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Sentencia del Faisán: una motivación política, dos únicos culpables policiales
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el chivatazo buscaba no frenar la negociación

Sentencia del Faisán: una motivación política, dos únicos culpables policiales

El caso Faisán se cierra por la vía de en medio. Condena a los dos policías por revelación de secretos pero no señala a responsable político alguno.

Foto: Enrique Pamiés (izq) y José María Ballesteros, los dos policías condenados por el caso Faisán. (EFE)
Enrique Pamiés (izq) y José María Ballesteros, los dos policías condenados por el caso Faisán. (EFE)

El caso Faisán se cierra por la vía de en medio. La Audiencia Nacional no considera que los dos únicos procesados por la filtración a ETA colaboraran con la organización terrorista, tal y como defendían las asociaciones de víctimas, aunque les condena a año y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación por un delito inferior de revelación de secretos. La sentencia tampoco señala a ningún responsable político de este deplorable episodio de la lucha antiterrorista, a pesar de las acusaciones que el Partido Popular formuló a lo largo de toda la pasada legislatura contra las cúpulas del Ministerio del Interior de los Gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero. Pero, de nuevo, el fallo tampoco da la razón al PSOE porque, después de todo, considera probado que el chivatazo existió y frustró una operación contra el aparato de extorsión de ETA.

No hay vencedores en la batalla política que subyace al caso Faisán desde el mismo 4 de mayo de 2006, el día que se avisó al dueño del Bar Faisán de Irún, Joseba Elosua, de que un dispositivo policial iba a golpear su red de extorsión. Sí hay perdedores, el exjefe superior de Policía Nacional del País Vasco Enrique Pamiés y el inspector de Policía José María Ballesteros. La sentencia considera probado que Pamiés comunicó a Elosua el operativo que estaba en marcha a través de un teléfono móvil que fue facilitado personalmente al dueño del Bar Faisán por Ballesteros.

Las trayectorias profesionales de ambos agentes incorporan un enorme borrón. Puede que sea el último. No irán a la cárcel porque no tienen antecedentes y la condena no rebasa los dos años de prisión, pero la inhabilitación supondrá su expulsión automática del cuerpo. Con todo, la sentencia no es firme. Ambos han anunciado que recurrirán el dictamen al Tribunal Supremo y el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha asegurado que no perderán su condición de policías hasta que el Alto Tribunal no se pronuncie para poner el punto y final a este caso.

Las dudas sin resolver

Incluso después del pronunciamiento del Supremo, seguirán las incógnitas. El fallo de la Audiencia Nacional incurre en una contradicción que subraya los agujeros negros que no han sido capaces de despejar ni los tres jueces que se encargaron de la instrucción ni los tres magistrados que firman la sentencia. El dictamen recuerda que los hechos tuvieron lugar en pleno proceso de negociación del Ejecutivo de Zapatero con la cúpula de ETA. Incluso especifica que esas conversaciones estaban avaladas por la mayoría del Congreso y del Parlamento Europeo. En esas circunstancias, afirma el fallo, “con el designio de no entorpecer la situación política abierta de diálogo, para acabar con la actividad de ETA, a estos efectos, [Pamiés] desarrolló una actuación tendente a tal fin”. También da por probado que este informó a Elosua de que el aviso no tenía otra intención que evitar que esa operación contra ETA perjudicara al “proceso político”.

Es decir, que para el tribunal está acreditado que el soplo tuvo una motivación claramente política. Sin embargo, pese a ello, en la sentencia se circunscribe ese interés político a dos funcionarios de policía. Parece como mínimo absurdo concluir que dos agentes decidieron por su cuenta y riesgo (“acción ejercitada voluntariamente”, insiste el fallo) jugarse sus carreras para evitar el efecto que ese dispositivo podía tener en un ámbito que evidentemente les trascendía. Si la responsabilidad política es la única que permite explicar este episodio, como sostiene el tribunal, es obvio que los sujetos que la ejercían en aquel momento se han librado de la Justicia.

No hay rastro de ellos en la resolución. El relato de los hechos probados arranca con Pamiés como único protagonista, pese a que la instrucción y las sesiones de la vista oral sirvieron para demostrar que Pamiés estuvo en contacto con su superior en aquel entonces, el exdirector general de la Policía Víctor García Hidalgo, y que en la listas de llamadas también hay comunicaciones de este último con un teléfono atribuido a la cúpula de Interior. García Hidalgo estuvo imputado casi hasta el final de la instrucción, pero la sentencia se esfuerza en limitar los daños a Pamiés y Ballesteros. El caso arranca y termina en ellos, al menos por ahora. El representante del Ministerio Público, Carlos Bautista, les pidió que tiraran de la manta, igual que “Amedo en los GAL”.

