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La Audiencia de Barcelona admite que aún no hay indicios sólidos contra los Pujol
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pide a la juez que siga investigando

La Audiencia de Barcelona admite que aún no hay indicios sólidos contra los Pujol

La Audiencia Provincial de Barcelona reconoce que a día de hoy no hay suficientes indicios de delito contra Jordi Pujol y su esposa Marta Ferrusola

Foto: El expresidente de la Generalitat Jordi Pujol y su mujer, Marta Ferrusola (EFE)
El expresidente de la Generalitat Jordi Pujol y su mujer, Marta Ferrusola (EFE)

La Audiencia Provincial de Barcelona reconoce que, hoy por hoy, no hay suficientes indicios de delito contra Jordi Pujol y su esposa Marta Ferrusola por la investigación que hay abierta contra ellos a raíz de que el primero reconociera la existencia de una herencia no declarada hasta este verano a la Hacienda Pública. De ahí que sostenga en una resolución que el proceso penal abierto contra ellos “no atribuye a ninguno de los recurrentes la comisión de delito alguno”.

En un auto al que ha tenido acceso El Confidencial, la Sala, con José Grau como ponente, explica que la titular del juzgado número 31 de Barcelona tiene que seguir investigando los hechos y de ahí que rechace el recurso interpuesto por la defensa del expresidente de la Generalitat contra el auto por el que se incoaron las diligencias previas a raíz de una denuncia interpuesta por Manos Limpias. Por un lado, entiende que las denuncias a priori siempre deben ser investigadas, excepto si es evidente que no hay ningún indicio de delito o que sea manifiestamente falsa.

Sin embargo, considera que en este caso son “públicos y notorios” los hechos denunciados por Manos Limpias, es decir, el comunicado de Pujol del pasado 25 de julio por el cual reconoció que su mujer e hijos habían regularizado una herencia que su padre les había dejado y que antes habían evitado declararla ante la Hacienda Pública.

“La cuestión es determinar si dicha información, que está claro que resulta claramente incompleta (toda vez que no se aporta ninguna información completa sobre el origen, importe, operaciones realizadas con el mismo a lo largo de prácticamente treinta y cinco años) es lo suficientemente sugestiva como para justificar la apertura de un proceso penal que tiene como objeto determinar el origen y el desarrollo del patrimonio y comprobar si la regularización anunciada se ajustó plenamente a la realidad de los hechos, única forma de descartar de forma clara y definitiva la comisión de un delito contra la Hacienda Pública”, recoge el auto.

A juicio de la Sala, el simple hecho de que Pujol haya reconocido la existencia de un patrimonio oculto a lo largo de tres décadas puede considerarse “un dato suficientemente revelador” para considerar que existen indicios, “desde luego, con un carácter provisional”, de haberse cometido “cuando menos, un delito contra la Hacienda Pública”.

Con estos argumentos, el tribunal esgrime las razones por las que la instructora debe seguir con la investigación, aunque reconoce que a día de hoy está en un estado embrionario. Hasta tal punto que considera que el plazo para que los delitos cometidos por el matrimonio queden prescritos no se ha interrumpido. “Con dicha resolución tan sólo se da inicio al proceso penal, pero en la misma no se atribuye a ninguna la comisión de un delito y consecuentemente no puede tener ningún valor a los efectos de interrumpir el plazo de prescripción de los delitos que la magistrada está investigando”.

Todavía no hay motivación

Así, pone de relieve que el procedimiento penal se dirige contra una persona determinada desde el momento que al incoar una causa “se dicte resolución judicial motivada en la que se le atribuye su presunta participación en un hecho que pueda ser constitutivo de delito”.

Precisamente, este es el motivo por el que la juez de Andorra devolvió la comisión rogatoria solicitada por la instructora de Barcelona, requiriéndole que motivara y explicara los hechos por los que se investigaba a Pujol y Ferrusola. Fuentes jurídicas señalan que este caso todavía está en un punto muy inicial. Una vez que la mujer del expresidente catalán ha regularizado ese dinero –porque Pujol no poseía ninguna parte de esa herencia–, los investigadores tienen que demostrar dos cosas. Primero, que se haya regularizado ante la Agencia Tributaria todo el dinero que ocultaban al fisco. Y, por otro lado, hay que buscar si la procedencia del dinero es ilícita.

Sin embargo, para llegar a ese punto es necesario que Andorra remita toda la información sobre las cuentas del clan Pujol en los bancos del Principado, pero este ya ha alertado que si el único delito que se investiga es contra la Hacienda Pública, el país vecino no puede aportar esa información porque allí no es delito y, por tanto, no se cumple el requisito de la doble incriminación. Así, los investigadores están tratando de buscar más pruebas que puedan demostrar que el dinero que la familia Pujol esconde procede de hechos delictivos.

La Audiencia Provincial de Barcelona reconoce que, hoy por hoy, no hay suficientes indicios de delito contra Jordi Pujol y su esposa Marta Ferrusola por la investigación que hay abierta contra ellos a raíz de que el primero reconociera la existencia de una herencia no declarada hasta este verano a la Hacienda Pública. De ahí que sostenga en una resolución que el proceso penal abierto contra ellos “no atribuye a ninguno de los recurrentes la comisión de delito alguno”.

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