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Ruz invita a Hacienda a que rectifique su conclusión de que no hay delito fiscal del PP
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Ruz invita a Hacienda a que rectifique su conclusión de que no hay delito fiscal del PP

Ha dado traslado a la Agencia Tributaria de una documentación que podría contradecir su versión de que el PP no habría cometido un delito fiscal

Foto: El juez Pablo Ruz, a su llegada a la Audiencia Nacional. (Reuters)
El juez Pablo Ruz, a su llegada a la Audiencia Nacional. (Reuters)

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz acaba de dar traslado a la Agencia Tributaria de una documentación que podría contradecir su versión de que el Partido Popular no habría cometido un delito fiscal porque las donaciones ilegales están exentas de tributar y, por tanto, no superarían los 120.000 euros defraudados. Así, le requiere que analice la información y decida si quiere modificar sus conclusiones o si, de lo contrario, opta por ratificarlas.

En una providencia de la pieza separada de los ‘papeles de Bárcenas’ a la que ha tenido acceso El Confidencial, el magistrado remite un documento aportado por UniónProgreso y Democracia (UPyD) consistente en una consulta vinculante realizada a la Dirección General de Tributos el pasado mes de abril. El abogado de la formación preguntó si las donaciones que exceden de la cantidad fijada por la Ley de Partidos también están exentas de tributar o, al tratarse de donaciones ‘ilegales’, deberían hacerlo.

La respuesta confirmaba, en primer lugar, que los donativos ilegales no pueden estar amparados por la mencionada exención. Así lo dice claramente cuando indica que “a efectos de determinar el alcance de los conceptos de rentas relacionadas en el artículo 10 de la Ley Orgánica 8/2007 y delimitarlas habrá de atenderse a los términos en los que se definen en la propia Ley Orgánica 8/2007, de modo que tales rentas deberán cumplir las condiciones reguladas en dicha ley”.

Según la comunicación que le hizo llegar UPyD a Ruz, “queda claro que sólo los donativos que cumplan la ley gozarán de la exención establecida en el artículo 10 de la indicada ley. Y, en consecuencia, de ello se deduce necesariamente que aquellas donaciones utilizadas por el partido político que incumplan alguno de los requisitos legales (importe, origen de contratistas públicos, no contabilización) no pueden estar exentas, debiendo tributar al 25%”.


De esta manera, consideraba que una posible cuota impagada del 25% superior a 120.000 euros (límite del delito fiscal) “sólo podría minorarse (y quedar por debajo de esa cantidad) en la medida en que pudieran alegarse gastos que compensaran esos ingresos no exentos”. Estos serían, que estén en la contabilidad oficial, que se prueben o que exista correlación entre ingresos y gastos.

UPyD hizo esta consulta a la Dirección General de Tributoscomo lo puede hacer cualquier contribuyente. Ahora bien, sus conclusiones contradicen lo que apuntaba la Agencia Tributaria en su informe de septiembre de 2013, en el que concluía que las donaciones de los empresarios que aparecen en la contabilidad manuscrita del extesorero del PP Luis Bárcenas no constituirían delito porque estarían exentas de tributación por el Impuesto de Sociedades. En cuanto a este gravamen, el informe refiere que en 2007 el PP habría cobrado supuestamente donaciones por un importe de 542.000 euros y realizado pagos por 319.400 euros. La tributación en dicho impuesto procedería "en la medida que las rentas procedan de las actividades que constituyan su objeto social o finalidad específica, y dichas actividades no constituyan una explotación económica". Y certifica que a la vista de la normativa aplicable estas rentas son merecedoras de la exención prevista en dicho impuesto.

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz acaba de dar traslado a la Agencia Tributaria de una documentación que podría contradecir su versión de que el Partido Popular no habría cometido un delito fiscal porque las donaciones ilegales están exentas de tributar y, por tanto, no superarían los 120.000 euros defraudados. Así, le requiere que analice la información y decida si quiere modificar sus conclusiones o si, de lo contrario, opta por ratificarlas.

Luis Bárcenas Donaciones Caso Gürtel
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