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Don Juan Carlos, blindado judicialmente de todos los hechos sucedidos bajo su reinado
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protegerle en el futuro alberga muchas dudas

Don Juan Carlos, blindado judicialmente de todos los hechos sucedidos bajo su reinado

Don Juan Carlos de Borbón jamás podrá ser perseguido judicialmente por ningún hecho cometido durante su Reinado. La Constitución es clara cuando señala la inviolabilidad del Rey

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Don Juan Carlos de Borbón jamás podrá ser perseguido judicialmente por ningún hecho cometido durante su reinado. La Constitución es clara cuando señala la inviolabilidad del Rey, que “no estará sujeto” a ninguna responsabilidad. Todas las fuentes jurídicas consultadas coinciden en que al que fue el primer monarca de la democraciano se le podrá hacer responsable de ninguno de sus actos y en todo caso sólo se le podría pedir responsabilidades de lo ocurrido tras su abdicación. Todos sus actos han sido refrendados, y por tanto quedan blindados, y como rey no se le puede exigir que haga frente a posibles hechos ilícitos cometidos en el pasado. La pregunta que se plantea y que resolvió la ley orgánica que apruebó el pasado 3 de junioel Consejo de Ministros es cómomantener esa inviolabilidad por actuaciones posteriores.

En un principio, tanto los magistrados como letrados consultados mostraron sus dudas sobre la constitucionalidad de mantener esa condición una vez que dejarade ser rey. La inviolabilidad, recogida en el artículo 56, es en sí una excepción al artículo 14 de la Carta Magna, que recoge que todos somos iguales antes la ley. Sin embargo, la nueva ley orgánica buscaría alguna fórmula para mantenerlo, siempre y cuando desde la Casa Real haya interés en que así sea. Una alternativa que se podría dar es que la norma mantenga a Juan Carlos I los derechos en su condición de rey, lo que supondría la permanencia de la inviolabilidad a su persona.

Sin embargo, para algunas fuentes esta alternativa crearía cuando menos sus dudas porque iría en contra de lo establecido por la Constitución, que únicamente habla del monarca para este privilegio. Además, otras fuentes sostienen que de fijarlo así levantaría una polémica nada conveniente en el momento que vivíael país. Simplemente por estética, proteger al Reyde lo que pudiera hacer desde entoncesen adelante es un error.

Otras fuentes incluso fueron más allá y señalaron que, de mantener esa inviolabilidad para hechos que Don Juan Carlos pudiera cometer después de su abdicación, se estaría lanzando un mensaje a la sociedad de temor a la Justicia, algo que no debería ser así, sobre todo porque de lo que haya podido hacer en el pasado está totalmente blindado.

Un fuero especial

Lo que no descartan estas fuentes es que en el supuesto caso deque el asunto quedaracomo está y no le mantuvieran este derecho, sí se le podría conceder un fuero, como recoge la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial –aprobada por el Consejo de Ministros y pendiente de la tramitación parlamentaria– para la Reina y los Príncipes, que quedan aforados ante el Tribunal Supremo, es decir, que sólo deben responder ante este órgano. Claro está que con esta sucesión, Doña Sofía tampoco tendría fuero sino que, a partir de la entronización,sería exclusivamente para Doña Letizia y sus hijas, Leonor y Sofía.

Aun así, las fuentes consultadas reconocieronque hasta entontes nunca antes se había regulado una ley orgánica para la sucesión de la Corona, y por tanto no se tiene ninguna experiencia de lo que pudieracontener. Fuentes próximas a la Casa Real reconocieronsu preocupación por cómo elaborar esta norma que fijarala transición y en la situación que quedaba Don Juan Carlos.

Desde algunos sectores se veía la abdicación como el momento ideal para proceder judicialmente contra Don Juan Carlos, como ya se hizo con su hija, la infanta Cristina, algo que no puede ocurrir precisamente por la protección de la que goza. Precisamente por el caso Noós se hicieron públicos unos correos electrónicos que apuntaban al conocimiento de la Casa Real de los negocios del yerno del Rey, el imputado Iñaki Urdangarin. Tanto Don Juan Carlos como Alberto Aza (exjefe de la Casa del Rey) y Corinna Sayn-Wittgenstein, amiga del soberano, aparecen mencionados en varios documentos. “Disculpa mi silencio durante estos días, pero quería comprobar con mi suegro y con Alberto Aza también antes de contestarte”,reza uno de los correos electrónicos, enviado supuestamente por Urdangarin a Sayn-Wittgenstein.

"He puesto en copia a tu suegro y espero que esta propuesta despeje todas las dudas que puedas tener”, decía ella. El objetivo del intercambio de mails, fechados en 2004 y 2005, era la posible incorporación de Urdangarin a la Fundación Laureus, para lo que necesitaba la mediación de la aristócrata alemana, directora estratégica de la institución.“Te mando el currículum, como te comentó su majestad, Juan Carlos I, Rey de España. Espero recibir noticias positivas pronto", escribió el marido de la infanta Cristina.

Don Juan Carlos de Borbón jamás podrá ser perseguido judicialmente por ningún hecho cometido durante su reinado. La Constitución es clara cuando señala la inviolabilidad del Rey, que “no estará sujeto” a ninguna responsabilidad. Todas las fuentes jurídicas consultadas coinciden en que al que fue el primer monarca de la democraciano se le podrá hacer responsable de ninguno de sus actos y en todo caso sólo se le podría pedir responsabilidades de lo ocurrido tras su abdicación. Todos sus actos han sido refrendados, y por tanto quedan blindados, y como rey no se le puede exigir que haga frente a posibles hechos ilícitos cometidos en el pasado. La pregunta que se plantea y que resolvió la ley orgánica que apruebó el pasado 3 de junioel Consejo de Ministros es cómomantener esa inviolabilidad por actuaciones posteriores.

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