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Varapalo del TS a De la Vega: indemnizará a Pons por el caso del "empadronamiento trampa"
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DESTACA SU "INTOLERANCIA" A LA CRÍTICA POLÍTICA

Varapalo del TS a De la Vega: indemnizará a Pons por el caso del "empadronamiento trampa"

El Tribunal Supremo ha puesto punto final a la larga batalla judicial que ha enfrentado durante cuatro años a la exvicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández

Foto: Varapalo del TS a De la Vega: indemnizará a Pons por el caso del "empadronamiento trampa"
Varapalo del TS a De la Vega: indemnizará a Pons por el caso del "empadronamiento trampa"

El Tribunal Supremo ha puesto punto final a la larga batalla judicial que ha enfrentado durante cuatro años a la exvicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, con el diputado 'popular' Esteban González Pons a cuenta del empadronamiento irregular de la 'exnúmero dos' del Gobierno en el municipio valenciano de Beneixida. Un caso que se ha cerrado con un duro varapalo para De la Vega por parte del Alto Tribunal, que considera su “intolerancia” hacia la crítica política y su empeño en recurrir las sentencias dictadas por dos tribunales ordinarios como algo “incompatible con una sociedad democrática”. La actual consejera vitalicia del Consejo de Estado deberá abonar las costas de los tres juicios que ha perdido contra el vicesecretario de Estudios y Programas del Partido Popular.

“Más vale tarde que nunca”, reconoce a El Confidencial el propio González Pons tras conocer la sentencia dictada por el Supremo. “Estoy satisfecho porque el Tribunal reconoce que De la Vega me ha sometido a un calvario judicial durante cuatro años en los que la todopoderosa exvicepresidenta del Gobierno ha ido contra un diputado de a pie como yo y se ha reconocido su limitada capacidad para aceptar la crítica”.

El “empadronamiento trampa” de De la Vega

El caso se remonta a enero del año 2008, en los meses previos a las elecciones generales de aquel año en las que la entonces vicepresidenta del Gobierno se presentaba como cabeza de cartel del PSOE por Valencia. Su rival electoral por el Partido Popular era Pons, quien no dudó en utilizar el sospechoso empadronamiento de De la Vega en una casa agrícola de su familia para atacar políticamente a su contrincante. En una ruda de prensa en las Cortes Valencianas, Pons dijo que aquel empadronamiento en Beneixida era un “empadronamiento trampa” y criticó que De la Vega pudiera haber sido beneficiada con un “pelotazo” urbanístico favorecido por la ley valenciana que tanto había criticado el PSOE desde el Gobierno central. De la Vega demandó entonces a Pons por considerar aquellas declaraciones una intromisión ilegítima en su honor, por lo que pedía una indemnización simbólica de un euro o el importe que determinase el juzgado.

Desde entonces, De la Vega ha perdido cuantas batallas judiciales ha emprendido por este tema, de las que González Pons ha sido absuelto por dos juzgados ordinarios, el 5 de marzo de 2009 y el 17 de noviembre de ese mismo año, y ayer, finalmente, por el Supremo, que pone punto final al pleito. “La sentencia ha demostrado el orgullo y la prepotencia con la que trataba a todo el mundo De la Vega”, señala Pons. “Creo que me debe pedir perdón y una disculpa pública. Si me pide perdón, como soy buena persona, la perdonaré”.

El Tribunal considera que los hechos se produjeron en el marco del debate político, intensificado en aquellos momentos por la proximidad de unas elecciones generales. Una circunstancia, añade, por la que “los límites a la libertad de expresión son más permisivos, para que los ciudadanos puedan formar un mejor juicio sobre su intención de voto, y quienes ejercen cargos de responsabilidad pública tienen mayor obligación de soportar las críticas”.

La sentencia considera probado que De la Vega se empadronó en Beneixida mediante un poder otorgado a un primo suyo, aunque su residencia habitual estaba en Madrid. Y aunque considera que la expresión “empadronamiento trampa” pueda ser “poco afortunada o molesta”, en ningún caso es atentatoria para su honor dentro del debate político.

Encajar la crítica

“La realidad es que la demandante -concluye el fallo- al incurrir en una práctica política no por habitual menos sustraída a la crítica social, asumió necesariamente el riesgo no solo de esa crítica sino también de que quien iba a ser su principal adversario político en las próximas elecciones se aprovechara de esa decisión de la demandante para despertar o agitar la crítica social”.

De la Vega deberá abonar ahora el coste íntegro de las costas de este último recurso ante el Supremo y pagar, también, las costas de los otros dos juicios que adeuda a Pons en los tribunales ordinarios. “Lo tiene que calcular mi abogado”, explica Pons, feliz por haber derrotado ante la Justicia a la “todopoderosa” 'número dos' de Zapatero.

El Tribunal Supremo ha puesto punto final a la larga batalla judicial que ha enfrentado durante cuatro años a la exvicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, con el diputado 'popular' Esteban González Pons a cuenta del empadronamiento irregular de la 'exnúmero dos' del Gobierno en el municipio valenciano de Beneixida. Un caso que se ha cerrado con un duro varapalo para De la Vega por parte del Alto Tribunal, que considera su “intolerancia” hacia la crítica política y su empeño en recurrir las sentencias dictadas por dos tribunales ordinarios como algo “incompatible con una sociedad democrática”. La actual consejera vitalicia del Consejo de Estado deberá abonar las costas de los tres juicios que ha perdido contra el vicesecretario de Estudios y Programas del Partido Popular.