Es noticia
El fiscal acusa al juez Castro de urdir una conspiración para imputar a la Infanta
  1. España
DESMONTA LOS ARGUMENTOS DEL AUTO

El fiscal acusa al juez Castro de urdir una conspiración para imputar a la Infanta

La guerra abierta entre José Castro, el juez de Palma que ha imputado a la infanta Cristina de Borbón y el fiscal del caso es ya más que evidente.

Foto: La infanta Cristina (Efe)
La infanta Cristina (Efe)

La guerra abierta entre el juez de Palma que ha imputado a la infanta Cristina de Borbón y el fiscal del caso es ya más que evidente. Anticorrupción anunció ayer que no recurría la imputación porque la hija de los Reyes ya había anunciado que sí iba a prestar declaración. Sin embargo, el fiscal se guardaba un as en la manga. Hoy mismo ha presentado un escrito desmontando uno a uno todos los argumentos de José Castro y le pide que antes del 8 de febrero cite como peritos a los inspectores de la Agencia Tributaria que han realizado los informes, y como testigo a la inspectora jefe de la UDEF que ha liderado toda la investigación del caso Nóos.

Según Anticorrupción, todos ellos tienen el derecho de defenderse de las acusaciones que el propio juez les ha hecho en su auto de imputación cuando decía que no se creía sus afirmaciones de que la Infanta no ha cometido un delito fiscal.

Para la Fiscalía, todas estas personas son las que han llevado el peso de la instrucción y merecen ser escuchadas para dar su versión de los hechos. “Han sido objeto de imputaciones e insinuaciones relativas al encubrimiento de intereses espurios ajenos al cumplimiento de su labor profesional. Teoría conspiratoria sobre la que el propio magistrado se apoya para justificar la existencia de indicios delictivos que avalen la imputación de Doña Cristina de Borbón”, recoge el fiscal Pedro Horrach.

En su auto, el instructor habla de “dudas” sobre de la apariencia delictiva de las conductas de naturaleza tributaria atribuidas a la esposa de Iñaki Urdangarin, por lo que es esencial escuchar a los inspectores para aclarar esas dudas. “Sin olvidar que las 'dudas' no sirven como base de una imputación, porque la 'duda' en un procedimiento penal equivale a la mera conjetura, sospecha o especulación, y sobre la que ni se puede ni se debe, de acuerdo con los principios básicos del Derecho Penal, articular una imputación”, añade.

Reproches éticos

El fiscal sostiene que de otra manera “se corre el grave riesgo de que la toma de declaración de Doña Cristina de Borbón verse sobre reproches éticos y no sobre hechos presuntamente delictivos”.

A su juicio, Castro hace imputaciones a la Infanta que no encajan con la realidad. Por ejemplo, el juez sostiene que Aizoon repartió dividendos a sus socios -Cristina de Borbón y su marido- camuflados bajo gastos personales ajenos a la actividad mercantil. “Pero se hace necesario reiterar, una vez más, que el hecho de imputar gastos personales ajenos a la actividad mercantil como costes de explotación no se contempla en el Código Penal como figura delictiva, por lo que la conclusión del instructor, a efectos penales, es inocua e irrelevante”, afirma.

La segunda conclusión del auto, esto es, el doble efecto fiscal defraudatorio en las cuotas del Impuesto de Sociedades de Aizoon y en las cuotas del IRPF de doña Cristina y Urdangarin, “es radicalmente errónea, y en todo caso, irrelevante penalmente, si las cuotas defraudadas no superan los 120.000 euros”.

En su escrito, Horrach explica porqué la Infanta no ha cometido delito fiscal. Entiende que el hecho de no repartir dividendos e imputar como costes de explotación, gastos estrictamente personales ajenos a la actividad mercantil, es fiscalmente (tributariamente) “neutro”. Además, añade que si Aizoon hubiera seguido los criterios del instructor, es decir, reparto formal y real de dividendos, “el importe de la cuota presuntamente defraudada sería inferior a la que resulta de las actuaciones tributarias efectivamente realizadas por Aizoon y sus socios”.

placeholder

Cuando el magistrado dice que es imposible determinar las cuotas que la infanta podría haber supuestamente defraudado a la Hacienda Pública es una afirmación errónea para el fiscaly que obedece a un déficit interpretativo de la normativa tributaria”. No sólo es posible determinar las cuotas que Doña Cristina de Borbón podría haber supuestamente defraudado a la Hacienda Pública en sus declaraciones del IRPF, “sino que hacerlo resulta sumamente sencillo”, subraya.

