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El indulto: un derecho de gracia graciosamente concedido
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UNA LEY DE 1870 REGULA ESTA PRERROGATIVA DEL GOBIERNO

El indulto: un derecho de gracia graciosamente concedido

Un derecho de gracia graciosamente concedido y sin apenas argumentación alguna. Los indultos aplicados por el Ejecutivo suelen pasar, sin pena ni gloria y sin mayor

Foto: El indulto: un derecho de gracia graciosamente concedido
El indulto: un derecho de gracia graciosamente concedido

Un derecho de gracia graciosamente concedido y sin apenas argumentación alguna. Los indultos aplicados por el Ejecutivo suelen pasar, sin pena ni gloria y sin mayor interés, por las páginas del BOE y las referencias del Consejo de Ministros  de cada viernes sin que se les suela prestar mucha atención y sin que, por lo general, sean motivo de escándalo. Sin embargo, tres casos muy destacados ocurridos en los últimos meses han vuelto a poner en entredicho el uso de una figura que data de la época en que los reyes tenían poderes absolutos y que apenas ha sido reformada desde entonces.

En poco más de un año, el Gobierno de Mariano Rajoy ha concedido 542 indultos, casi a una media de dos al día. Solo en 2012 fueron, en total, 434 casos de los que unos pocos, 34, fueron propuestos por el Ministerio de Defensa y, el resto, por el titular de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón. Pero la polémica en torno a los indultos del Gobierno, que no deja de ser una forma extraña en la que el poder ejecutivo se entromete dentro de las funciones del judicial, no arranca con Gallardón y el caso del conductor kamikaze ni es una exclusiva de la política practicada por el Partido Popular en este tema.

De Alfredo Sáez al conductor kamikaze

Baste recordar que una de las últimas decisiones tomadas por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, en pleno traspaso de poderes a Rajoy, fue el polémico indulto al banquero Alfredo Sáez, condenado por un delito doloso de denuncia falsa cometido cuando ocupaba la presidencia de Banesto y que el ministro de Justicia de entonces, Francisco Caamaño, elevó al Consejo de Ministros pese al informe en contra del Tribunal Supremo, que no apreciaba la “concurrencia de razones de justicia o equidad para la concesión del indulto”. Pero, como es un indulto y es un derecho de gracia, graciosamente se concede y aquí paz y caso cerrado.

El reciente indulto a los mossos condenados por torturas, que motivó una carta de protesta secundada por 200 jueces el caso del kamikaze con una condena de 13 años de cárcel han puesto en entredicho la graciosa forma de ejercitar esta prerrogativa por parte del exalcalde de Madrid. Para Margarita Robles, vocal del Consejo General del Poder Judicial y viceministra de Interior en la época de Juan Alberto Belloch, esta forma de proceder de Gallardón es, cuanto menos, sorprendente. “En el Ministerio de Justicia, cuando había informes desfavorables del tribunal sentenciador o del Ministerio Fiscal, en ningún caso se concedían indultos. Los informes no son vinculantes pero hay una tradición de que ni siquiera se valoran si ninguno de los dos informes es favorable, como parece que ocurre en el caso del kamikaze”, explica.

“El indulto es difícilmente reformable porque esa figura es un derecho de gracia que se da graciosamente”, añade. “El problema surge cuando no es un derecho de gracia sino que se usa para dar privilegios a determinadas personas. Eso es muy  grave y vulnera un principio básico del Estado de derecho”, afirma.

Una ley de 1870

La ley que regula el indulto data, nada menos, que de 1870 y fue levemente reformada en 1988. En ningún caso, preveía situaciones como estas en las que el Gobierno ha hecho de su capa un sayo frente a los informes de los tribunales.

No es aceptable que Gallardón indulte al conductor sin ofrecer ninguna razón”, explica el portavoz de la asociación Jueces para la Democracia, Joaquim Bosch. La ley, sin embargo, tampoco lo exige. “Independientemente de lo que diga la ley, la Constitución señala que queda prohibido que los poderes públicos actúen con arbitrariedad. Si no, se quiebran los principios de igualdad y de equidad jurídica y la sociedad no sabe por qué a unos se les excluye de la condena y a otros no. Con independencia de que se reforme la ley, el Gobierno debería actuar de otra manera”, concluye.

