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El caso Bárcenas amenaza con salpicar sólo al extesorero y al arquitecto de Génova
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la contabilidad b del pp quedará al margen

El caso Bárcenas amenaza con salpicar sólo al extesorero y al arquitecto de Génova

Todo apunta a que el ‘caso Bárcenas’ va a quedar reducido al arquitecto que realizó las obras de Génova y al extesorero de la formación política

Foto: El extesorero del PP Luis Bárcenas (EFE)
El extesorero del PP Luis Bárcenas (EFE)

A falta de los últimos informes definitivos, todo apunta a que el caso Bárcenasva a quedar reducido al arquitecto que realizó las obras de la sede del Partido Popular de la calle Génova por un delito fiscal al cobrar parte de los trabajos en negro y al extesorero de la formación, Luis Bárcenas, como inductor del delito al ser este quien le propuso que parte de la factura fuera sin IVA, es decir, sin declarar a Hacienda.

Lo demás que se ha conocido, es decir, que el PP recibiera donaciones por encima de lo establecido por ley, que tuviera una contabilidad ajena a la oficial, que pagara a parte de sus dirigentes con ese dinero y que los donantes fueran constructores que pudieron recibir adjudicaciones de Administraciones gobernadas por el PP, podría quedar en nada.

Hay una tercera persona a la que se le podrían pedir responsabilidades penales, el antecesor de Bárcenas en la tesorería, Álvaro Lapuerta, también como inductor del delito fiscal de Gonzalo Urquijo, pero su avanzada edad y su delicado estado de salud podrían dejarle exento.

Todavía falta por entregar el informe definitivo de la Intervención General del Estado sobre la posible conexión entre donaciones y adjudicaciones pero el realizado por la unidad de apoyo de la IGAE en la Fiscalía Anticorrupción ya apuntó a la imposibilidad de llegar a esa conclusión. Los constructores que habrían dado dinero al PP –según consta en la contabilidad B– son los responsables de las principales empresas de construcción del país que reciben diariamente adjudicaciones de todas las Administraciones. Establecer un silogismo de que una donación iba como pago por una obra concreta es, a día de hoy, imposible de concluir. Fuentes del caso explican que la corrupción se ha sofisticado mucho y ya no se aplica el famoso 3% que entregaban los empresarios a los políticos que les concedían una adjudicación, con lo cual es muy difícil hacer esa conexión.

Al final, el que fuera uno de los mayores escándalos en torno al PP va a tener como principal implicado a un contratado por la formación para reformar la sede, que sucumbió al ofrecimiento del tesorero y del gerente de pagarle parte de la obra de remodelación en B para garantizar el pago, ya que con la contabilidad oficial no había suficiente dinero para hacer frente a ese gasto.

Bárcenas y Lapuerta propusieron el delito al arquitecto

A esta última conclusión llegan los investigadores tras una de las declaraciones de Bárcenas ante el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, el 15 de julio del pasado año. En estas, explicó que en la reunión para pagar a Urquijo estuvieron Lapuerta y él. Cuando le pregunta el juez de quien fue la idea de pagar parte del trabajo fuera de la factura, Bárcenas explica: “Y yo le tengo que decir que yo creo que no fue una propuesta del señor Urquijo, sino que en aquel momento no debíamos de tener mucha disponibilidad de saldo oficial y Álvaro lo habló conmigo y como teníamos suficiente saldo en caja pues a lo mejor podíamos pagar una parte de la facturación de otra forma. Se le hizo el planteamiento, y dijo que siempre que fuese una cantidad importante, que al final él había hecho una obra y tenía que pagar a sus proveedores y tenía que tener una cierta lógica la contabilización de la obra, ¿no?”.

placeholder Registro en la sede del PP en 2013. (Efe)

De este literal se desprende que fue Lapuerta quien le comentó a Bárcenas la idea de proponerle al arquitecto que parte de los trabajos se los abonaran con dinero de la contabilidad B. Con esta premisa, tanto la Agencia Tributaria como los investigadores dan credibilidad a los ‘papeles de Bárcenas’ y entienden que efectivamente en el PP había una caja desde la que se pagó a Urquijo parte de la obra, concretamente 888.000 euros.

El último informe de la Agencia Tributaria, entregado la semana pasada al juzgado, sostiene que el arquitecto podría haber incurrido en un delito fiscal por no haber declarado la parte que cobró en negro, una cantidad que coincide con lo que Bárcenas le entregó, según sus apuntes manuscritos.

