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Ruz investigará Guantánamo y el Sáhara a pesar del 'fin' de la justicia universal
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PROCEDE A LUZ DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES

Ruz investigará Guantánamo y el Sáhara a pesar del 'fin' de la justicia universal

El juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, se niega a archivar la causa de torturas de Guantánamo y otras dos causas abiertas en el desierto del Sáhara

Foto: El juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz (Reuters)
El juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz (Reuters)

El juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, se niega a archivar la causa de torturas deGuantánamo y otras dos causas abiertas en el Sáhara. El instructoracuerda incoar sumario por delitos de torturas y contra la integridad moral, en concurso con uno o varios delitos de crímenes de guerra por la cárcel norteamericana.Así, anuncia que elevará exposición razonada al Tribunal Supremo y, para ello, reitera la comisión rogatoria cursada en enero a Estados Unidos en la que se preguntaba por el estado actual de las investigaciones efectuadas allí a fin de valorar la concurrencia del principio de subsidiariedad.

En su auto, el juez analiza la situación creada con la nueva ley de jurisdicción universal para concluir que, de acuerdo a la nueva norma el delito de torturas y el de crímenes de guerra, no se podrían perseguir (a pesar de que una de las víctimas de la querella inicial tiene nacionalidad española), porque no se cumple el requisito de que el procedimiento vaya dirigido contra un español o extranjero residente en España.

Ahora bien, el magistrado explica quea la luz de los tratados internacionales suscritos por España, "nos encontraríamos ante una evidente colisión entre la regulación según derecho interno de la norma habilitadora de la extensión de la jurisdicción penal y las obligaciones contraídas por España en virtud de los tratados internacionales previamente ratificados y que integran nuestro ordenamiento jurídico".

Ruz recuerda asimismo los convenios de Ginebra y la Convención Contra la Tortura, que imponen a los estados firmantes la obligación de perseguir las infracciones que se contemplan en esos tratados. Para el magistrado se produce un evidente conflicto normativo, que en el caso presente debe analizarse también desde la óptica del principio de subsidiariedad.

placeholder Interior de la prisión de Guantánamo (Reuters)

La nueva ley, (artículo 23.5) prevé los requisitos por los que los delitos de jurisdicción universal no se perseguirán en España si se acredita que están siendo investigados en un tribunal internacional o en el estado del lugar donde se cometieron los hechos. Ruz analiza la nueva redacción del principio de subsidiariedad, los autos de la Sala Penal y la doctrina del Supremo sobre la materia, para concluir que procede reiterar la comisión rogatoria cursada en enero a Estados Unidos.

El magistrado quiere que le informen de la evolución y estado actual de las investigaciones llevadas a cabo allí. Cuando se incorpore esa comisión rogatoria elevara exposición motivada al Supremo para que se pronuncie sobre la posible concurrencia del principio de subsidiariedad.En cuanto a las causas del Sáhara, el instructor entiende que cuando se produjeron los hechos investigados era territorio español.

Las causa de Guatánamo proviene de una querella de cuatro víctimas encerradas en la prisión norteamericana, y dirigida contra el expresidente George Bush, el exvicepresidente Dick Cheney, el exsecretario de Defensa, Donald Rumsfeld, el general Michael Lehner, jefe militar de Guantánamo, y el general Geoffrey Miller, jefe de operaciones de detención e inteligencia de la base norteamericana.

Además, el juez rechaza archivar la investigación abierta a raíz de una querella presentada por genocidio y otros delitos contra varios militares marroquíes por crímenes en el Sáhara.En un auto, Ruz acuerda continuar con el procedimiento puesto que, tal y como informó el Ministerio Fiscal, los hechos se cometieron "en territorio que a todos los efectos, debe tener la consideración de español en el momento de comisión, tal y como se deriva de la legalidad y jurisprudencia nacional e internacional".

Según el magistrado, los delitos fueron cometidos contra ciudadanos españoles en el momento en que el Sáhara Occidental era provincia española, "en concreto entre los meses de noviembre de 1975 y el 28 de febrero de 1976 debiendo también asumirse la competencia de los hechos ocurridos con posteridad al abandono del territorio por parte de las autoridades españolas en la medida que los mismos resultan conexos con los anteriores".

Por otra parte, Ruz también se declara competente para mantener abierta la investigación iniciada a raíz de una querella por genocidio presentada por la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos contra varios dirigentes del Frente Polisario. El magistrado entiende igualmente que los hechos se habrían cometido "en territorio que a todos los efectos debe tener la consideración de español".

El juez de la Audiencia Nacional, Pablo Ruz, se niega a archivar la causa de torturas deGuantánamo y otras dos causas abiertas en el Sáhara. El instructoracuerda incoar sumario por delitos de torturas y contra la integridad moral, en concurso con uno o varios delitos de crímenes de guerra por la cárcel norteamericana.Así, anuncia que elevará exposición razonada al Tribunal Supremo y, para ello, reitera la comisión rogatoria cursada en enero a Estados Unidos en la que se preguntaba por el estado actual de las investigaciones efectuadas allí a fin de valorar la concurrencia del principio de subsidiariedad.

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