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Inadmitida la demanda de paternidad contra Don Juan Carlos por "falsa, frívola y torticera"
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contra este auto no cabe recurso alguno

Inadmitida la demanda de paternidad contra Don Juan Carlos por "falsa, frívola y torticera"

El Supremo rechazó por mayoría de siete votos contra tres la demanda interpuesta por la ciudadana belga Ingrid Sartiau y archivó las actuaciones al estimar que "es lisa y llanamente" falsa

Foto: El Supremo inadmite la demanda de paternidad contra el rey Juan Carlos (Gtres)
El Supremo inadmite la demanda de paternidad contra el rey Juan Carlos (Gtres)

La Sala I del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la demanda interpuesta por Indrid Sartiau contra Don Juan Carlos, archivando de esta manera todas las actuaciones referidas al respecto, puesto que contra este auto no cabe recurso alguno. Mayoría de siete votos contra tres ha sido suficiente para no admitir la demanda de paternidad interpuestapor la citada ciudadana belgay archivó las actuaciones al estimar que "es lisa y llanamente falsa, frívola y torticera" al incurrir en contradicciones.

Así lo explica el auto de la Sala de lo Civil del alto tribunal, cuya decisión se conoció el pasado mes de marzo, que estima el recurso del Rey Juan Carlos contra la admisión a trámite que el Supremo había decidido el 14 de enero. El auto rechaza el recurso presentado por Sartiau, que consideró que no se le dio respuesta a la petición de prueba de ADN que solicitaba. De esta forma, el tribunal deja sin efecto el auto de admisión a trámite de la demanda con lo que se cierra el caso.

El Tribunal Supremo admitió el pasado 13 de enero la demanda de paternidad presentada por Ingrid Sartiau por dos razones: la primera, porque la supuesta hija de Juan Carlos I se concibió en 1966, nueve años antes de la proclamación del monarca y, por tanto, no puede acogerse a la inviolabilidad de su cargo; y segundo, porque existe un principio de prueba exigida por la jurisprudencia del Alto Tribunal.

La Sala de lo Civil del Supremo explica que en la ley aprobada por el Gobierno el pasado año tras la abdicación de Juan Carlos I, y por la que se fijó su aforamiento ante el Alto Tribunal, daba por supuesto la subsistencia de la inviolabilidad del Rey abdicado por todos los actos realizados “durante el tiempo en que ostentare la Jefatura del Estado, cualquiera que fuera su naturaleza”.

La Sala I del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la demanda interpuesta por Indrid Sartiau contra Don Juan Carlos, archivando de esta manera todas las actuaciones referidas al respecto, puesto que contra este auto no cabe recurso alguno. Mayoría de siete votos contra tres ha sido suficiente para no admitir la demanda de paternidad interpuestapor la citada ciudadana belgay archivó las actuaciones al estimar que "es lisa y llanamente falsa, frívola y torticera" al incurrir en contradicciones.

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