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El Supremo manda juzgar otra vez a un edil del PP absuelto al anularse las escuchas
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el exalcalde de Aljaraque Juan Manuel Orta Prieto

El Supremo manda juzgar otra vez a un edil del PP absuelto al anularse las escuchas

Varapalo del alto tribunal a la Audiencia de Huelva, que anuló las escuchas que aportó la acusación contra el exalcalde de Aljaraque. Establece que nuevos jueces revisen el caso

Foto: El exalcalde de Aljaraque Juan Manuel Orta Prieto, a su llegada al juicio. (EFE)
El exalcalde de Aljaraque Juan Manuel Orta Prieto, a su llegada al juicio. (EFE)

El Tribunal Supremo ha dado un duro varapalo a la Audiencia de Huelva y ha ordenado repetir el juicio contra el exalcalde de Aljaraque (Huelva), el popular Juan Manuel Orta Prieto, y su concejal de Urbanismo por cohecho, blanqueo, delito fiscal y falsedad. El alcalde fue absuelto el año pasado, ya que el tribunal anuló las escuchas ordenadas por el juez de instrucción que le incriminaban. El Supremo relata la cantidad de indicios que había para ordenarlas, como gastos del alcalde de 312.192 euros por encima de sus ingresos entre 1997 y 2005, y considera que la anulación de las escuchas fue un "error patente". Ordena repetir el juicio con jueces distintos, algo inusual, según fuentes jurídicas.

En 2007, en plena oleada de escándalos municipales de corrupción urbanística jaleados por la burbuja inmobiliaria, un empresario y exmilitante del PP, Rafael Barroso, denunció en Anticorrupción que Orta y su entonces concejal de Urbanismo, Casto Pino Galán, cobraban comisiones a cambio de licencias de obra y recalificaciones urbanísticas. La denuncia acabó en el juzgado y estos fueron detenidos en abril de 2008, después de una amplia instrucción con escuchas telefónicas incluidas. Aljaraque, de 20.000 habitantes y a 15 kilómetros de la costa, sufría como tantos otros un "urbanismo vertiginoso y espectacular", como lo definió el juez.

La sentencia considera que fue un "error patente" anular las escuchas y ordena cambiar a los jueces

El 22 de julio de 2015, siete años después de ser detenidos y años después de dejar el cargo, la sección primera de la Audiencia Provincial de Huelva dictó una sentencia que dejaba casi todo en nada. Los jueces anularon las escuchas telefónicas que había ordenado el juez de instrucción y el alcalde fue absuelto. "No hay forma de restituir el daño causado", declaró entonces. Este diario intentó este miércoles, sin éxito, contactar con él.

El concejal Casto Pino fue condenado a un año y medio de cárcel, que no conlleva ingreso en prisión, por delito fiscal en el ejercicio, al pago de una multa de 387.537 euros y una indemnización a Hacienda de 193.768 euros, absolviéndole de cohecho y de blanqueo de capitales y de otro delito contra la Hacienda pública, correspondiente al ejercicio de 2005. Casto Pino fue detenido más tarde en otra operación.

El alcalde y su familia gastaron entre 1997 y 2005 315.192 euros más que los ingresos que declararon

La Abogacía del Estado y la Fiscalía recurrieron al Supremo, que en una sentencia del pasado jueves, de la que fue ponente Andrés Palomo del Arco, le dio la razón y propinó un sonoro revolcón a la Audiencia de Huelva. La sala segunda de lo Penal, en una sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial, considera que fue un grave error anular las escuchas. Y lo hace, cosa inusual, analizando en primer lugar los motivos del recurso de la Abogacía del Estado -que representa a la Agencia Tributaria- que los del fiscal -que es quien dirige la acusación-.

La Audiencia de Huelva consideró que el auto en el que el juez de instrucción ordenó las escuchas telefónicas no estaba lo suficientemente fundamentado. Afirmó que el juez "se basó en apreciación de informaciones así como de apreciaciones derivadas de desconocidos sin concretar ninguna de estas informaciones", por lo que anuló esas pruebas.

"En plena expansión urbanística, el alcalde y su concejal realizan inversiones cuyos ingresos declarados son insuficientes para generar su coste"

El Supremo relata la cantidad de indicios que había en la causa para ordenar los pinchazos, que constaban en un anexo al auto del juez. La sentencia considera que "no se trata de vagas informaciones, ni aseveraciones especulativas, sino datos objetivos provenientes de registros públicos: AEAT, Catastro, Registro de la Propiedad y Registro Mercantil, que revelan que en una localidad en plena expansión urbanística, dos personas especialmente expuestas políticamente desde perspectivas antiblanqueo, como son el alcalde de la localidad y el concejal de Urbanismo, realizan inversiones cuyos ingresos declarados son insuficientes para generar su coste; desajuste patrimonial que se reitera con personas de su entorno con los que participan en diversas sociedades; y a su vez, igualmente alguna de estas sociedades también realizan adquisiciones inmobiliarias sin generación de ingresos que alcancen esa inversión".

El patrimonio del concejal de Urbanismo creció en casi un millón de euros que Hacienda no vio justificado

Entre esos indicios estaba la investigación según la cual el exalcalde ingresó de su actividad laboral entre 1997 y 2005 un total 607.418,39 euros, "mientras que los gastos efectuados para la obtención del patrimonio han ascendido a 922.610,67 euros, lo que supone un desfase de 315.192,28 euros", siempre según la sentencia.

No es el único del entorno que gastó más de lo que ganó, según la instrucción. El Supremo recuerda que uno de sus socios tuvo una "estimación de ingresos procedentes de actividades profesionales en el periodo 1997-2005 de 288.116,13 euros y unos gastos efectuados para la obtención del patrimonio de 924.040 euros, lo que supone una desviación de 635.924,23 euros".

De Casto Pino, en la causa hay información sobre unos ingresos de 830.842 euros en ocho años y unos gastos de 1,759 millones, 928.568 euros más de lo que ingresó. Por todo ello, el Supremo ordena repetir el juicio "con una sala de distinta composición" a la que anuló las pruebas. Esto es extremadamente inusual, según fuentes jurídicas.

El Tribunal Supremo ha dado un duro varapalo a la Audiencia de Huelva y ha ordenado repetir el juicio contra el exalcalde de Aljaraque (Huelva), el popular Juan Manuel Orta Prieto, y su concejal de Urbanismo por cohecho, blanqueo, delito fiscal y falsedad. El alcalde fue absuelto el año pasado, ya que el tribunal anuló las escuchas ordenadas por el juez de instrucción que le incriminaban. El Supremo relata la cantidad de indicios que había para ordenarlas, como gastos del alcalde de 312.192 euros por encima de sus ingresos entre 1997 y 2005, y considera que la anulación de las escuchas fue un "error patente". Ordena repetir el juicio con jueces distintos, algo inusual, según fuentes jurídicas.

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