Es noticia
Abogados de okupas: "La usurpación no es un derecho pero puede evitar un mal mayor"
  1. España
LA OTRA CARA DE LA ASISTENCIA JURÍDICA

Abogados de okupas: "La usurpación no es un derecho pero puede evitar un mal mayor"

El fenómeno de la okupación está en auge. ¿Tienen estos inquilinos provisionales asistencia jurídica para asesorarse sobre sus derechos? La respuesta es sí

Foto: El desalojo del Colegio Mayor San Juan Evangelista, conocido como 'El Johnny', el pasado noviembre de 2015. (EFE)
El desalojo del Colegio Mayor San Juan Evangelista, conocido como 'El Johnny', el pasado noviembre de 2015. (EFE)

El fenómeno de la okupación ha irrumpido con fuerza en la agenda pública, especialmente en los tiempos actuales en los que las administraciones han decidido afrontar con mayor exigencia y sensibilidad un tema que afecta de lleno a la sociedad. Cada día se conocen nuevos casos que, aunque en ocasiones atañen a particulares poseedores de una segunda propiedad, en la mayoría de ellas conciernen a entidades bancarias, que en la última década han construido tras de sí importantes parques de viviendas. Ante este escenario muchos abogados penalistas se han convertido en grandes expertos sobre delitos de usurpación de inmuebles ajenos... pero también las personas que okupan empiezan a contar con asistencia jurídica que les permite conocer sus derechos y, sobre todo, les ayuda a conseguir su bien más preciado hasta que se produzca el desalojo: tiempo.

Gran parte de esta red de 'abogados de okupas' están vinculados a movimientos como la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), federaciones de asociaciones vecinales o profesionales como es la Asociación Libre de Abogadas y Abogados (ABA). También existen despachos propios como es el caso de Red Jurídica, y a los que personas que okupan viviendas encuentran fundamentalmente a través de una búsqueda en internet. Los casos de okupación -'pro bono' en su inmensa mayoría, es decir sin retribución monetaria por el interés del bien público- constituyen aproximadamente entre el 15 y el 20 por ciento de la actividad de estos letrados, en muchas ocasiones como abogados de oficio, según explica el penalista Daniel Amelang López de Red Jurídica. "Es a lo que llegamos. Es una parte de nuestra actividad profesional, pero limitada", explica a este diario.

"Okupar no es un derecho pero se puede cometer un ilícito en un momento dado para prevenir un mal mayor como puede ser ver a tus hijos en la calle"

Precisamente, el reciente caso de los okupas de Pozuelo de Alarcón desvelado por El Confidencial puso esta realidad de manifiesto con un sorprendente escrito colgado de la puerta en el que los nuevos inquilinos advertían sobre el "uso abusivo del delito flagrante" y la "vulneración de la inviolabilidad del domicilio", demostrando unos conocimientos jurídicos más propios de especialistas en la materia.

En este punto, la pregunta parece clara: ¿la okupación es un derecho? Los expertos coinciden en que no lo es como tal, pero reconocen que la usurpación sí es la forma de satisfacer otro derecho constitucional de gran importancia: el de la vivienda. Amelang es claro al respecto: "El problema en la usurpación es que colisionan dos derechos". Por un lado, el derecho a la vivienda y a la intimidad en el domicilio y, por el otro, el derecho a la propiedad. "Okupar no es un derecho pero de acuerdo con el artículo 47 de la Constitución, los poderes públicos están obligados a hacer todo lo posible por facilitar el derecho a la vivienda a aquellas personas que carecen de una". Dicho de otra forma, explica el abogado penalista, "okupar no es un derecho pero determinadas personas pueden, en un momento dado, cometer un ilícito para prevenir un mal mayor como puede ser ver a sus hijos en la calle o a ellos mismos".

Al entrar en colisión ambos derechos, "es un juez el que debe ponderar y decidir lo más adecuado", afirma Amelang, teniendo en cuenta las peculiaridades de cada caso concreto como puede ser "si el propietario necesita disponer inmediatamente del inmueble okupado o si el desalojo puede retrasarse hasta que las personas que se encuentran establecidas tengan una solución habitacional".

