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Volkswagen gana las primeras demandas civiles en España por los motores trucados
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los jueces arguyen que los coches funcionan

Volkswagen gana las primeras demandas civiles en España por los motores trucados

Los jueces dan por buena la solución de la multinacional de sustituir el 'software' defectuoso y rechazan la pretensión de los demandantes de resolver el contrato de compraventa

Foto: Parque temático Autostadt, junto a la planta Volkswagen de Wolfsburgo. (Reuters)
Parque temático Autostadt, junto a la planta Volkswagen de Wolfsburgo. (Reuters)

Las decenas de demandas civiles que están interponiendo los usuarios de Volkswagen desde hace meses a raíz del caso de los motores trucados están poco a poco siendo resueltas por los tribunales, que no se están posicionando precisamente a favor de los denunciantes. Las tres primeras sentencias dictadas por los juzgados de Valencia, Zaragoza y Torrelavega (Cantabria) dan la razón a los concesionarios de Volkswagen que vendieron los vehículos y rechazan las reclamaciones de los demandantes de resolver los contratos de compraventa firmados por ambas partes.

Los juzgados argumentan, en líneas generales, que los vehículos no tienen problemas de circulación, que funcionan perfectamente, que no suponen un gran peligro para el medio ambiente porque las emisiones se sitúan dentro de unos límites bajos, que el fabricante ya ha dado una solución que va a implementar gratuitamente, que los concesionarios desconocían la existencia del 'software' defectuoso que altera los motores y que los demandantes no están acreditando ser personas preocupadas por la ecología.

En concreto, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia explica que el denunciante, que tenía un Volkswagen Tiguan, no ha demostrado que el concesionario que le vendió el coche (Levante Wagen) "tuviera conocimiento de que el vehículo tenía instalado un 'software' que alteraba los datos de emisiones contaminantes en el banco de pruebas". Según la sentencia, emitida el pasado 29 de julio, el automóvil "es apto para la conducción", que es "el fin para el que fue adquirido". Además, continúa, ninguna autoridad nacional ni europea ha retirado de la circulación los vehículos afectados.

Estos coches, refleja la resolución, a pesar de estar afectados por el 'software' trucado, "no representan mayor peligro para el medio ambiente que otros productos similares". Además, según los informes periciales, que el Juzgado da por buenos, "no resultan más contaminantes en cuanto a las emisiones de óxido nitroso que otros de la misma gama". Y, en cualquier caso, las emisiones se sitúan en un nivel "medio bajo".

La sentencia del Juzgado 1 de Valencia considera que el demandante no ha logrado acreditar ser "una persona con especial preocupación por el medio ambiente" ni pertenecer a asociación ecológica alguna ni que en el momento en el que adquirió el vehículo "buscase algo más que un medio de transporte". Critica también la resolución que el denunciante no especifique ni cuantifique los supuestos daños y perjuicios que ha sufrido. El fallo destaca además que Volkswagen va a "dar una solución técnica al motor" afectado y asumirá "todos los costes" que supongan los arreglos.

En la misma línea se pronunció el pasado 19 de mayo el Juzgado de Primera Instancia e instrución número 1 de Torrelavega, que rechazó la reclamación que hacía el dueño de otro Tiguan con motor trucado al concesionario Parte Automóviles, donde había comprado su vehículo. "Ninguna prueba practicada en el juicio puso de manifiesto, ni siquiera de modo indiciario, que quienes integraban el órgano de dirección de la demandada cuando se estipuló el contrato (...) tuviesen conocimiento de que el vehículo tenía instalado un 'software' malintencionado que alteraba los datos de emisiones contaminantes en banco de pruebas", destaca el fallo.

El Juzgado de Torrelavega destaca al igual que el de Valencia que "el vehículo es apto para la conducción, para el fin para el que se adquiere un turismo, que no es otro que desplazarse de un lugar a otro", que ninguna autoridad ha retirado los coches afectados y que "no representan un peligro serio para el medio ambiente". La resolución admite que "es incuestionable que se ha contravenido en alguna medida el tenor de la obligación por parte de la vendedora, pero para que pueda prosperar la acción —advierte— es preciso que en la demanda se especifiquen los daños y perjuicios sufridos y se cuantifique el importe de la indemnización".

La sentencia del tribunal cántabro, a la que parece copiar casi literalmente la de Valencia, critica que el demandante "tampoco ha practicado prueba alguna" que demuestre "la incidencia que pueda tener el 'software' malintencionado en la vida útil del motor, en el consumo de combustible, el rendimiento, etc.". Se trata de una argumentación similar a la que usa el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Zaragoza, que el pasado 13 de junio rechazó la reclamación del dueño de otro Volkswagen que también pretendía que AragonWagen le devolviera el dinero que costó su coche por el caso de los motores trucados.

El Juzgado, sin embargo, alegó que no cabía tal pretensión, dado que la ley permite al fabricante la opción de reparar o sustituir el bien dañado, cosa que está realizando la multinacional. La demanda no cabe, argumenta la sentencia, dado que "aquí se ha acreditado que la reparación cabe, pues así se ha confirmado por la autoridad administrativa competente, la KBA".

Las tres resoluciones utilizan estos razonamientos para rechazar las reclamaciones de los usuarios contra los concesionarios con los que firmaron los contratos de compraventa de sus vehículos. El demandante de Torrelavega, además, trató de actuar contra la mercantil Volkswagen Audi España. Sin embargo, el Juzgado número 1 de la localidad cántabra censuró este intento del denunciante porque esta entidad no tiene "vínculo contractual alguno" con el propietario del coche "ni ha realizado acto o hecho jurídico que le obligue a indemnizarle".

El Juzgado arguye que la marca importa y distribuye coches, pero no los vende, y la acción judicial de responsabilidad contractual "corresponde únicamente a quienes fueron parte en el contrato o a sus herederos". "Ni siquiera es aplicable al caso la normativa" de la ley para la defensa de los consumidores y otras normas complementarias, explica el fallo judicial, que va en la misma línea que apunta el Juzgado número 1 de Valencia, que rechazó la demanda contra Volkswagen Insurance por ser "únicamente mediadora de seguros y carecer por tanto de legitimación para figurar como parte demandada".

Las decenas de demandas civiles que están interponiendo los usuarios de Volkswagen desde hace meses a raíz del caso de los motores trucados están poco a poco siendo resueltas por los tribunales, que no se están posicionando precisamente a favor de los denunciantes. Las tres primeras sentencias dictadas por los juzgados de Valencia, Zaragoza y Torrelavega (Cantabria) dan la razón a los concesionarios de Volkswagen que vendieron los vehículos y rechazan las reclamaciones de los demandantes de resolver los contratos de compraventa firmados por ambas partes.

Caso Volkswagen
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