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La Audiencia avala la concesión de la medalla al mérito policial a la Virgen del Amor
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CONCEDIDA POR INTERIOR

La Audiencia avala la concesión de la medalla al mérito policial a la Virgen del Amor

Europa Laica argumentó que se había otorgado la distinción a una figura religiosa que, por lo tanto, no tiene personalidad jurídica y por ello no puede ser sujeto de derechos ni obligaciones

Foto: Interior impone la máxima distinción policial a la Virgen del Amor de Málaga (Efe)
Interior impone la máxima distinción policial a la Virgen del Amor de Málaga (Efe)

La Sección Quinta de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha avalado la concesión de una medalla al mérito policial a la cofradía Jesús el Rico, simbolizada en su patrona Nuestra Señora María Santísima del Amor. La condecoración la concedió el Ministerio del Interior con carácter honorífico mediante la orden del 3 de febrero de 2014. La sala avala la decisión del departamento dirigido por Jorge Fernández Díaz por tres votos contra dos, después del recurso que interpuso la asociación Europa Laica, que argumentó que se había otorgado la distinción a una figura religiosa que, por lo tanto, no tiene personalidad jurídica y por ello no puede ser sujeto de derechos ni obligaciones.

En línea con la Abogacía del Estado, sin embargo, la Audiencia Nacional considera que el destinatario final de esa medalla era la Cofradía de Jesus el Rico, con personalidad jurídica, cuyo símbolo representativo era la virgen, nuestra Señora María Santísima del Amor. La sala entiende, además, que esta institución está vinculada a la Policía Nacional.

Los tres jueces que firman la sentencia han tenido en cuenta que en este tipo de condecoraciones la Administración tiene una potestad discrecional, y en este caso no encuentran irracionalidad o arbitrariedad por parte de Interior porque nos encontramos, según la sala, ante una función de "recompensa frente a acciones dignas de emulación, acciones no determinables de forma apriorística, y no es en principio revisable el ejercicio de tal potestad, salvo que se vulneren algunos de los elementos fiscalizables en toda potestad discrecional".

La sentencia recuerda que no es la primera vez que se concede el ingreso en la orden al mérito policial a una imagen religiosa como símbolo representativo de un colectivo, hermandad o cofradía.

Frente a la tesis de la mayoría de magistrados, otros dos jueces firman un voto particular al entender que se tenía que haber anulado esta condecoración. Estos dos jueces, entre ellos el presidente de la sección, José Luis Gil Ibañez, argumentan que el espíritu de la ley por la que se dan este tipo de condecoraciones persigue recompensar comportamientos muy relevantes o trayectorias profesionales ejemplares de personas o grupos de personas, muchas veces anónimas, que objetivamente se han hecho acreedoras de ellas.

La Sección Quinta de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha avalado la concesión de una medalla al mérito policial a la cofradía Jesús el Rico, simbolizada en su patrona Nuestra Señora María Santísima del Amor. La condecoración la concedió el Ministerio del Interior con carácter honorífico mediante la orden del 3 de febrero de 2014. La sala avala la decisión del departamento dirigido por Jorge Fernández Díaz por tres votos contra dos, después del recurso que interpuso la asociación Europa Laica, que argumentó que se había otorgado la distinción a una figura religiosa que, por lo tanto, no tiene personalidad jurídica y por ello no puede ser sujeto de derechos ni obligaciones.

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