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El TC avala por unanimidad la doctrina Parot y rechaza los recursos de 28 presos etarras
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DEBERÁN CUMPLIR ENTRE 30 Y 40 AÑOS ENTRE REJAS

El TC avala por unanimidad la doctrina Parot y rechaza los recursos de 28 presos etarras

El Tribunal Constitucional ha avalado por unanimidad la 'doctrina Parot' fijada por la Audiencia Nacional y confirmada por el Tribunal Supremo que obliga a los presos

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El TC avala por unanimidad la doctrina Parot y rechaza los recursos de 28 presos etarras

El Tribunal Constitucional ha avalado por unanimidad la 'doctrina Parot' fijada por la Audiencia Nacional y confirmada por el Tribunal Supremo que obliga a los presos etarras a cumplir la pena máxima fijada por el Código Penal. De los 31 etarras que presentaron recurso, el TC sólo ha admitido tres de ellos como "derechos adquiridos". La decisión supone que no habrá medidas colectivas y que cada caso se ha estudiado de manera individual.

Dependiendo de cada condena, el fallo implica que deberán estar treinta o cuarenta años entre rejas. De esta manera, el órgano judicial confirma que los beneficios penitenciarios se apliquen al total de las penas impuestas y no al máximo establecido por el Código Penal. Los once magistrados del Pleno ha estudiado de manera individual 31 casos de presos que han visto cómo su estancia en prisión se les ha alargado tras la aplicación de esta doctrina. La razón establecida en estos casos es que ya estaba fijada su salida definitiva de prisión y por tanto se estima como “derechos adquiridos”, que no pueden ser vulnerados por la nueva doctrina. 

Los recursos estimados han sido los de José Ignacio Gaztañaga, que fue uno de los primeros presos a los que se aplicó la doctrina, hace seis años; Juan María Igarataundi y José María Pérez Díaz.

Desde el pasado lunes, el Pleno venía estudiando 31 del total de 62 recursos que han sido admitidos a trámite contra la aplicación de esta 'doctrina' instaurada por el Tribunal Supremo desde 2006, por la que el cómputo de las redenciones que se aplican a un penado se realiza sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que amplía su estancia en prisión.

Durante las sesiones, el tribunal de garantías también habría inadmitido tramitar los recursos presentados por Isidro Garalde, Miguel Turrientes e Iztzkiar Martínez Sustatxa.

Desde el pasado lunes, el Pleno del TC venía deliberando sobre una treintena de recursos, la mayoría presentados por internos de la banda terrorista ETA, a los que se suman los de un expolicía nacional que fue condenado a 212 años de prisión por el secuestro y asesinato de un empresario gallego junto a su familia en 1994 en Nigrán (Pontevedra), así como el de uno de los miembros del clan "narco' gallego de los Charlín Gama.

En algunos de los casos recurridos existía previamente una liquidación firme de condena, y estos son los que se habrían aceptado, al presentar más problemas de constitucionalidad. Se trata de presos respecto de los cuales se fijó en firme una fecha para su salida de prisión antes de aplicarles esta doctrina.

En consonancia con los informes emitidos hasta el momento por la Fiscalía del TC, y en espera de conocerse el texto de las resoluciones, la existencia o no de auto de licenciamiento definitivo ha podido ser clave para estimar unos recursos y rechazar otros, según las mismas fuentes.

José Ignacio Gaztañaga fue condenado en 1997 a 153 años de prisión por varios delitos, entre ellos el asesinato de un policía nacional y la colocación de artefactos explosivos en un bar de Escoriaza (Guipúzcoa) y Vitoria. La 'doctrina Parot' le impidió salir de prisión en marzo de 2006, tan sólo cinco días antes de la fecha inicial para su excarcelación, que era el día 29 de ese mes. De no haber sido aceptado su recurso, debería continuar en prisión hasta marzo de 2018.

Pérez Díaz fue condenado en 1989 a 197 años de cárcel por el atentado cometido en 1986 contra los Grupos Antiterroristas Rurales de la Guardia Civil en Zarauz (Guipúzcoa). En el atentado falleció un agente y otro resultó con graves lesiones. Por lo que respecta a Juan María Igarataundi, fue detenido en el año 1987 en Guipúzcoa, acusado de pertenecer al comando Udalaitz, y fue condenado como autor de varios atentados.

El Tribunal Constitucional ha avalado por unanimidad la 'doctrina Parot' fijada por la Audiencia Nacional y confirmada por el Tribunal Supremo que obliga a los presos etarras a cumplir la pena máxima fijada por el Código Penal. De los 31 etarras que presentaron recurso, el TC sólo ha admitido tres de ellos como "derechos adquiridos". La decisión supone que no habrá medidas colectivas y que cada caso se ha estudiado de manera individual.