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La Audiencia Nacional obliga a Fernández Díaz a cesar a un alto cargo del Ministerio
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fue nombrado por el secretario de estado

La Audiencia Nacional obliga a Fernández Díaz a cesar a un alto cargo del Ministerio

El Juzgado Central 1 de lo Contencioso ejecuta provisionalmente una sentencia de julio. El fallo, de tornarse firme, podría tener las mismas consecuencias sobre otros nombramientos del Ministerio

Foto: El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. (EFE)
El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. (EFE)

El Juzgado número 1 de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha ordenado anular el nombramiento del subdirector general de la Inspección de Personal del Ministerio del Interior, José María Rodríguez Calderón, designado el 21 de octubre de 2013 por el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, número dos del ministroJorge Fernández Díaz. El auto firmado por el instructor José Luis Vicente Ortiz el pasado 11 de febrero ejecuta así provisionalmente la sentencia que el mismo magistrado firmó el 16 de julio del año pasado, que obligaba a Interior a revocar la mencionada elección y que está recurrida en apelación ante la propia Audiencia Nacional.

A la espera de que el tribunal se pronuncie sobre la resolución, el auto del Juzgado número 1 obliga ya a la Secretaría de Estado a destituir a Rodríguez Calderón, cuya vacante “no podrá cubrirse” hasta que la sentencia no se torne firme. El instructor asegura en su escrito que ha “vislumbrado” en el recurso de la Abogacía del Estado, que actúa en nombre del Ministerio del Interior, un interés por “alargar el proceso” con el fin de que el alto cargo afectado se mantenga en el puesto hasta su jubilación, que será efectiva en 11 meses.

La sentencia que ahora se ha ejecutado pondrá previsiblemente patas arriba el sistema de ascensos y nombramientos en el seno del departamento dirigido por Fernández Díaz de ser declarada firme.La resolución se basó en que el nombramiento anulado se llevara a cabo sin convocar públicamente la plaza y que se eligiera para el puesto a alguien que carece de la titulación universitaria requerida en el artículo 17 de la Ley 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El fallo recordó además que el artículo 76 del RD 364/95 establece que “para participar en pruebas de promoción interna los funcionarios deberán tener una antigüedad de al menos dos años en la escala a la que pertenezcan (…) y poseer la titulación y el resto de requisitos establecidos”.

“Si la titulación es exigible a los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, no se llega a comprender que no sea exigible cuando se trate de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía”, subrayó la sentencia de la Audiencia Nacional, que pretendía responder con esta afirmación al argumento que presentó la Abogacía del Estado, institución que defendía que los policías son funcionarios especiales y que para ellos no cuenta tanto la titulación como los méritos profesionales.

El artículo 19.2 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (Lofage), añadió el fallo judicial, “exige para desempeñar puestos con rango de subdirector general la pertenencia a cuerpos en los que para ingresar sea requisito ser doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente”. No concurrían, por lo tanto, en Rodríguez Calderón “los requisitos exigidos para optar a dicho puesto”, como determinó el Juzgado Central número 1.

El subdirector general abandonará, por lo tanto, en los próximos días el cargo, según confirman fuentes consultadas por El Confidencial,y será reubicado en la Policía, corporación a la que pertenece, o pasará a segunda actividad hasta que se jubile, según decida el propio afectado. La Secretaría de Estado, que ya ha recibido la resolución de la Audiencia Nacional, por su parte, también tendrá que abonar las costas de este último incidente procesal. Pero las consecuencias de la resolución no se limitarán a la anulación puntual del citado nombramiento, sino que previsiblemente afectarán a otros cargos que han sido designados sin tener en cuenta el requisito de la titulación, que durante años ha sido despreciado por la Dirección General de la Policía a la hora de nombrar a sus jefes.