Otra de las cuestiones que más pueden llamar la atención también la señalaron los okupas de los chalés unifamiliares de la Colonia de los Ángeles en Pozuelo cuando advirtieron que intentar entrar "a este que es nuestro domicilio, al menos provisionalmente"- podría ser constitutivo de un "delito por allanamiento de morada".

Daniel Amelang corrobora que es así. La morada, según su definición jurídica, se constituye cuando un domicilio es el sitio donde una persona vive y desarrolla su espacio de intimidad. A partir de ese momento la persona "tiene la posesión del inmueble". Y el allanamiento de morada protege precisamente la posesión, no la propiedad. "Hay personas que viven en su coche, no tienen otro lugar y es donde duermen y tienen su intimidad, igual que en una tienda de campaña. Otro ejemplo sería el alquiler de una vivienda. En el momento en que hay un arrendatario viviendo en ese lugar el propietario de la casa no puede entrar sin su permiso expreso".

Sucede igual en el caso de una okupación incluso aunque el dueño del inmueble sea el que pretenda acceder a él. "Sería invadir el espacio personal de alguien. El propietario lo que tiene que hacer es acudir a los tribunales y allí se decretará o no el desalojo y se determinarán otras acciones como puede ser una posible indemnización. Pero entrar sería tomar la justicia por su mano, y, en efecto, podría ser constitutivo de un delito por allanamiento de morada", afirma el abogado penalista de Red Jurídica.

La morada se constituye en el lugar en el que una persona desarrolla su intimidad. Entrar en la vivienda de unos okupas sería invadir su espacio

Los abogados de okupas señalan también la importancia de que estas personas no esperen a recibir la citación de un juzgado para prestar declaración, y busquen asistencia jurídica antes. "Cuando les dicen 'este día tienes que ir a declarar acompañado de un abogado' es cuando nos llaman", asegura Amelang. "Un error" a su juicio porque lo esencial es recabar la máxima información posible para acreditar el "estado de necesidad" y el razonamiento por el que se okupa una vivienda. "Lo mejor es que presente una vida laboral, la solicitud a servicios sociales o al EMV o IVIMA..., todos los papeles que acrediten su situación personal, porque el juez puede decir que le está manifestando algo que no puede demostrar. De la otra manera puede ser que retrasen el desalojo hasta encontrar una vivienda disponible", afirma el abogado.

En todo caso, que este fenómeno está en la agenda pública y social lo prueban iniciativas recientes en las distintas administraciones como la de la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid, al crear la figura de "coordinador de seguimiento de viviendas ocupadas" con un doble objetivo: determinar cuántos pisos son susceptibles de ser ocupados en toda la región y desarticular las mafias organizadas dentro del movimiento; o el censo de 'okupación ilegal' iniciado por el Ayuntamiento madrileño que lidera Manuela Carmena. Hace solo unas semanas varios colectivos ciudadanos registraron en la Asamblea de Madrid una iniciativa legislativa popular (ILP) pidiendo una ley urgente que garantice el derecho a la vivienda en la comunidad presidida por Cristina Cifuentes. Si en tres meses consiguen 50.000 firmas de apoyo, la iniciativa será debatida en el Parlamento autonómico.

El fenómeno de la okupación ha irrumpido con fuerza en la agenda pública, especialmente en los tiempos actuales en los que las administraciones han decidido afrontar con mayor exigencia y sensibilidad un tema que afecta de lleno a la sociedad. Cada día se conocen nuevos casos que, aunque en ocasiones atañen a particulares poseedores de una segunda propiedad, en la mayoría de ellas conciernen a entidades bancarias, que en la última década han construido tras de sí importantes parques de viviendas. Ante este escenario muchos abogados penalistas se han convertido en grandes expertos sobre delitos de usurpación de inmuebles ajenos... pero también las personas que okupan empiezan a contar con asistencia jurídica que les permite conocer sus derechos y, sobre todo, les ayuda a conseguir su bien más preciado hasta que se produzca el desalojo: tiempo.

Okupas Despachos Abogados Pozuelo de Alarcón
El redactor recomienda