra belga, que habían demandado a sus empresas por supuesto trato discriminatorio al no permitirles usar el 'hiyab' o pañuelo islámico en sus lugares de trabajo.

Uno de los fallos abre la puerta a que las empresas de los países de la Unión Europea puedan, mediante reglamentos internos, vetar los símbolos religiosos a sus empleados en sus horas de trabajo. Esto inquieta a los musulmanes que viven en España. Son casi dos millones, un cuatro por ciento del total de la población, según datos del estudio demográfico de la Unión de Comunidades Islámicas de España publicado en febrero pasado. “En Europa quieren que las mujeres musulmanas estudiemos, trabajemos y nos integremos en la sociedad, pero cuando lo conseguimos nos ponen todo tipo de obstáculos a nuestra libertad religiosa”, dice la abogada española de origen marroquí Zoubida Barik Edidi.

Asma Bougnaoui fue contratada como ingeniera por la empresa francesa Micropole Univers en 2008. Al poco tiempo de su ingreso, comenzó a vestir el 'hiyab', lo que molestó a varios clientes. Uno de ellos transmitió su deseo de que “no hubiera velo la próxima vez”, según reza la sentencia del TJUE. En junio de 2009, fue despedida. Según la interpretación de Benito Aláez, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, el fallo ampara a la trabajadora porque el velo no era impedimento para su desempeño profesional y porque, según la sentencia, el “pañuelo islámico no puede considerarse un requisito profesional esencial y determinante” en este caso.

Pero la resolución judicial más polémica y que puede sentar una jurisprudencia delicada es la que afecta a Samira Achbita, recepcionista empleada desde 2003 para la empresa belga G4S Secure Solutions NV y que en 2006 comenzó a vestir el pañuelo. Según narra la sentencia del TJUE, la compañía la invitó a que se lo quitara y ante su negativa, el comité de empresa redactó en mayo de ese año un reglamento interno en el que prohibía a sus trabajadores “llevar signos visibles de sus convicciones políticas, filosóficas o religiosas u observar cualquier rito derivado de estas en el lugar de trabajo”. Fue despedida dos semanas después. El fallo justifica el comportamiento de G4S porque el empresario está legitimado para establecer un “régimen de neutralidad política, filosófica y religiosa en las relaciones con sus clientes”, aunque todo pleito deba resolverse al final en los tribunales nacionales.

Benito Aláez señala que la interpretación de esta última sentencia, “sin duda, se transpondrá a la jurisprudencia española como la de las cláusulas suelo” de diciembre de 2016. “Personalmente, creo que aunque haya una normativa interna de la empresa, si vulnera la libertad religiosa, debe ser considerada nula”, dice el catedrático de Derecho.

Regular la vestimenta de las mujeres

En España, no existe jurisprudencia de tribunales superiores sobre el uso de símbolos religiosos en el trabajo. La cuestión podría cambiar tras los fallos del TJUE. Sólo un tribunal de Palma había fallado en febrero pasado en favor de una empleada de Acciona, Ana Saidi Rodríguez, que había sido vetada para llevar el ‘hiyab’ durante su horas de trabajo en un mostrador de facturación del aeropuerto de esa ciudad balear.

“Lo grave del asunto es que la jurisprudencia ampare la idea de la necesidad de regular la vestimenta de las mujeres, en este caso musulmanas, pero en general de las mujeres; están regulando el cuerpo de las mujeres”. Quien así se expresa es Laura Mijares, profesora experta en estudios de Islam y Género de la Universidad Complutense de Madrid.

La investigadora dice que lo que se vislumbra es la “normalización de la vestimenta de las mujeres en Europa al igual que se hace en países como Irán o Arabia Saudí”.

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El versículo 31 de la azora Al Nur del Corán es uno de los que piden a las musulmanas que se velen: “Di a las creyentes que bajen la vista con recato, que sean castas y que no muestren más adorno que los que están a la vista, que cubran su escote con el velo”.

La abogada de origen marroquí y nacionalizada española Zoubida Barik Edidi sigue el precepto coránico, contempla su tradición y lleva el 'hiyab' en su trabajo. En 2009 fue expulsada de la Audiencia Nacional por el juez Javier Gómez Bermúdez por ese motivo, según narra a El Confidencial. Elevó el caso a las autoridades españolas, al Tribunal Constitucional y al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, pero en todas las instancias fue desestimado por “razones políticas”, según Barik Edidi.

Lo grave del asunto es que la jurisprudencia ampare la idea de la necesidad de regular el cuerpo de las mujeres

La letrada se sintió discriminada en aquella ocasión como “mujer, musulmana y extranjera”. Defiende que nadie puede decirle que no lleve el velo porque atenta contra el artículo 16 de la Constitución Española que ampara “la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades”. Añade: “Mi firma como abogada no lleva pañuelo y es igual de válida”.

“Europa está perdiendo sus valores”

Mounir Benjelloun es presidente de la Federación Española de Entidades Religiosas Islámicas, que agrupa a la mayoría de las comunidades de musulmanes del país. Reacciona a la sentencia de Samira Achbita con estupor. “La Europa de las libertades está perdiendo sus raíces y los musulmanes se ven cada vez más coartados por la discriminación en el trabajo, en la vestimenta y en su religión”, dice este marroquí nacionalizado español.

“Mantengo la esperanza de que en España no se normalice en contra del 'hiyab' porque es solo una prenda que no influye en el rendimiento laboral y hay que juzgar a las musulmanas por su capacidad de trabajo y sus habilidades”, concluye Benjelloun.

Las relaciones entre la cultura occidental y el islam viven tiempos de sobresaltos. Tras el veto migratorio de la Administración Trump a los emigrantes de siete países de mayoría musulmana o después de la crisis diplomática abierta entre Turquía y Holanda por la expulsión de la ministra de Familia, Fatma Betül Sayan Kaya, el martes se vivió un nuevo episodio de fractura. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo públicas dos sentencias que resolvían los casos de dos musulmanas, una francesa y otra belga, que habían demandado a sus empresas por supuesto trato discriminatorio al no permitirles usar el 'hiyab' o pañuelo islámico en sus lugares de trabajo.

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