Por otro lado, critica a Castro por teorizar sobre gastos personales cargados a la sociedad, “cuando es conocida su nula relevancia penal, y no dudo que dicho conocimiento es compartido por el juez instructor”. Asimismo, Castro afirma ser “escasamente probable” que la cuota defraudada supere los 120.000 euros, afirmación de todo punto errónea, por cuanto no solamente es “escasamente probable”, sino “materialmente imposible”.

Se lo repartieron Urdangarin y su socio

Señala el fiscal en su escrito que el juez habla de tres facturas emitidas en el ejercicio 2007 por la mercantil Intuit contra Aizoon por un importe global de 69.990 euros. Considera el magistrado que no puede compartir el criterio de la Agencia Tributaria de calificar como deducibles, a efectos de liquidación del Impuesto de Sociedades de Aizoon del ejercicio 2007, dichas facturas, por concurrir en las mismas serias y graves irregularidades. Califica de incompresible que hayan sido objeto de deducción cuando la propia Agencia Tributaria las había considerado como “simuladas”. Además, dice el juez que al no ser deducibles dichas facturas, la consecuencia es que la liquidación del Impuesto en el ejercicio 2007 supera los 120.000 euros, y por tanto, sería indiciaria de la comisión de un delito contra la hacienda pública. Afirmación que para el fiscal no se acoge a la realidad.

Diego Torres (Efe)Según se ha podido ir demostrando a lo largo de la instrucción es que Nóos y todas las sociedades mercantiles que giraban en torno al mismo, incluida Aizoon, no eran más que un entramado societario ficticio creado para drenar los fondos percibidos por el Instituto Nóos, es decir, se trataba de entidades pantalla sin capacidad operativa cuyo objetivo era consumar la apropiación de fondos públicos percibidos por el citado Instituto. Las facturas de Intuit sirvieron para repartirse equitativamente dichos fondos entre Urdangarin y su socio Diego Torres. “Ello implicó, lógicamente, que desmontado el velo societario, se atribuyesen los rendimientos a las personas físicas ocultas bajo el entramado societario, lo que conllevó, como consecuencia directa e ineludible, la imputación a cuenta del IRPF de sus responsables, Urdangarin y Torres”, explica el fiscal. Por tanto, las tres facturas de Intuit SL objeto de debate, al igual que otros cientos de facturas, “fueron y siguen siendo consideradas por la AEAT como simuladas”. Y añade: “Si el juez tiene otra teoría acerca del reparto del beneficio entre los dos responsables del Instituto Nóos, es hora de que la exponga”.

Por otro lado, cuando en el auto, Castro afirma que “se desconoce por qué se deja al margen a Doña Cristina de Borbón”, Horrach recuerda que cuando en 2011 se inicia un proceso inspector a Noós por movimientos de billetes de 500 euros no se solicitó ni se cargó a la Infanta porque no se detectó participación alguna de la misma ni en el movimiento de billetes ni en el entramado societario. “La razón de que la Agencia Tributaria no lo hiciese es la misma por la que ni el fiscal ni el juez solicitaron la imputación, no existían datos de los que se derivase su vinculación con un fraude fiscal, ni la existencia de fraude fiscal alguno relativo a la anterior”. Y recuerda que fue Castro quien denegó la suspensión del procedimiento inspector por falta de indicios de fraude fiscal, el mismo que dice ahora “de modo incomprensible, que desconoce por qué se deja al margen a Doña Cristina de Borbón”.

Para acabar, el fiscal hace una reflexión: “Si el propio instructor manifiesta reiteradas dudas e hipótesis acerca de la correcta tributación de determinados rendimientos, y expone un abanico variopinto de posibilidades, tributación conjunta o independiente, levantamiento del velo o no, entre otras, y la acusación popular presenta a su vez hasta tres posibilidades distintas de tributación y participación, resulta incongruente que se impute a Doña Cristina De Borbón, ajena a la administración de la sociedad, por presuntamente conocer cómo y de qué forma tenían legalmente que tributar los rendimientos de Aizoon”.

La guerra abierta entre el juez de Palma que ha imputado a la infanta Cristina de Borbón y el fiscal del caso es ya más que evidente. Anticorrupción anunció ayer que no recurría la imputación porque la hija de los Reyes ya había anunciado que sí iba a prestar declaración. Sin embargo, el fiscal se guardaba un as en la manga. Hoy mismo ha presentado un escrito desmontando uno a uno todos los argumentos de José Castro y le pide que antes del 8 de febrero cite como peritos a los inspectores de la Agencia Tributaria que han realizado los informes, y como testigo a la inspectora jefe de la UDEF que ha liderado toda la investigación del caso Nóos.

Infanta Cristina Caso Nóos
El redactor recomienda