El PP, exento de declarar

Sin embargo, de un posible delito fiscal por parte del PP no aparece nada, y hay varias razones. La primera es que la responsabilidad de no declarar el IVA es del que emite la factura, es decir, del que cobra. Por otro lado, se le podría hacer responsable de no declarar las donaciones recibidas por parte de empresarios. Sin embargo, según la Ley 6/2007 sobre Financiación de Partidos Políticos, las donaciones están exentas de tributación. El debate que todavía está abierto en ese asunto es que en el caso que las donaciones recibidas por la formación fueron superiores a las establecidas por ley –100.000 euros anuales por cada donante– sídeberían tributarse. En otro informe de septiembre del pasado año, la Agencia Tributaria ya sostenía que estaban igualmente exentas porque el artículo 10.2 apartado C de la norma deja abierta esta posibilidad. Dice que están exentas de tributación “las donaciones privadas efectuadas por personas físicas o jurídicas, así como cualesquiera otros incrementos de patrimonio que se pongan de manifiesto como consecuencia de adquisiciones a título lucrativo”.

placeholder El juez Pablo Ruz. (Efe)

Hace unos días, Ruz requería a la Agencia Tributaria que rectificara o confirmara esta afirmación después de que Unión Progreso y Democracia (UPyD) aportara en el juzgado, a pesar de no ser parte en el procedimiento, la respuesta a una consulta realizada a la Dirección General de Tributos. El organismo señala que “los partidos políticos gozarán de exención en el Impuesto sobre Sociedades para los rendimientos e incrementos de patrimonio que se relacionan en su apartado dos, obtenidos para la financiación de la actividades que constituyen su objeto o finalidad específica. La exención resulta de aplicación exclusivamente a los rendimientos e incrementos de patrimonio que relaciona en el apartado dos del artículo 10 en los términos establecidos en este artículo y además, de acuerdo con el apartado uno, tales rendimientos e incrementos de patrimonio han de ser rentas obtenidas para la financiación de las actividades que constituyen su objeto o finalidad específica”.

Esta afirmación es interpretada por algunos como la obligación de declarar aquellas donaciones que son superiores a las fijadas por la ley, y para otros se entiende que las donaciones, a pesar de que no pueden ser superiores a lo establecido, siempre quedan exentas de tributación cuando sean empleadas para la financiación del partido.

En un auto previo, Ruz hablaba de una “eventual responsabilidad que pudiera alcanzar el PP por el Impuesto de Sociedades” del año 2008, que no habría prescrito, al haberalcanzado una “cuota eventualmente defraudada que conllevara, al menos en el plano hipotético, la presunta comisión de un delito contra la Hacienda imputable (…) a quien actuara como administrador o representante legal de la formación política”.

El Tribunal de Cuentas como último resquicio

El instructor tiene la vía abierta hasta que la Agencia Tributaria no dictamine definitivamente su postura al respecto. En caso de confirmarse la exención de esas donaciones, la única vía que quedaría sería denunciar ante el Tribunal de Cuentas el falseamiento por parte del PP de sus cuentas, al no cuadrar la contabilidad oficial aportada con las donaciones recibidas realmente por el partido, una vez que se dictamine que efectivamente la entrega de ese dinero se produjo.

Sin embargo, el presidente del tribunal, Ramón Álvarez de Miranda, explicó en el Congreso de los Diputados en septiembre del pasado año, cuando ya había estallado el caso de los ‘papeles de Bárcenas’, que todas las infracciones de los partidos cometidas antes de 2012 estarían prescritas porque la Ley de Financiación de 1987 y la reforma de 2007 no introdujeron un periodo de prescripción y, por tanto, cabría interpretar la prevista para las infracciones leves, que no excede los seis meses. Fue en 2012 cuando se estableció un plazo de prescripción de cuatro años.

A falta de los últimos informes definitivos, todo apunta a que el caso Bárcenasva a quedar reducido al arquitecto que realizó las obras de la sede del Partido Popular de la calle Génova por un delito fiscal al cobrar parte de los trabajos en negro y al extesorero de la formación, Luis Bárcenas, como inductor del delito al ser este quien le propuso que parte de la factura fuera sin IVA, es decir, sin declarar a Hacienda.

Luis Bárcenas Álvaro Lapuerta
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