De los indultos concedidos en 2012, la mayoría (193) correspondieron a delitos de tráfico de drogas. Hubo 59 en casos de robos; 56 en estafas, apropiaciones indebidas y falsedades; 42 indultos por delitos de lesiones;  24 de atentados contra la autoridad; 11 de hurtos; 9 de prevaricación y otros delitos contra la Administración Pública; otros 9 en casos de delitos contra el medio ambiente y 7 indultos en casos de homicidios imprudentes o en grado de tentativa.

Bosch considera urgente una reforma penal que establezca límites y pautas objetivas. “Por un lado, el Gobierno ya podría hacer las cosas de otra manera acorde a un estado de derecho. El indulto es una figura predemocrática en la que el monarca absoluto podía revocar cualquier decisión judicial”, explica. “Sería recomendable,  por tanto, una reforma legal que diga qué delitos no pueden ser indultables y que establezca criterios de proporcionalidad y equidad. Es inaceptable que el Gobierno usurpe funciones propias del poder judicial sin ofrecer razones ni explicaciones”, insiste.

Una decisión colegiada del Gobierno

El exministro de Justicia Juan Fernando López Aguilar defiende el uso de la medida que, en situaciones normales, cuando se utiliza con los informes favorables del tribunal o del ministerio fiscal, no tiene por qué dar lugar a mayores problemas y sirve para dar una segunda oportunidad a los reos. De hecho, recuerda con todo detalle el primer indulto que elevó al Consejo de Ministros.

 “La primera decisión que llevé al Consejo de Ministros fue el indulto de una ciudadana británica afincada en Canarias, Ruth Jones, que estaba cumpliendo una prolongada pena privativa de libertad por haber sido arrestada por tráfico de drogas en un aeropuerto y que había sido inducida a ello por su compañero sentimental”, explica. “Acababa de ser madre y la pena le impedía atender a su hijo. Me pareció un caso escandaloso en el que la condena de una persona  no tenía ninguna función rehabilitadora de cara a la sociedad sino solo ensañamiento. Y me siento orgulloso de ello. Con el indulto puedes aliviar sufrimientos y dar una segunda oportunidad a una persona que no debe estar en la cárcel, que ha pagado por ello. Además, el indulto no extingue su responsabilidad penal pero permite que la persona tenga una segunda oportunidad y ayuda, a su vez, a descongestionar el sistema penitenciario”.

Aguilar recuerda que la Constitución ha convalidado esa prerrogativa al depositarla en el Rey (artículo 97), que actúa refrendado por el Consejo de Ministros. “Esta polémica tiene como único punto causal la política de indultos aplicada por el Gobierno del PP. Durante mi mandato de tres años, nunca la política de indultos fue una causa de un problema para el Gobierno. La ley de 1870 reformada en 1988 es una de esas leyes decimonónicas que todavía persisten en nuestro ordenamiento jurídico”, explica. “No es una prioridad ponerla al día, pero la política del PP así lo ha puesto en evidencia”.

De todos modos, al exministro del primer gobierno de Zapatero no le parece asumible que un indulto como el del kamikaze pueda provocar divergencias entre dos ministros, tal y como ha ocurrido entre Gallardón y Fernández-Díaz pues la decisión final sobre el mismo siempre es colegiada y debatida. “Se lleva al Consejo de Ministros, se delibera y es el Gobierno el que propone al Rey los indultos individualizados. Yo consumía un tiempo sustantivo explicando al Consejo de Ministros algunos indultos. De hecho, algunos tuvieron pegas por parte de otros compañeros y no prosperaron”.

Un derecho de gracia graciosamente concedido y sin apenas argumentación alguna. Los indultos aplicados por el Ejecutivo suelen pasar, sin pena ni gloria y sin mayor interés, por las páginas del BOE y las referencias del Consejo de Ministros  de cada viernes sin que se les suela prestar mucha atención y sin que, por lo general, sean motivo de escándalo. Sin embargo, tres casos muy destacados ocurridos en los últimos meses han vuelto a poner en entredicho el uso de una figura que data de la época en que los reyes tenían poderes absolutos y que apenas ha sido reformada desde entonces.