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La ley antiterrorista española, de las más blandas pese al varapalo de Estrasburgo
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Manifestación en colón de las víctimas

La ley antiterrorista española, de las más blandas pese al varapalo de Estrasburgo

La legislación antiterrorista española acaba de sufrir un duro revés en Estrasburgo con la derogación de la doctrina Parot, pero es una de las más benevolentes.

Foto: Juicio en la Audiencia Nacional contra la supuesta trama de financiación de ETA (EFE)
Juicio en la Audiencia Nacional contra la supuesta trama de financiación de ETA (EFE)

La legislación antiterrorista española acaba de sufrir un duro revés en Estrasburgo con la derogación de la doctrina Parot. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado contraria a derecho una interpretación del cómputo de las penas que había conseguido previamente el aval de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. La decisión del tribunal europeo no sólo ha puesto en tela de juicio el sistema normativo español por ese caso en concreto, sino que ha reabierto el debate sobre la proporcionalidad de toda la legislación que se aplica en los supuestos de terrorismo. Las víctimas del terrorismo se concentrarán este domingo en la Plaza de Colón para protestar contra el fallo de Estrasburgo y denunciar sus consecuencias. Hasta 136 reclusos de ETA podrían abandonar la cárcel en cuestión de semanas.

La discusión sobre la dureza de la legislación antiterrorista española arreciará previsiblemente en los próximos meses a medida que avance la tramitación parlamentaria del proyecto de ley de reforma del código penal, una de las aspiraciones del ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, para esta legislatura. Entre sus medidas más controvertidas incluye la cadena perpetua revisable para los criminales especialmente atroces, una propuesta que está encontrando una dura oposición entre los sectores más progresistas del mundo judicial.

Sin embargo, los expertos consideran que la legislación española no se distingue por su contundencia en comparación con las de su entorno. “Otros países, como Estados Unidos y Reino Unido, han endurecido recientemente su legislación tras sufrir graves atentados”, explica Abraham Barrero, profesor de la Universidad de Sevilla, coautor de una investigación sobre la legislación antiterrorista en los países occidentales. “Los atentados de Nueva York en 2001 y de Londres en 2005 desencadenaros legislaciones más restrictivas, pero eso sin embargo no ocurrió en España tras el 11-M. No puede decirse que la legislación española sea especialmente dura, en comparación con la del resto de países occidentales”, apunta el profesor de la Universidad de Sevilla.

Estancia máxima en prisión

En España, el tiempo máximo que un terrorista puede permanecer en prisión pasó en 2003 de los 30 años a los 40. Ningún criminal puede permanecer más tiempo entre rejas, por elevada que sea la condena que le hayan puesto los tribunales. Sin embargo, en el resto de países europeos opera desde hace tiempo la cadena perpetua revisable que propone ahora Gallardón. En ese modelo, los terroristas deben cumplir generalmente un periodo mínimo de seguridad. Una vez alcanzada esa barrera, tienen derecho a que su situación se revise anualmente. Y si se dictamina que se han reinsertado y ya no son una amenaza para la sociedad, pueden volver a la calle.

En Bélgica la estancia mínima es de 10 años, en Francia, Austria y Alemania, de 15 años, y en Italia, de 26, según el Centro Internacional de Estudios Penitenciarios. La propuesta del Ministerio de Justicia se decanta en principio por fijar el periodo mínimo en prisión en 25 años o 35 años, dependiendo de la gravedad de los crímenes cometidos.

La etarra del río sale de la cárcel tras el fallo que anula la doctrina parotEl principal instrumento que ofrece este sistema es que sólo los terroristas que han renunciado a la violencia pueden conseguir la libertad, algo que no ocurre con el sistema actual. Ni Inés del Río Prada, ni Antonio Troitiño Arranz, ni Juan Manuel Piriz López, los tres etarras que ya han sido excarcelados como consecuencia del fallo de Estrasburgo, han renunciado a su pasado terrorista y, en realidad, siguen formando parte del entramado de ETA. En la mayoría de países europeos, no habrían salido de prisión hasta que no hubieran acreditado su desvinculación de la actividad terrorista. En otros países, como Reino Unido y Holanda, donde se aplica la cadena perpetua sin revisión –aunque tienen mecanismos para rebajarla-, su estancia en la cárcel incluso podría haberse prolongado hasta el fin de sus días.

Jurisdicción militar en Estados Unidos

Estados Unidos se sale de la clasificación. Un condenado por terrorismo no sólo se expone a pasar toda su vida entre rejas, sino que también puede ver como los tribunales deciden acabar con ella. Los delitos de terrorismo incluso son susceptibles de ser juzgados por un tribunal militar si se decreta que el criminal ha sido un enemigo para el país. En ese caso, el resultado puede ser la pena de muerte, con independencia del Estado en el que se haya cometido el delito o haya sido detenido el acusado.

