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El 'Gran Hermano' se extiende: 233.000 sistemas de videovigilancia graban tus pasos
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El 'Gran Hermano' se extiende: 233.000 sistemas de videovigilancia graban tus pasos

El número de circuitos inscritos en la Agencia Española de Protección de Datos se ha multiplicado por quince en apenas siete años. La Asociación de Privacidad habla de "obsesión por la seguridad”

Foto: Sistema de videoseguridad ubicado en un espacio público. (EFE)
Sistema de videoseguridad ubicado en un espacio público. (EFE)

Gran Hermano no sólo se graba en Guadalix de la Sierra. También en garajes, carreteras o comunidades de propietarios. O en comercios y empresas de cualquier sector, desde hoteles hasta centros de inspección técnica de vehículos, pasando por constructoras o locales de apuestas. Estas grabaciones no tienen la repercusión ni los millones de espectadores del reality show de Telecinco, pero la concepción es la misma: registrar y almacenar los movimientos de las personas que pasan por el encuadre de las videocámaras en su ámbito privado.

Al menos 233.000 pequeños grandes hermanos existen en España, según las cifras proporcionadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en respuesta a una petición de información planteada por El Confidencial a través del Portal de la Transparencia. Esta cantidad alude sólo a los ficheros inscritos en el Registro General de Protección de Datos relativos a sistemas de videovigilanciacon al menos una cámara y que graban y almacenan imágenes, por lo que esta cifra aún puede ser mayor si se incluyen las instalaciones no registradas en la AEPD. “El Gran Hermano te está observando”, leitmotiv de la popular novela 1984 de George Orwell, cada vez es más real.

La proliferación de la videovigilancia es palpable. Cada vez más cámaras graban nuestros movimientos en el trabajo, en los espacios públicos,en los lugares de ocio, en el interior de los taxis,al entrar en el banco o al llegar a casa. En menos de siete años, el número de circuitos inscritos en la AEPD se ha multiplicado por quince: de 15.510 a los 232.817 que había el pasado 30 de junio, a un ritmo de crecimiento de 33.000 ficheros cada año [descargue aquí los datos].

Desde la AEPD explican el boom del registro de sistemas de videovigilancia pordos factores. En primer lugar, porla “mayor concienciaciónde los responsables, que son cada vez más conscientes de las obligaciones impuestas por la normativa en materia de protección de datos”. Esta mayor aplicación de la norma se observa en los datos globales del registro general: si en diciembre de 2008 había inscritos más de 1,2 millones de ficheros con datos personales, la última estadística habla de casi 4 millones. Y a mayor carga de trabajo, mayor necesidad de recursos.

Como segunda causa, la AEPD señala que “este crecimiento podría asociarse a la proliferación de esta actividad en el sector privado vinculado a fines de seguridad, así como la expansión y el desarrollo de la propia tecnología”. O como apunta Ricard Martínez, presidente de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP), “con invocar la seguridad, cualquiera puede instalar una videocámara”.

El rol de las empresas de seguridad privada

La recién aprobada Ley de Seguridad Privada alude al uso de estos sistemas en el ámbito privado y establece que “cuando la finalidad de los servicios de videovigilancia sea prevenir infracciones y evitar daños a las personas o bienes objeto de protección o impedir accesos no autorizados, serán prestados necesariamente por vigilantes de seguridad o, en su caso, por guardas rurales”. La redacción de este artículo choca con la interpretación que la AEPD había realizado hasta ahora de la Ley de Protección de Datos.

“Existe confusión, por lo que hemos pedido que se nos aclare si es necesario que una empresa de seguridad privada se encargue de la videovigilancia. La AEPD dice que no hace falta, pero el criterio del Ministerio de Interior parece ser diferente”, subraya Ricard Martínez.

Lo que está claro es que las cámaras de seguridad tienen mayor aceptación en las empresas privadas que en instituciones públicas. La videovigilancia es la sexta finalidad declarada más habitual entre las primeras, por detrás de los ficheros personales relativos a gestión de clientes y contabilidad, recursos humanos, gestión de nóminas, publicidad y prevención de riesgos laborales. En el caso de las Administraciones Públicas, que sólo representan el 2% de los circuitos registrados, hay que bajar hasta la undécima posición para encontrarla.

En cuanto a los sectores de los titulares de ficheros,y si se excluye la categoría de otras actividades, el comercio ocupa la primera posición, doblando en número al siguiente en la lista, el turismo y la hostelería. En tercer lugar aparecen las comunidades de propietarios, donde cada vez es más habitual encargar la seguridad del edificio a una empresa privada o bien colocar directamente videocámaras en el acceso a los garajes o en la entrada.

¿Privacidad o seguridad?

Los circuitos de cámaras ponen de manifiesto, en última instancia,la colisión entre el derecho de privacidad y la seguridad personal. La delgada línea que separa ambos factores ha hecho que la videovigilancia sea uno de los sectores con mayores denuncias ante la Agencia Española de Protección de Datos:uno de cada tres procedimientos de apercibimiento (sin sanción económica pero con medidas correctoras) resueltos en 2014 han tenido que ver con el uso de las videocámaras. Gran parte de las denuncias recayeron en particulares y pymes.

En muchas ocasiones la interpretación de la norma depende de detalles. Por ejemplo, una instrucción de la AEPDprohíbe que las videocámaras ubicadas en zonas privadas obtengan imágenes de espacios públicos, salvo en los casos en los que “resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende”, como las cámaras en la puerta de entrada de un banco. El texto también se refiere a una “relación de proporcionalidad entre la finalidad perseguida y el modo en el que se traten los datos”.

“Se trata de una regulación complicada de aplicar. Quizá no haya más inscripciones en el registro porque, si bien parece un asuntofácil de proyectar, al final el usuario tiene que resolver una serie de cuestiones jurídicas y técnicas”, plantea el presidente de APEP, Ricard Martínez.

El almacenamiento y la custodia de las imágenes grabadas –la instrucción no considera fichero la reproducción o emisión de imágenes en tiempo real–es otro punto conflictivo, ya que los titulares están obligados a eliminarlas dentro del mes siguiente a su captación.

“En los últimos años ha habido una obsesión por la seguridad”, constata Martínez, “pero una videocámara es algo invasivo, ya que capta el comportamiento de las personas, por lo que hay que ser especialmente cuidadoso para cumplir con el espíritu de la norma". El Gran Hermano te está observando. Y cada vez te observará más.

Gran Hermano no sólo se graba en Guadalix de la Sierra. También en garajes, carreteras o comunidades de propietarios. O en comercios y empresas de cualquier sector, desde hoteles hasta centros de inspección técnica de vehículos, pasando por constructoras o locales de apuestas. Estas grabaciones no tienen la repercusión ni los millones de espectadores del reality show de Telecinco, pero la concepción es la misma: registrar y almacenar los movimientos de las personas que pasan por el encuadre de las videocámaras en su ámbito privado.

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