Según datos a los que ha tenido acceso El Confidencial –provenientes de la División de Personal de la Policía a fecha de febrero de 2013 (hace dos año)–,la mayoría de los jefes de la Policía carece de estudios universitarios. Esta cifra de no titulados ha sido ligeramente corregida en los últimos años gracias al acuerdo que la Dirección General de la Policía llegó con la Universidad Rey Juan Carlos para que comisarios e inspectores jefe que no tenían carrera pudieran conseguirla en apenas un curso escolar. La Universidad les convalidó los estudios internos realizados por los funcionarios durante su trayectoria profesional, les cobró 3.000 euros a cada uno y les entregó un temario para estudiar online. Dos centenares de mandos del cuerpo obtuvieron así la titulación; entre ellos, el jefe superior de Policía de Madrid, Alfonso Fernández Díaz, y otros miembros de la cúpula de la corporación.Aun así, y a pesar de este incremento de titulados que ha permitido en mencionado acuerdo, todavía quedan comisarios en puestos que exigen una carrera universitaria.

Actualmente, la ley establece que los funcionarios del grupo A1 de la Administración –donde se encuadran las escalas superior y ejecutiva de la Policía (comisarios, inspectores jefe e inspectores)– deben ser licenciados; los del grupo A2 –subinspectores–, diplomados; y los del grupo C1 –oficiales y policías de la escala básica–, deben contar con la educación secundaria obligatoria. La nueva Ley de Personal, que está en tramitación parlamentaria, ya descuenta la posibilidad de que la sentencia de la Audiencia Nacional sea firme y prevé exigir quelos funcionarios A1 y A2 dispongan de un grado para acceder a estas categoríasy los del C1, del bachillerato.

La decisión de la Audiencia Nacional de revocar el nombramiento de la Secretaría de Estado fue consecuencia de la denuncia interpuesta por un inspector de la Policía, Jesús Andrés de Dios, que decidió recurrir la designación de Rodríguez Calderón ante el alto tribunal “por principios”. Sin embargo, no era la primera vez que el inspector trataba de anular la elección de un jefe de la corporación utilizando el mismo argumento.

En septiembre de 2012, la titular del Juzgado Central de lo Contencioso número 9 de la Audiencia Nacional, Eva María Alfageme, ordenó destituir temporalmente al jefe superior del País Vasco, Fernando Amo, tras recurso del inspector, por carecer de “la titulación necesaria para el puesto”. Cuatro meses después, sin embargo, la misma jueza restituyó al afectado en su puesto al entender que el demandante no tenía legitimidad para interponer la denuncia, ya que él no podía optar al puesto que recurría. Apeló entonces la magistrada a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, que establece que “es preciso que la resolución impugnada repercuta de manera clara y suficiente en la esfera jurídica de quien recurre”.No consideró válido, por lo tanto, “el mero interés por la legalidad” esgrimidopor el demandante.

El argumento de la falta de legitimidad, de hecho, ha sido el mismo que ha utilizado la Abogacía del Estado en el proceso contra el nombramiento de Rodríguez Calderón. Sin embargo, en este caso, el Juzgado número 1 ha entendido que el inspector recurrente sí podía optar al puesto, ya que la ley establece que la plaza de Subdirector General de Inspección de Personal puede ocuparla cualquier funcionario de la Administración General del Estado. “No se llega a comprender que se le haya negado la legitimación al recurrente –por no ser comisario– cuando ni siquiera es necesario pertenecer a dicho cuerpo [la Policía] para optar a la plaza”, critica la sentencia en alusión al mencionado argumento dela Abogacía.

El episodio de Fernando Amo fue el primer aviso para el departamento de Fernández Díaz, que mantiene en el cargo a varios altos cargos que no cumplen el requisito de la titulación. De hecho, aquella destitución temporal abrió un debate en el Ministerio del Interior y en la propia Dirección General de la Policía que llega hasta la actualidad en relación con la conveniencia de nombrar a altos mandos que no cumplan con el requerimientouniversitario. En esa línea, de hecho, va la citada exigencia prevista en las nuevas leyes de personal de la Policía y la Guardia Civilasí como la intencióndel director de la Policía, Ignacio Cosidó, de crear una universidad para policías.

El Juzgado número 1 de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha ordenado anular el nombramiento del subdirector general de la Inspección de Personal del Ministerio del Interior, José María Rodríguez Calderón, designado el 21 de octubre de 2013 por el secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, número dos del ministroJorge Fernández Díaz. El auto firmado por el instructor José Luis Vicente Ortiz el pasado 11 de febrero ejecuta así provisionalmente la sentencia que el mismo magistrado firmó el 16 de julio del año pasado, que obligaba a Interior a revocar la mencionada elección y que está recurrida en apelación ante la propia Audiencia Nacional.

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