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La Audiencia absuelve el exjefe militar de ETA, Txeroki, por falta de pruebas
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EL TRIBUNAL ORDENA DEVOLVERLO A FRANCIA

La Audiencia absuelve el exjefe militar de ETA, Txeroki, por falta de pruebas

La Audiencia Nacional acaba de absolver al exjefe militar de la banda terrorista ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, alias Txeroki, por el atentado del hotel Port Denia

Foto: El exdirigente de ETA Garikoitz Aspiazu,
El exdirigente de ETA Garikoitz Aspiazu,

La Audiencia Nacional acaba de absolver alexjefe militar de la banda terrorista ETAGarikoitz Aspiazu Rubina, alias'Txeroki',por el atentado del hotel Port Denia de Alicante que dejó cinco heridos en 2005, por falta de pruebas.

En una sentencia notificada hoy, la Sección Primera de lo Penal señala que esa insuficiencia de pruebas lleva “de modo directo” a la absolución de Txeroki y también de su compañera de comando Leire López Xurutuza.

La decisión tiene un voto particular en el que pedía que se les condenara a 17 años de cárcel por un delito de estragos terroristas. El tribunal también ordena que se devuelva a Txeroki a Francia, donde fue detenido y condenado.

En el juicio, el líder terrorista se negó a declarar al no reconocer “la capacidad de juzgar de este tribunal y no voy a participar en este espectáculo mediático".

La Fiscalía había solicitado condenas de 17 años de cárcel para cada uno de los acusados y pidió al tribunal que valorara su negativa a declarar. Las defensas sin embargo ya habían solicitado sulibre absoluciónal no haber pruebas contra sus clientes.

El tribunal señala asimismo que la única prueba que existe contra ellos son las declaraciones del etarra ya condenado por estos hechos, José Ángel Sánchez Lerín, en sede policial, versión que luego no ha sido ratificada en sede judicial. En el juicio fue citado como testigo pero, sin embargo, alegó que todo lo dicho ante la policía fue bajo torturas. Para la Sala, se trata de “unas manifestaciones preprocesales, que Lerín nunca ha ratificado ante la autoridad judicial y de las que expresamente se retractó en el acto del juicio, alegando que fue obligado a declarar bajo torturas”.

Las declaraciones de un coimputado ante la policía, dice la jurisprudencia constitucional, “no son prueba” al no haberserealizado en presencia de la autoridad judicial, “único órgano que, dotado de independencia e imparcialidad, asegura la fidelidad del testimonio y su eventual eficacia probatoria”.

Además, al margen de las declaraciones de Lerín, el tribunal señala que no hay otros elementos incriminatorios contra los dos acusados. Que fuera una mujer quien llamara al servicio automovilístico para advertir de la colocación de la bomba, “no arroja información precisa aluna contra la acusada”.

La Audiencia Nacional acaba de absolver alexjefe militar de la banda terrorista ETAGarikoitz Aspiazu Rubina, alias'Txeroki',por el atentado del hotel Port Denia de Alicante que dejó cinco heridos en 2005, por falta de pruebas.

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