España solo excluye a donantes de sangre que presenten factores de riesgo extremos
La sentencia europea que avala la prohibición de donar sangre a los homosexuales ha revolucionado al sector sanitario. En España se podrían endurecer los filtros pero en ningún caso se aplicaría el fallo
La sentencia que emitió el Tribunal Superior de Justicia Europea en la que admitía la posibilidad de prohibir permanentemente a los homosexuales donar sangre ha revolucionado al sector sanitario, al mundo de la política y, por supuesto, a los colectivos gais, “indignados” ante la noticia. El Alto Tribunal lo que pone de manifiesto es que esa exclusión tendría cabida si se demuestra “que estas personas están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves y así lo justifica la situación sanitaria de un país”.
En España, esta restricción por orientación sexual no parece sostenerse desde el punto de vista jurídico ni desde el epidemiológico. A diferencia de Francia -nación en la que se originó el caso en 2009 cuando un médico de la ciudad de Metz rechazó la donación de sangre de un hombre por haber mantenido relaciones sexuales con otro amparándose en una orden-, en nuestro país no existe una normativa concreta que excluya al colectivo por esa razón. De hecho, en ningún caso el protocolo de las donaciones comprende controles o preguntas previas sobre la preferencia de género.
Por eso la verdadera polémica se centra ahora en que la justicia plantee una discriminación al colectivo homosexual en vez de considerar como discriminatorios los factores de riesgo de toda la sociedad. Los médicos españoles rechazan a priori el contenido del fallo. En palabras del presidente de la Organización Médica Colegial (OMC),Juan José Rodríguez Sendín, el hecho de ser homosexual “no puede ser una causa para ser excluido de donar sangre” sino que se trata de poner en el foco si “se padece una determinada enfermedad sin tener en cuenta la condición sexual del donante”. Es decir, que lo que hay que mirar esque la persona que dona no tenga ninguna patología, sea homosexual o no, porque “todos pueden ser candidatos a tener cualquier enfermedad”.
Según explican fuentes de la OMC, la única posibilidad sería aumentar la exigencia de los filtros previos a la donación de sangre. Por ejemplo, cuando una persona acude a una oficina o a un punto de la Cruz Roja para donar, es sometido a una entrevista clínica en la que se preguntan posibles factores de riesgo como enfermedades actuales o pasadas, si se han mantenido relaciones sexuales sin protección o incluso si se han realizado viajes o actividades en países con mayor probabilidad de contraer enfermedades contagiosas. En todo caso, como explica José María Vergeles Blanca, ex director general en la Consejería de Sanidad de la Junta de Extremadura, el hecho de haber mantenido relaciones con riesgo “no imposibilita nunca poder donar sangre”. La única razón por la que se excluye a una persona del acto de la donación es si confirma que tiene una enfermedad.
“Hacemos bien discriminando como lo hacemos”
Según explica Cruz Roja, tanto los controles de calidad de la sangre como los de enfermedades de transmisión vía sanguínea son muy completos en España. De hecho, se puede hacer un seguimiento exhaustivo de cada bolsa de sangre desde que se produce la donación hasta su transfusión a otros pacientes y cada paso queda registrado.
Simulando el circuito, el futuro donante debe pasar primero el cribado de preguntas clínicas. “Es muy difícil que te echen para atrás en ese test”, explica el doctor Vergeles, pero sería posible “discriminar por prácticas de riesgo extremo como una anemia evidente, pero en ningún caso insiste, por orientación sexual o por haber mantenido relaciones homosexuales”. Después de esa ‘entrevista’, la sangre es analizada en los bancos de las CCAA. En caso de que se aprecie alguna alteración en la analítica, como podría ser un aumento de las transaminasas (proteínas que están en el hígado indicadoras de una posible hepatitis), esa sangre se desecha.
Entonces el donante recibe una carta en la que le comunican los resultados para que se dirija a su médico y se someta a un análisis más completo. Ese nuevo examen será el que determine si el paciente es apto para futuras donaciones. Tal y como explica Vergeles, en ese periodo de tiempo sí se produce una especie de discriminación, “una separación preventiva en la que se prohíbe donar hasta que se aclare la situación clínica de esa persona”. Más allá del test previo, la sangre es sometida a un tratamiento para asegurar que no existe una enfermedad de transmisión hemática (como la hepatitis C). Por eso, insiste Vergeles, médico de familia, “hacemos bien en discriminar como discriminamos” porque el control es absolutamente estricto.
Una decisión complicada para Europa
La justicia europea no quiere ‘pillarse los dedos’ y advierte de que la ley francesa “puede entrañar una discriminación por razón de orientación sexual” y pide al órgano judicial francés que compruebe “si existen criterios de interés general que justifiquen esa actuación y si son proporcionales. Pero la cuestión es que si un determinado país es capaz de acreditar científicamente esa situación de riesgo y el tribunal la considera proporcional, Estrasburgo avala el criterio de exclusión: “Se cubre el supuesto en el que un Estado miembro, habida cuenta de la situación predominante en él, establezca una contraindicación permanente para la donación de sangre en el caso de los hombres que han tenido relaciones sexuales con otros hombres”.
La sentencia que emitió el Tribunal Superior de Justicia Europea en la que admitía la posibilidad de prohibir permanentemente a los homosexuales donar sangre ha revolucionado al sector sanitario, al mundo de la política y, por supuesto, a los colectivos gais, “indignados” ante la noticia. El Alto Tribunal lo que pone de manifiesto es que esa exclusión tendría cabida si se demuestra “que estas personas están expuestas a un riesgo elevado de contraer enfermedades infecciosas graves y así lo justifica la situación sanitaria de un país”.