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El reglamento europeo de sucesiones, desconocido por los españoles en el exterior
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simplifica las herencias transfronterizas

El reglamento europeo de sucesiones, desconocido por los españoles en el exterior

La nueva fórmula simplificará las herencias transfronterizas, tratando de eliminar las hasta ahora muchas dificultades que tienen que sortear los herederos

Foto: Sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo.
Sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo.

El nuevo reglamento europeo de Sucesiones Internacionales que comenzó a ser aplicable el pasado 17 de agosto, continúa siendo un arcano para los más de dos millones de españoles residentes en el exterior, así como para los cinco millones de extranjeros que viven en España. A todos ellos afecta directamente dicha normativa emanada de la Unión Europea.

En efecto. La nueva fórmula simplificará las herencias transfronterizas, tratando de eliminar las hasta ahora muchas dificultades que tienen que sortear los herederos de las personas que han residido o adquirido propiedades en países diferentes al de su lugar de nacimiento.

La propia UE reconoce que hasta la fecha dichas personas sufrían numerosos trastornos burocráticos, económicos y de toda condición en las herencias que legalmente les corresponden. Esta es una de las razones, siempre según la Unión Europea, que disuaden a los ciudadanos pertenecientes a la UE a la hora de trasladar su residencia o aceptar trabajos en estados diferentes al suyo, muy especialmente a las personas que han pasado de los 45 años.

En España la totalidad de los más de 3.000 notarios ejercientes en nuestro país consideran que el nuevo reglamento era una “cosa tan necesaria como urgente”, al igual que el resto de sus colegas de la UE, alrededor de 20.000, excepto en los países que serán considerados como “terceros”, esto es, el Reino Unido, Irlanda y Dinamarca.

Residencia habitual del difunto

De acuerdo con la nueva normativa, desde ahora la ley de residencia habitual del difunto se aplicará a toda la sucesión. Sin embargo, se dejará al albur de cada ciudadano concreto elegir la ley de su nacionalidad para la liquidación de los impuestos de su sucesión.

Se ha creado a tal respecto un Certificado Sucesorio Europeo (CSE) que constituirá la prueba de calidad de heredero en todos los Estados miembros.

Los jueces y notarios de los Estados miembros van a tener que aplicar las mismas normas a la sucesión de un alemán o de un español que a la de un marroquí

El nuevo reglamento tiene un carácter universal; es decir, no sólo para los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, sino también para los de cualquier otro Estado del mundo. En consecuencia, los jueces y notarios de los Estados miembros van a tener que aplicar las mismas normas a la sucesión de un alemán o de un español que a la de un marroquí, un argentino o un ciudadano con pasaporte británico.

Consecuencias

Como consecuencia de este cambio legal, por ejemplo, un ciudadano español residente en Francia, con hijos, va a quedar sujeto a las normas legitimarias del código civil francés y no como anteriormente, al código civil español.

De igual modo, la herencia de un ciudadano británico residente en la Costal del Sol o Levante, quedará sujeto al régimen de las legítimas establecido en el Derecho común español.

Todo ello va a permitir hacer mucho más real la libre circulación de personas en el espacio de la Unión. También permite elegir la ley que rija la sucesión en cada caso concreto. Al hacerlo, el usuario estará seguro de que su voluntad se realizará y que causará menos problemas a sus herederos.

El nuevo reglamento europeo de Sucesiones Internacionales que comenzó a ser aplicable el pasado 17 de agosto, continúa siendo un arcano para los más de dos millones de españoles residentes en el exterior, así como para los cinco millones de extranjeros que viven en España. A todos ellos afecta directamente dicha normativa emanada de la Unión Europea.

Impuesto de Sucesiones Herencia Unión Europea
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