“Los cambios en el Cógido Penal que se han hecho en los últimos años en España han ido encaminados sobre todo a adaptarlo al fenómeno del terrorismo islamista”, explica Miguel Ángel Cano, profesor de Derecho de la Universidad de Granada. “Algunos han sido peligrosos, como el cambio del artículo 579 del Código Penal que establece un criterio tan amplio para el delito de enaltecimiento del terrorismo que cualquier persona que se descargue un manual yihadista aunque sea para su estudio puede acabar siendo acusado”, añade el profesor de la Universidad de Granada. “No obstante, otros países como Alemania o Reino Unido han ido mucho más lejos que España, introduciendo preceptos más restrictivos”.

El lapso de tiempo entre la detención y la entrega a los tribunales puede ser utilizado por las fuerzas de seguridad para obtener nueva información. Sin embargo, la existencia de ese periodo es criticada por las organizaciones de defensa de los derechos humanos

En Francia, por ejemplo, se han aprobado reformas legales que permiten a las fuerzas de seguridad establecer una vigilancia sobre una persona que no es sospechosa de cometer ningún delito. También ha modificado su ley para perseguir a las personas que viajen a terceros países para recibir adiestramiento terrorista, una modificación que ya introdujo Alemania en 2009. La policía germana tiene autorización desde ese año para violar el secreto profesional de médicos, abogados y periodistas en el marco de investigaciones antiterroristas y también para perseguir a criminales fuera de las fronteras alemanas. La mayoría de esos cambios fueron asumidos por el Reino Unido en 2006 con la Terrorist Act, la ley promulgada como respuesta a los atentados de Londres de un año antes. No sólo reguló nuevas tipologías delictivas que hasta ese momento no contemplaba su legislación, sino que elevó de 14 a 28 días el periodo que un acusado de terrorismo puede estar detenido por la policía sin pasar a disposición judicial.

Plazo de detención incomunicada

Ese es precisamente otro de los puntos clave en cualquier legislación antiterrorista. El lapso de tiempo entre la detención y la entrega a los tribunales puede ser utilizado por las fuerzas de seguridad para obtener nueva información. Sin embargo, la existencia de ese periodo es criticada por las organizaciones de defensa de los derechos humanos porque consideran que el detenido carece durante esas horas de mecanismos para garantizar sus derechos elementales, como el derecho a un abogado o el derecho a no declarar contra uno mismo.

Algunos de los presos que pueden beneficiarse tras la derogación de la doctrina parot España tiene un periodo de detención similar al de otros países de su entorno. La Constitución fija el límite de detención en 72 horas, pero en el caso de los delitos de terrorismo, y siempre que esté justificado, puede prorrogarse ese plazo otras 48 horas por decisión judicial, hasta llegar a los cinco días en total. En la práctica, en muy pocas ocasiones se extienden los tres primeros días. Lejos quedan los 28 días de Reino Unido, que llegó a someter a debate parlamentario la extensión de ese plazo hasta los 90 días, aunque la medida fue finalmente desechada.

Por su parte, en Francia el periodo máximo de detención de un terrorista antes de pasar a disposición policial es de seis días; en Alemania, de dos; en Italia, de cuatro; en Irlanda, de siete; en Australia, de 12; y en Rusia, de 30. Fuera del mundo occidental, el plazo de detención incomunicada se dispara hasta los cuatro meses en Arabia Saudía y hasta los seis meses en los casos de India y China. Estados Unidos pertenece al mundo civilizado pero dispone de prisiones como las de Guantánamo en las que un recluso puede pasar años sin saber exactamente de qué cargos se le acusa. Estrasburgo ha sacado los colores a los tribunales españoles pero la legislación nacional se encuentra entre las más garantistas del primer mundo, aunque la reforma del Código Penal aumentará su contundencia.

La legislación antiterrorista española acaba de sufrir un duro revés en Estrasburgo con la derogación de la doctrina Parot. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado contraria a derecho una interpretación del cómputo de las penas que había conseguido previamente el aval de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. La decisión del tribunal europeo no sólo ha puesto en tela de juicio el sistema normativo español por ese caso en concreto, sino que ha reabierto el debate sobre la proporcionalidad de toda la legislación que se aplica en los supuestos de terrorismo. Las víctimas del terrorismo se concentrarán este domingo en la Plaza de Colón para protestar contra el fallo de Estrasburgo y denunciar sus consecuencias. Hasta 136 reclusos de ETA podrían abandonar la cárcel en cuestión de semanas.

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