Un PP perdido en contradicciones

La ausencia de responsables políticos es uno de los motivos que explican el bajo perfil que ha adoptado el Partido Popular durante los últimos meses en la gestión pública del caso, en contraste con la beligerancia que exhibió cuando estaba en la oposición. Al conocerse la sentencia este miércoles, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se limitó a expresar su “respeto” y “acatamiento”. Exactamente lo mismo hizo Fernández Díaz, que además no ejecutará la inhabilitación de los agentes hasta que la decisión no sea inamovible.

Sin duda, el objetivo del Partido Popular no eran los dos policías que han acabado siendo condenados por la revelación, sino sus autores intelectuales, una paradoja difícil de conjugar para el PP: mantener el mensaje de firmeza contra ETA sin cebarse con dos funcionarios que, según su versión, sólo son víctimas de una decisión tomada en esferas superiores. A lo largo de la vista oral, el abogado que ejercía la acusación popular en nombre de Génova se limitó a hacer una decena de intervenciones sin ningún valor para la causa. Ahora, el PP y las otras dos acusaciones populares, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y Dignidad y Justicia (DyJ), tendrán que hacer frente a parte de las costas porque el tribunal considera que "su actuación no ha sido determinante, máxime cuando ha existido una acusación pública (Ministerio Fiscal), cuya tesis acusatoria principal es la que se ha acogido".

La sentencia desacredita a Rubalcaba

El PSOE queda tocado, pero sólo parcialmente. El actual secretario general de los socialistas, Alfredo Pérez Rubalcaba, llegó al Ministerio del Interior unos días antes de que se produjera el chivatazo yfue el encargado de asumir su responsabilidad y administrarlo. Durante meses, negó que existiera el incidente que la Audiencia Nacional considera ahora demostrado. Este miércoles mostró su “respecto” por la sentencia, aunque dijo que será el Tribunal Supremo “el que tenga la última palabra”. Su credibilidad se ve afectada, aunque podría haber sido mucho peor.

Las partes ya han anunciado que recurrirán al Alto Tribunal. “Creíamos que conseguiríamos la absolución en la vista oral y seguimos pensando que tiene que ocurrir claramente lo mismo en el Tribunal Supremo”, señala María Ponte, abogada de Pamiés. “La sentencia carece de motivación y el tribunal no se ha pronunciado sobre la mayoría de las pruebas que presentamos. Estamos muy decepcionados. Esto no era lo que esperábamos y por supuesto que vamos a recurrir”, afirma.

Lo mismo opina el Sindicato Unificado de Policía (SUP), que ha defendido desde el principio la inocencia de Pamiés y Ballesteros. El SUP acusa al tribunal de dictar una sentencia “empujada desde el Gobierno y desde el Partido Popular, que ya tienen las cabezas de turco que buscaban para usarlos en la disputa política en un comportamiento tan miserable como habitual”.

Del lado de las acusaciones, tanto la AVT como DyJ han anunciado que también recurrirán. La primera ya ha abierto una cuenta para solicitar donaciones con las que cubrir los gastos del proceso y del recurso. Considera que la sentencia no aclara quién “dio órdenes superiores” y denuncia la tibieza de las penas. Por su parte, DyJ lamenta que el dictamen considere que el soplo no tuvo ninguna repercusión en la actividad de ETA. “La sentencia queda coja y es insuficientemente justa para el delito que verdaderamente se cometió y nunca debía ni deberá volverse a cometer”, afirma la asociación que preside Daniel Portero. También cree que “falta por incluir” en ella a los “responsables políticos”. Ese punto, más que de Justicia, parece ya una cuestión de tiempo.

El caso Faisán se cierra por la vía de en medio. La Audiencia Nacional no considera que los dos únicos procesados por la filtración a ETA colaboraran con la organización terrorista, tal y como defendían las asociaciones de víctimas, aunque les condena a año y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación por un delito inferior de revelación de secretos. La sentencia tampoco señala a ningún responsable político de este deplorable episodio de la lucha antiterrorista, a pesar de las acusaciones que el Partido Popular formuló a lo largo de toda la pasada legislatura contra las cúpulas del Ministerio del Interior de los Gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero. Pero, de nuevo, el fallo tampoco da la razón al PSOE porque, después de todo, considera probado que el chivatazo existió y frustró una operación contra el aparato de extorsión de ETA.

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