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El Tribunal Supremo tumba el polémico indulto de Zapatero al banquero Alfredo Sáenz
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FALLA A FAVOR DEL RECURSO PRESENTADO HACE UN AÑO POR UN ACCIONISTA DEL BANCO SANTANDER

El Tribunal Supremo tumba el polémico indulto de Zapatero al banquero Alfredo Sáenz

Golpe de efecto en polémico indulto al banquero Alfredo Sáenz. Los ocho magistrados de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo

Foto: El Tribunal Supremo tumba el polémico indulto de Zapatero al banquero Alfredo Sáenz
El Tribunal Supremo tumba el polémico indulto de Zapatero al banquero Alfredo Sáenz

Golpe de efecto en polémico indulto al banquero Alfredo Sáenz. Los ocho magistrados de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo votaron este martes por unanimidad a favor del recurso presentado hace un año contra el indulto que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero concedió al consejero delegado y vicepresidente del Banco Santander poco antes de concluir la legislatura, a finales de noviembre de 2011.

En enero de 2012, la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo admitió a trámite el recurso y requirió el expediente informativo del caso al Ejecutivo. Esa decisión se ha resuelto un año después y ha dado por buena la tesis según la cual el Gobierno puede indultar "los delitos y sus penas accesorias", pero no una norma de carácter administrativo "que ni siquiera tiene carácter sancionador", como los antecedentes penales.

El Alto Tribunal considera que el Gobierno no tiene potestad para suprimir sus antecedentes penales, elemento clave para que Alfredo Sáenz siguiera habilitado para ejercer como banquero, situación que se produjo en marzo de 2011 con la pena de tres meses de cárcel dictada por el Supremo. Esa "falta de honorabilidad" que le impediría trabajar en el sector bancario es una "norma administrativa" que queda fuera de las competencias del Gobierno.

El fallo estima que el Gobierno se excedió en la aplicación del indulto, al permitir que su decisión burlara la normativa bancaria que inhabilita con antecedentes penales. Para ello, el indulto excluyó que las "otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente Real Decreto".

Esta base jurídica había hecho que el propio Tribunal Supremo hubiera desaconsejado conceder el indulto al consejero delegado de Banco Santander. Poco antes de la decisión del Gobierno de Zapatero, la Sala Penal estimó que "no se aprecia la concurrencia de razones de justicia o equidad para la concesión del indulto, por lo que informa desfavorablemente", a pesar de que la Fiscalía y la Abogacía del Estado estaban a favor del perdón.

Estos elementos fueron los esgrimidos por el entonces presidente del Gobierno para tomar esa decisión. Sólo unos días después, Rodríguez Zapatero aseguró que no tiene "ninguna" deuda "en absoluto" con el presidente del Banco de Santander, Emilio Botín, y que el indulto al consejero delegado "se entendió que era razonable y punto". Había informes favorables y "no tiene más explicaciones. Le parecía razonable al ministro de Justicia y así lo hicimos".

Casi 20 años después

El caso de Alfredo Sáenz se remonta casi 20 años atrás. El banquero fue denunciado por los empresarios Pedro Olabarría, Modesto González Mestre y los hermanos José Ignacio y Luis Fernando Romero García, que fueron detenidos y encarcelados en 1994 por el entonces juez Lluís Pasqual Estevill a instancias de Banesto, entidad de la que Sáenz era presidente. El banco les reclamaba más de 600 millones de pesetas que, según la Justicia, no debían.

En diciembre de 2009, la Audiencia condenó a Sáenz y a otros directivos de Banesto a seis meses y un día de prisión y a multa por un delito de “acusación y denuncia falsa, concurriendo la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas”. Más tarde, el Supremo determinó que había cometido delito y, aunque rebajó la pena, sustituyó la de inhabilitación para el sufragio pasivo por la de suspensión para ejercer como bancario.

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